Los fiscales progresistas aseguran que es imposible revisar todas las causas antes del 6 de junio
Alvaro García, presidente de la Unión Progresista de Fiscales.

Los fiscales progresistas aseguran que es imposible revisar todas las causas antes del 6 de junio

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17/5/2016 05:59
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Actualizado: 05/5/2021 12:28
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La Unión de Fiscales Progresistas (UPF) ha trasladado un escrito al Consejo Fiscal y a la Fiscal General del Estado advirtiendo los fiscales no estarán «en condiciones de garantizar la revisión de todas las causas y por lo tanto la correcta aplicación del contenido del artículo 324 de la LECrim» antes del 6 de junio.

La UPF considera imposible cumplir el citado artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que obligaba a revisar casi 540.000 causas penales.

La Unión de Fiscales Progresistas mantiene en su escrito que pese al «trabajo y voluntarioso esfuerzo desarrollado por los fiscales a lo largo de estos últimos meses»,  «no será posible revisar todos los procedimientos en trámite y, por tanto, asegurar un control efectivo de todas y cada una de las causas, por lo que inevitablemente habrá que afrontar en cada uno de estos casos».

En este sentido insisten «debemos prepararnos para anticipar a la sociedad, a los juzgados y a nosotros mismos que, pese al encomiable esfuerzo realizado -sin ninguna repercusión, por cierto, en el módulo variable de nuestro sueldo como es la productividad-, no podremos cumplir el objetivo pretendido«, esto es revisar todas las causas penales antes del 6 de junio como estaba previsto en la Ley.

El citado artículo reformado 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, introduce plazos máximos en la instrucción, según las causas se clasifiquen como sencillas o complejas.

En el caso de las sencillas, el plazo máximo es de 6 meses y de 18 meses para las complejas, periodo que puede ser ampliado a 18 meses más, por decisión judicial, a instancia del Ministerio Fiscal, por lo que es necesario que el ministerio público revise las causas penales antes del 6 de junio, fecha en la que se cumplen seis meses de la entrada en vigor de la reforma legal.

Y ahí está el problema, en la revisión y calificación de todas las causas penales. Según la UPF, la revisión y calificación de todas las causas pendientes ha sido imposible realizar por  «la imposibilidad inicial de proporcionar una cifra concreta de las causas que era preciso revisar», «el absoluto fracaso de la aplicación Fortuny como sistema de registro de la Fiscalía» y » la nula colaboración recibida por los letrados de la administración de justicia a quienes legalmente corresponde la obligación de controlar los términos judiciales».

A ello se sumaría también «los refuerzos de personal interino en muchas ocasiones profano en las funciones diarias de un fiscal» o «la lamentable escasez de fiscales sustitutos como consecuencia de una previa reforma legal criticada duramente por nuestra asociación», según el escrito de esta asociación de fiscales.

A todo ello, los fiscales progresistas también incluyen otros factores externos, como la diferente repercusión que han tenido los remedios procesales que prometía la nueva legislación, Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, y concretamente el art artículo 284 en la gestión de los delitos sin autor, que en determinados territorios no ha tenido el reflejo esperado en la posibilidad del control de causas por la fiscalía.

Por último, recuerdan que «la implantación de LEXNET, en territorio ministerio y en algunas comunidades autónomas, que ha traído de cabeza a los propios fiscales jefes y a las oficinas, complicando así la gestión de ambos obstáculos en el día»

De todas estas carencias «es -o debiera ser- consciente la Fiscalía General pues hay una enorme diferencia entre justificar el cumplimiento de objetivos ante el Ministerio y garantizar que los fiscales estemos en condiciones de revisar en tiempo todas las causas penales», aseguran desde UPF.

Por ello, piden su escrito sea incluido en el orden el día del Consejo Fiscal del 18 de mayo para su discusión y debate ante el órgano de representación de toda la carrera fiscal, avisando que los fiscales no podrán cumplir con la Ley y revisar en los plazos previstos, antes del 6 de junio, todas las causas penales.

 

 

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