Los abogados no podrán enviar por fax al Tribunal Supremo sus escritos procesales

Los abogados no podrán enviar por fax al Tribunal Supremo sus escritos procesales

2 / 01 / 2017 05:57

Desde este 1 de enero, ni los abogados, ni los procuradores, ni los graduados sociales podrán enviar al número de fax habilitado los escritos procesales en relación con asuntos en trámite en el Tribunal Supremo. Ahora éstos deberán trasladarse al Supremo mediante la plataforma LexNET.

Así aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado viernes 30 de diciembre de 2016, en el que recoge el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS) del 29 de noviembre de 2016, relativo informe sobre la utilización del fax como vía recepción de escritos procesales, y que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 21 de diciembre de 2016, acordó hacer público.

Se trata de una medida adoptada en base a lo establecido en la Ley 42/2015 de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil así como en la Ley 18/2011 reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia y su reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2015 sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.

El acuerdo está dirigido a abogados, procuradores y graduados sociales, los cuales desde el 1 de enero de 2016 han gozado de un período de carencia, en el que la implantación de LexNET se ha ido extendiendo a todos los ámbitos de comunicación con la Administración de Justicia, y ha concluido el 1 de enero de 2017.

También, se extenderá a las personas que, sin representación o asistencia por un profesional de la Justicia, estén obligadas a comunicarse a través de medios electrónicos con la Administración de Justicia.

Además, a partir de esta fecha, los ciudadanos podrán ejercer su derecho a relacionarse telemáticamente con esta administración cuando no sea perceptiva la intervención de un profesional.

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