La sentencia 44/2026 acredita despidos simulados, sociedades instrumentales y trasvases patrimoniales millonarios que vaciaron la tecnológica antes de su colapso, con una deuda sindicada de 140 millones de euros de fondo. Sobre estas líneas, el empresario Javier Pérez Dolset.

La Justicia condena a Javier Pérez Dolset a responder por más de 13,3 millones de euros tras declarar culpable el concurso de ZED Worldwide

4 / 06 / 2026 01:00

Actualizado el 04 / 06 / 2026 01:27

No fue mala suerte. No fue una crisis de mercado ni una estrategia equivocada. Fue, según el magistrado Manuel Ruiz de Lara, una operación sistemática de vaciamiento.

El titular de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 11, ha dictado la sentencia 44/2026, de 1 de junio, que declara culpable el concurso de acreedores de ZED Worldwide S.A. y condena a su expresidente y consejero delegado, Javier Pérez Dolset, a responder solidariamente por 13.302.233,74 euros en indemnizaciones.

La cifra es la suma de varias partidas derivadas de operaciones que el juez considera constitutivas de alzamiento de bienes y detracción patrimonial en perjuicio de los acreedores.

Al fondo del expediente: una deuda sindicada de aproximadamente 140 millones de euros que la compañía ya era incapaz de atender cuando se produjeron las operaciones investigadas.

Quién es Javier Pérez Dolset

Javier Pérez Dolset no es un empresario tecnológico cualquiera. Fundó ZED Worldwide a finales de los años noventa y la convirtió en uno de los grupos españoles de referencia en contenidos digitales y entretenimiento móvil, con presencia en decenas de países.

Durante años fue uno de los nombres propios del ecosistema tecnológico español. Hoy acumula frentes judiciales en varios juzgados.

El más relevante, más allá del concurso de ZED, es la macrocausa que instruye el magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, titular de la sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, plaza 5, en la que Pérez Dolset figura como investigado junto a Leire Díez —conocida como la fontanera del PSOE por su papel como intermediaria en las cloacas del partido— y otros implicados como Santos Cerdán y Gaspar Zarrías.

La investigación indaga si existió una estructura organizada para obtener información reservada, desacreditar a miembros de la UCO, influir sobre fiscales y entorpecer procedimientos judiciales que afectaban al PSOE o al entorno del Gobierno.

Los delitos investigados incluyen cohecho, revelación de secretos, tráfico de influencias y delitos contra las instituciones del Estado.

Ayer, precisamente, Pedraz pidió a su compañero Arturo Zamarriego, titular de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid nº 9, que le remita la causa sobre las presuntas maniobras de la exmilitante de Leire Díez, Pérez Dolset, y el periodista Pere Rusiñol, en la misma línea que está llevando él, con el fin de unificar ambas investigaciones.

El magistrado Zamarriego investigaba una presunta trama destinada a obtener información comprometedora sobre mandos de la UCO y fiscales de Anticorrupción, así como posibles maniobras para desacreditarles e influir en investigaciones judiciales que afectaban al entorno del PSOE y del Gobierno.

La sentencia de Ruiz de Lara añade hoy un nuevo capítulo a ese expediente judicial que, sumado y sumado, dibuja un perfil bien alejado del emprendedor tecnológico que un día fue.

Javier Pérez Dolset con su amiga, Leire Díez, en una foto tomada el 4 de julio de pasado año, en la rueda de prensa que esta última protagonizó en Madrid para negar todo. Foto: EP.

Partida por partida

La condena no es un bloque único. Ruiz de Lara la construye sumando conceptos, cada uno con su cifra y su lógica propia.

El primero es el de los despidos simulados. En 2013, Álvaro Gómez-Cambronero Sainz de la Maza y Daniel Arteaga García fueron despedidos formalmente de ZED.

Cobraron sus indemnizaciones —338.000 y 190.000 euros respectivamente— y siguieron trabajando para el grupo a través de sociedades interpuestas.

