CEACCU detalla los principales puntos negros del decreto de cláusulas suelo publicado en el BOE
Eugenio Ribón, responsable de los servicios jurídicos de CEACCU, en una rueda de prensa. (EP)

CEACCU detalla los principales puntos negros del decreto de cláusulas suelo publicado en el BOE

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21/1/2017 16:58
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Actualizado: 24/6/2020 17:35
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Desde este sábado está visible en el BOE el Real Decreto de cláusulas suelo. La primera valoración de urgencia de CEACCU no es positiva. Esta asociación de consumidores advierte a los afectados de no dar ningún paso sin consultar antes con una asociación de consumidores y analiza sus puntos negros. También critica que el gobierno y los partidos que lo apoyan, en lugar de sancionar a la banca por sus prácticas abusivas, les ofrezca una salida ventajosa.

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) ha criticado duramente el Real Decreto Ley de cláusulas suelo aprobado ya en vigor. Hoy es un día de fiesta para la banca, que ya lo está celebrando”, ha resumido Eugenio Ribón, responsable de los servicios jurídicos de CEACCU. “Debería haberse llamado Real Decreto de Protección de intereses de entidades financieras”.

Para este experto en derecho de consumo, esta medida aplazada por dos veces por el Gobierno “es una gran decepción y creo que no va a evitar judicializar estos conflictos. Se da un balón de oxígeno tanto temporal y económico a la banca, cuando lo primero que hubieran tenido que recibir es una sanción por este comportamiento”. Desde su punto de vista, es muy posible que este conflicto se judicialice en parte

Ribón cree que el Gobierno debería haber apostado por el cumplimiento de la sentencia del TJUE del 21 de diciembre pasado y “establecer medidas coercitivas para ello. Este es un tema que afecta a muchas familias en España y que lleva coleando desde el 2008 pero que ha sido resuelto por la última instancia posible que es el Tribunal Europeo”. En este momento considera clave que se creen mecanismos de información y asesoramiento al ciudadano “que no se establecen en el RD porque es el banco quien tiene que calcular esa cantidad”.

De cara a los bancos que como BBVA y Popular, entre otros, han dicho que no aceptan este RD no habrá más remedio que ir a la via judicial “creemos en que este caso la respuesta de los jueces será más dura y las entidades financieras se verán abocadas a las costas del procedimiento”. Para este experto es curioso que en este RD no se hable en ninguno de sus párrafos del art 51 de la Constitución que recuerda la defensa de los poderes públicos de consumidores y usuarios.

Por eso aconseja que desde el lunes que se puede reclamar ya este dinero de las cláusulas suelo “el afectado contraste las cifras que le ofrezca el banco con un abogado experto en estos temas o alguna asociación de consumidores. Es muy importante que no se firme nada sin esa verificación que acabamos de mencionar”.

En opinión de Ribón “este momento puede ser interesante para hacer una reclamación conjunta al banco por otras cuestiones, como los gastos hipotecarios, otro frente que tiene la banca abierta. En el caso que el banco no se allane habrá que ir a la via judicial y las entidades financieras tendrían que soportar todos los gastos del proceso”, subraya. A su juicio puede ser el momento idóneo para recuperar ambas cuestiones,: suelo y formalización de hipotecas.

CEACCU hace un llamamiento a los grupos parlamentarios a no validar el texto cuando sea tramitado en el Congreso, y recomienda a los consumidores afectados a no dar ni un paso sin antes de consultarlo con una asociación, pues de acogerse a la solución propuesta en el texto podrían perder la opción de reclamar judicialmente.

Además, la organización exige que se sancione a los bancos de manera proporcional, por sus prácticas abusivas continuadas.

“Con este decreto, no se da cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Europea que declaró no solo la abusividad de las cláusulas suelo sino la obligación de devolver todas las cantidades cobradas de más, en contra del criterio del Tribunal Supremo y su infame sentencia. En lugar de eso, crea un marco lo más ventajoso posible para la banca. Es vergonzoso”, añade Ribón.

Doble rasero

CEACCU denuncia el doble rasero con el que trata a los usuarios, a quien se exige el cumplimiento de sus obligaciones con la banca hasta extremos abusivos (como en el caso de los desahucios) mientras que las prácticas ilegales del sector se saldan de la forma más ventajosa posible.

Ha de recordarse que el Gobierno de España, mantuvo en el proceso judicial seguido ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea una postura común a la banca, defendiendo que las entidades financieras no estuvieran obligadas a devolver a los usuarios lo cobrado indebidamente desde el comienzo de la aplicación de la cláusula suelo.

Los puntos negros del Real decreto ley de cláusulas suelo

A juicio de CEACCU, estos serían los aspectos más lesivos del Real decreto ley que hoy publica el BOE:

  • Restringe la condición de consumidor establecida normativamente y olvida a los pequeños autónomos quienes también padecieron la cláusula suelo.
  • No obliga a los bancos a nada y no contempla ningún tipo de sanción para las entidades que no se adhieran ni para las que lo acepten, pero se nieguen a devolver todo el dinero a los usuarios.
  • El texto es de una ambigüedad calculada y deja cuestiones clave, como la comunicación a los afectados, a la libre interpretación de la banca.
  • Los plazos: El real decreto-ley permite un plazo de un mes a los bancos para adherirse y otros tres meses para contestar las reclamaciones de devolución que se presenten. Los usuarios desahuciados no han tenido esa oportunidad perdiendo sus viviendas ante el menor retraso.
  • El procedimiento y la comunicación de las devoluciones: el Real decreto no establece ninguna obligación de comunicación expresa de los bancos a los afectados. CEACCU teme que muchos usuarios que hayan venido pagando de más en su hipoteca no sean conscientes de ello y no presenten la correspondiente reclamación.
  • Acogerse a la fórmula que contempla el Real Decreto puede dificultar otras reclamaciones adicionales, como la relativa a los gastos de constitución de la hipoteca.
  • Se prevé la constitución de una comisión de seguimiento en la que habrá representación del Consejo de Consumidores y Usuarios, por lo que se fuerza la complicidad en la farsa de las asociaciones de consumidores, a pesar de que muchas de ellas han manifestado su rechazo a esta solución.
  • En caso de formalización de escritura pública e inscripción registral tras el acuerdo extrajudicial no impone al banco tampoco la asunción de dichos costes derivados de la cláusula abusiva que en contra de la buena fe impuso al usuario.
  • Olvida deliberadamente cualquier solución a quienes perdieron su vivienda con aplicación de la cláusula suelo y a aquéllos otros a quienes solo eliminaron la cláusula suelo sin devolución de cantidades o desde mayo de 2013 en lugar de la integridad de las cobradas indebidamente.
  • Se deja en manos de las entidades bancarias el cálculo de las devoluciones sin ofrecer ningún instrumento de verificación al usuario, sometido nuevamente a la confianza ciega de la entidad que ya le engañó una vez.
  • Dispensa de gastos judiciales a las entidades financieras. Un privilegio que no tienen ni siquiera las asociaciones de utilidad pública siendo diferente la exoneración de costas procesales que el beneficio a disponer de abogado y procurador de oficio.
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