Las “cuentas B”, utilizadas para defraudar impuestos a los países en los que España tiene embajadas, son “práctica de uso corriente”, según la Abogacía del Estado, y, por lo tanto, no son perseguibles.
Así se afirma en un escrito, en el que no se da ninguna importancia al hecho, en el proceso que se sigue contra Marcos Vega, embajador de España en Finlandia hasta 2012, que fue quien lo denunció.
El embajador descubrió la existencia de la cuenta 5555, que utilizaba el canciller de la legación, Ismael Medina, a través de la que compraba alcohol y gasolina libre de impuestos para el uso personal del mencionado canciller y para los empleados de la embajada, con lo que se defraudaba abiertamente a la Hacienda finlandesa.
Vega denunció este hecho ante sus superiores, en el Ministerio de Asuntos Exteriores, que enviaron un equipo de inspectores a Helsinki, concluyendo que no se estaba haciendo nada ilegal, desde el punto de vista español.
“Las autoridades administrativas españolas, del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, que realizaron la visita de inspección a la embajada de Helsinki (…) concluyeron que el uso de esa cuenta corriente que en concreto denuncia el imputado fue autorizado por el anterior embajador, señor Zalacaín, constituye una práctica de uso corriente en otras embajadas españolas distintas a la de Finlandia”, dice la Abogacía del Estado.
Con esa explicación, se decidió no perseguir legalmente el hecho.
Sin embargo, pese a la supuesta “normalidad” de la cuenta 5555, abierta en el banco finlandés Svenska Handeslbanken, ésta fue cerrada inmediatamente, tras la visita de los inspectores del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Con ella, el Estado español podría haber estado cometiendo delitos fiscales ante la Hacienda Pública finlandesa, falsedad documental y blanqueo de capitales.
DENUNCIA DEL EMBAJADOR
El embajador Marcos Vega denunció ante sus superiores del Ministerio al canciller Medina la existencia de la cuenta 5555 porque a él no le pareció que fuera normal ni «práctica de uso corriente» en las Embajadas en las que había servido y porque era evidente que que no cumplía las normas oficiales del Ministerio de Asuntos Exteriores: que tuviera firma el embajador –que no la tenía-, el canciller y un tercer diplomático español de la legación diplomática.
La cuenta 5555 sólo tenía la firma del canciller, como admitió Medina ante el juez Ismael Moreno, titular del Juzgado Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, competente en la investigación del procedimiento abierto contra el embajador Vega, tras una denuncia del canciller, en lo que parece un enfrentamiento personal en toda regla.
«El objetivo de esa cuenta era hacer los pagos y las transacciones del personal de la administración de la Cancillería», explicó el canciller al magistrado Moreno el 13 de febrero de 2013. «El personal en Helsinki tiene unos sueldos muy bajos, comparando el nivel de vida de allí».
El canciller admitió abiertamente ante el juez de instrucción que sabía que lo que estaba haciendo era ilegal: «Para que el Ministerio de Asuntos Exteriores finlandés no detectara esa compra irregular, porque no se debía de hacer, a través de la Embajada, la compra de alcohol y de gasolina para uso particular de los empleados, se decidió abrir una cuenta a nombre de la Embajada desde donde se hicieron los pagos de esas facturas, que gozaban de una franquicia sin impuestos».
Sin embargo, ni el magistrado, ni el fiscal ni el abogado del Estado del caso han visto nada punible ni perseguible en dicha actuación.

EL EMBAJADOR SÍ LO VIO
El embajador –que anteriormente había servido en Yemen y en Irak (cuando abatieron a los siete agentes del CESID en la emboscada mortal); uno de los diplomáticos con mejores contactos y conocimiento en Oriente Próximo y Magreb- consideró que la existencia de la cuenta 5555 era altamente irregular. Le llamó la atención las altas cantidades de dinero que estaba manejando el canciller, tras conocer que se habían producido protestas del gobierno finlandés.
Por eso se negó a echar tierra al asunto y a prestarse a continuar apoyando dichos usos, que consideró ilegales.
“Cada uno [empleados de la Embajada española en Helsinki] paga su parte de la factura de la gasolina y su parte de la compra de bebidas alcohólicas, y los ingresos a las compañías de gasolina y de bebidas alcohólicas con las facturas que se habían hecho por las franquicias sin impuestos. De esa manera, los trabajadores se ahorraban el dinero de los impuestos y trabajaban mejor. Estaban más contentos con la Embajada y tenían un sobresueldo», explicó Medina al juez Moreno.
Aquello produjo un choque de trenes entre el embajador y el canciller, que denunció a Vega por la contratación supuestamente irregular de personal al servicio de la embajada, cuyos hechos van a ser juzgados próximamente en la Audiencia Nacional y en los que Medina tiene intervención directa.