El magistrado concluye que aquellas extinciones laborales fueron simuladas y tuvieron como única finalidad hacer salir fondos de la compañía de forma injustificada. Pérez Dolset responde solidariamente, junto con ambos, por 1.153.069,95 euros.

El segundo concepto es el más voluminoso. Las sociedades de Carlos de Mier —Bay One, Bay Two, Company 82, Company 86— recibieron más de 8,7 millones de euros procedentes de ZED sin contraprestación real acreditada.

De Mier era, según las investigaciones policiales y su propio reconocimiento ante la Fiscalía, un hombre de paja. Constituía las empresas a petición de Pérez Dolset y firmaba lo que le ponían delante.

Por este bloque, la condena principal recae sobre De Mier, pero Pérez Dolset y el director financiero del grupo, Óscar Aguado Delicado, responden solidariamente: 8.730.324,98 euros.

Hay una tercera partida, más discreta pero igualmente elocuente: trasvases desde ZED hacia sociedades vinculadas al entorno familiar de los Pérez Dolset.

Ruiz de Lara aprecia un trasvase patrimonial injustificado y fija una indemnización de 760.000 euros, también imputable a Pérez Dolset.

La cuarta deriva de lo que la sentencia denomina la operación de venta del «Tito» y movimientos patrimoniales asociados. Perjuicio acreditado: 531.767,76 euros, con responsabilidad solidaria del expresidente.

Y una quinta partida de 2.127.071,05 euros, compartida entre Pérez Dolset, Aguado Delicado y Daniel Maza Dolset, consejero de la compañía.

La clave del régimen solidario

La arquitectura jurídica de la condena tiene una consecuencia práctica que no debe pasarse por alto.

La responsabilidad solidaria significa que la administración concursal puede reclamar la totalidad de cada partida a cualquiera de los condenados, sin necesidad de ir contra todos. Quienes paguen podrán luego repetir internamente contra el resto.

Pero para los acreedores —y para la masa concursal— la solidaridad es una garantía de cobro. No dependen de la solvencia de un único condenado.

En la práctica, eso convierte a Pérez Dolset en el objetivo principal de la reclamación.

Lo que dice el magistrado que hubo detrás

Ruiz de Lara es explícito en su valoración. No estamos, viene a decir, ante decisiones empresariales desafortunadas ni ante errores de gestión propios del riesgo del negocio.

Las operaciones examinadas provocaron una disminución patrimonial relevante en un momento en que la compañía ya atravesaba graves dificultades financieras y era incapaz de atender sus compromisos de deuda.

Esa distinción es jurídicamente importante. La frontera entre una mala decisión empresarial y el fraude concursal no siempre es nítida, y los tribunales son habitualmente cautelosos antes de cruzarla.

Ruiz de Lara la cruza. Y lo hace aplicando el artículo 443 del Texto Refundido de la Ley Concursal —alzamiento de bienes en perjuicio de acreedores—, una de las causas más graves del catálogo concursal.

La sentencia refuerza además una doctrina que los juzgados mercantiles vienen consolidando en los últimos años: que la complejidad de las estructuras societarias y la apariencia de legalidad formal de los contratos no son escudo suficiente cuando el resultado efectivo es el vaciamiento del patrimonio disponible para los acreedores.

Qué viene ahora

La resolución no es firme. Los condenados —y en particular Pérez Dolset— recurrirán previsiblemente ante la Audiencia Provincial de Madrid, que tendrá la última palabra en segunda instancia antes de que, en su caso, el asunto pueda llegar al Tribunal Supremo.

Pero mientras el recurso se sustancia, la sentencia de Ruiz de Lara queda como el pronunciamiento judicial más severo dictado hasta la fecha sobre el hundimiento de ZED Worldwide y sobre la gestión de quienes lo dirigieron durante los años en que, según el juez, había activos que salvar —y alguien decidió sacarlos por la puerta de atrás.

Un empresario que hoy acumula causas judiciales en varios frentes y cuyo nombre aparece ya, de forma indeleble, en los archivos de dos de los juzgados más relevantes del país: el Mercantil de Madrid y la Audiencia Nacional.

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