Un juzgado mercantil de La Rioja condona las deudas a un empresario de más de medio millón de euros
Según Javier Gómez Garrido, titular del despacho que lleva su nombre, esta es una de las primeras ocasiones en las que en esta Comunidad Autónoma se aplica de forma favorable la llamada 'Ley de Segunda Oportunidad'.

Un juzgado mercantil de La Rioja condona las deudas a un empresario de más de medio millón de euros

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01/1/2017 05:58
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Actualizado: 31/12/2016 15:08
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Una buena noticia para empezar este año 2017. Un empresario en apuros económicos ha conseguido que el juzgado de lo Mercantil número 6 de la Rioja le condone la deuda de más de medio millón de euros que tenía con diferentes entidades financieras.

Según explican desde Gómez Garrido Abogados, despacho que ha gestionado el asunto, la deuda derivaba de un aval personal existente respecto a las deudas de la empresa.

Para Javier Gómez Garrido, titular del despacho que lleva su nombre esta es una de las primeras ocasiones en las que en esta CCAA se aplica de forma favorable la llamada ‘Ley de Segunda Oportunidad’, cuyo objetivo es que quienes hayan tenido una experiencia empresarial fallida no queden enterrados y puedan volver a empezar otro negocio, sin arrastrar las deudas pendientes que hayan acumulado con anteriores empresas.

En toda España se han aplicado unas 300 sentencias favorables de esta ley desde su aprobación en junio del 2015.

Para este letrado la clave de haber logrado este pronunciamiento positivo del juzgado radica en que “el pronunciamiento del Auto aplica literalmente lo que impone la Ley, en este caso, uno de los puntos más relevantes fue que el empresario obtuvo también en el concurso de su empresa la calificación de fortuito, lo cual refuerza su buena fe, que es uno de los requisitos imprescindibles y más conflictivos para poder beneficiarse de esta Ley”.

Sobre el poco éxito de esta Ley de Segunda Oportunidad aprobada por el Gobierno en la pasada legislatura y que estaba planteada especialmente para que pymes y autónomos quedasen exonerados de sus deudas, Garrido señala que “ha existido mucha desinformación de la ciudadanía. Lo que unido a que estemos ante una excepción dentro de nuestro Ordenamiento jurídico hace que la gente hasta ahora estuviera recelosa de iniciar los trámites de esta Ley”.

Al mismo tiempo subraya que “hay que observar cómo nuestro Ordenamiento y nuestra concepción como sociedad de las deudas históricamente ha sido la de su asunción de por vida, hasta que se paguen. Este sistema, que ya lleva tiempo aplicándose en otros países, es una novedad que rompe con nuestros esquemas. Esto, como digo, unido a la falta de información es lo que está limitando la aplicación de la Ley, pero conforme vayan surgiendo los pronunciamientos favorables la gente se irá animando”.

Acreedores públicos

Un punto clave de esta normativa es que los acreedores públicos, Hacienda y Seguridad Social mantienen su posición como tales, en la citada Ley de Segunda Oportunidad, a expensas de que se haga una reforma próxima, deja fuera de esta norma a muchos empresarios. Una cuestión que no entiende Gómez Garrido.

“No parece muy acertado sinceramente, no parece tampoco justo que el legislador imponga a los acreedores comunes (que podemos ser cualquiera) que contribuyan a que una persona pueda empezar de cero pero que, el Estado (que tendría si cabe mayor obligación) no tiene que contribuir”.

A juicio de este jurista puede haber otra solución a esta cuestión.

“No obstante esto, desde nuestro despacho creemos que si es posible exonerar también las deudas de Hacienda y la Seguridad Social, pero a través de otro procedimiento específico dentro de la norma. De hecho, hemos estudiado esta posibilidad a fondo y ya hemos iniciado los trámites para un procedimiento en el que vamos a intentar que las deudas con la Seguridad Social sean eliminadas también”, explica.

Sobre algunos cambios que pondría en marcha para que esta medida de Segunda Oportunidad, habitual en muchos países de nuestro entorno, pudiera calar y ser efectiva para profesionales con problemas, el socio director de Gómez Garrido Abogados señala que “el problema fundamental es que el procedimiento, que jurídicamente creo que si está bien engarzado dentro del Ordenamiento jurídico, pues parece lógico que sea el procedimiento concursal en el que se desarrolle, tiene un exceso de burocracia”.

Tal y como han comentado otros expertos y señala el propio interlocutor, hasta la fecha “el camino que hay que seguir para llegar a la meta es demasiado tortuoso, de ahí que considere necesario simplificar el procedimiento. Y por supuesto, el principal problema son las excepciones, fundamentalmente la que comentaba anteriormente, el trato especial para Hacienda o la Seguridad Social y las deudas públicas que atesora el interesado y que habría que buscar una fórmula también de exoneración”.

Gómez Garrido Abogados ha abierto una web con toda la información sobre la Ley de Segunda Oportunidad y los especialistas en derecho concursal del despacho ofrecen a las personas interesadas en conocer los beneficios de esta norma una primera consulta de asesoramiento gratuita.

La firma con despachos en Logroño y Calahorra lleva cerca de un año atendiendo este tipo de asuntos específicamente con buenos resultados para las personas afectadas.

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