Majavilán Abogados, soluciones contra las cooperativas fraudulentas a lo Erin Brockovich
Sobre estas líneas, Jaime Suárez, socio de Majavilán Abogados. Confilegal.

Majavilán Abogados, soluciones contra las cooperativas fraudulentas a lo Erin Brockovich

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23/1/2017 05:58
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Actualizado: 23/1/2017 08:52
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Se han especializado en “demandas de acciones acumuladas”, lo que en EE.UU denominan “civil actions”, contra cooperativas fraudulentas. Desde 2009, según Jaime Suárez, uno de los cuatro socios de Majavilán Abogados, han recuperado 300 millones de euros a sus clientes. “Porque se puede recuperar el dinero invertido, sin duda”, afirma. No son Erin Brockovich pero poseen su mismo espíritu.

En España hay más de 100.000 personas afectadas por las cooperativas fraudulentas a día de hoy. “A nada que hayan invertido, cada una, una media de 30.000 euros, eso hace que la cantidad supuestamente perdida se eleve a 3.000 millones de euros. O lo que es lo mismo, 480.000 millones de las antiguas pesetas. Redondeando: medio billón”, explica Suárez.

“Los cooperativistas, las víctimas de estas promociones, son gente buena, confiada, con poca formación y muy manejable. Gente que se fio de lo que les ofrecieron promotres sin escrúpuos y a la que les fue muy fácil engañar después”, relata el abogado. “En este sentido, nos sentimos muy identificados con ellos porque han sido víctimas de la corrupción. Hay que decirlo claro: el sector de las cooperativas es el más corrupto del sector inmobiliario”.  

Fue, precisamente, esta problemática social la chispa que dio la luz al bufete Majavilán, nombre de la pradera de Cercedilla, en Madrid, donde comienza la calzada romana que llega hasta Segovia.

Suárez había trabajado en Cuatrecasas, Gonçalvez y Pereira –uno de los grandes bufetes de España- y en el bufete de Deloitte. Minerva Sánchez Oco era una letrada especializada en temas inmobiliarios. Ana de la Calle e Ignacio González procedían del mundo de las cooperativas. La media de edad de los cuatro está entre los 40 y los 45 años.

Al igual que Erin Brockovich, los componentes de Majavilán Abogados llegaron a la conclusión, en 2009, en plena crisis económica, de lo que estaba ocurriendo en el sector de las cooperativas por toda España. De cómo desaparecían dejando a los cooperativistas arruinados y desesperados.

“Estudiamos a fondo la ley. Porque sabíamos a lo que nos íbamos a enfrentar: a las fuerzas más poderosas que tratarían de enterrarnos en papel y en laberintos legales. Como en la película de Erin Brokovich, o en la de John Travolta, ‘Civil Action’. Pero aquello no nos arredró. Porque España cuenta con la legislación más protectora, de la Unión Europea, para los cooperativistas”, cuenta Suárez. “El dinero se puede recuperar, aunque haya desaparecido la cooperativa. Y lo hemos demostrado”.

LA LEY 57/68

Hasta la fecha han conseguido más de cien sentencias favorables a los cooperativistas en toda España. Cada uno de ellas tenía detrás a un gran número de afectados. Eran, lo que se denomina, “demandas de acciones acumuladas”.

La ventaja con la que contaban era la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, firmada en pleno régimen del general Franco.

“Hoy en día, dado el poder de los grupos de presión de las aseguradoras y las entidades financieras, esa ley hubiera sido imposible de aprobar. Porque es una ley beneficiosa y muy protectora para los cooperativistas”, sigue relatando Suarez.

“Esta ley obliga a todos los promotores de viviendas, a las cooperativas, a contratar un seguro o un aval con una aseguradora o una entidad financiera con el fin de garantizar a los inversores que si, por cualquier causa, se quedan sin vivienda en el plazo previsto, puedan reclamar a los bancos o a las aseguradoras el dinero aportado, más los intereses legales”.

Los artículos 1.1 y 1.2 de la Ley 57/68, como se la conoce comúnmente, establecen específicamente a cada entidad financiera o caja de ahorros la obligación de exigir a los promotores inmobiliarios, que abran cuentas para tal fin, de que suscriban un seguro con una aseguradora solvente, o que aporten un aval bancario, “para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido”.

Si no lo han hecho, son, según Suárez, responsables civiles subsidiarios.

“El negocio de las cooperativas ha sido una mina de oro para defraudar. El esquema funcionaba así: una persona monta una sociedad limitada, o una sociedad anónima, que se dedica a gestionar cooperativas de viviendas. Desde ahí fomentaban que se constituyeran cooperativas de vivienda. ¿Cómo lo hacían? Cogían a sus hijos, a sus sobrinos, o a sus amiguetes. Cuanto menos formación académica, mejor. Cuanto más burros, mejor. Para poderlos manipularlos”, cuenta.

“Cuatro personas constituyen una cooperativa de vivienda. A continuación se constituyen en junta de cooperativistas. Se nombran a ellos mismos como consejo rector y contratan a la sociedad gestora de la cooperativa, con un contrato abusivo en el que se establecían unos honorarios de entre el 10 y el 12 por ciento del coste de la promoción”.

“Si la obra se desviaba en cuanto a los costes, el que ganaba era el gestor, que se hacía con el doble o el triple de honorarios. Pero esta no era la única fuente de ingresos. Luego estaban las comisiones, muchas de ellas falsas. Esto ha funcionado así hasta que llegó la crisis económica, que destapó todo. La gran corrupción». 

SENTENCIA DEL PLENO DE LA SALA PRIMERA DEL SUPREMO

De acuerdo con Suárez, ha habido muchos intereses por inducir a creer que la Ley 57/68, por el hecho de haber sido aprobada durante la dictadura, no estaba vigente.

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, formada por 9 magistrados, con su presidente, Francisco Marín Castán, al frente, emitió una sentencia el 13 de septiembre de 2013, la 540/2013, que acabó con cualquier tipo de duda.

Por unanimidad declararon no sólo la vigencia de la Ley 57/68 sino que alabaron su existencia. El Alto Tribunal recordó que los bancos y las cajas de ahorros tienen que exigir a los promotores de las cooperativas un seguro o un aval, tal como exige la ley. Y que responden por las cantidades consignadas de los cooperativistas si no lo hicieran.

Una línea jurisprudencial que ha seguido otra sentencia del Pleno de la misma Sala de lo Civil reciente, la 426/2015 de 16 de enero de 2015.

¿Y por qué existe la sensación, entre muchos de los damnificados por las cooperativas fraudulentas, de que no se puede hacer nada?

“Porque no lo saben”, dice con seguridad Suárez. “Desconocen que la Ley les protege y que pueden recuperar su dinero. Es cuestión de que se extienda la noticia”.

El bufete Majavilán, como suele ocurrir en este tipo de “class actions”, o demandas de acciones acumuladas, funciona como en la película de Erin Brockovich: a través de la llamada “cuota litis”.

Los abogados se llevan una parte proporcional de lo que saquen en cada caso pero a cambio, el cooperativista no tiene que desembolsar ningún dinero. El bufete asume los costos de la litigación y la contratación de peritos. Lo que antiguamente se denominaba «cuota litis» o «ir a éxito», como se dice en nuestros días. 

Como explicaba Erin en la película: “Si ganamos, el bufete se llevará una cantidad, es cierto, pero ganamos todos. Pero si perdemos, nosotros no ganaremos nada, después de invertir mucho trabajo y muchos recursos”. 

La vida misma.

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