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El Supremo confirma un año y medio de prisión para el oficial que sufragó gastos con cargo a su base aérea

25 / 03 / 2017 05:58

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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un año y medio de prisión a un teniente coronel de Intendencia del Ejército del Aire que, como responsable de la Sección Económico-Administrativa (SEA) número 63 de la Base Aérea de Alcantarilla desde 2003 a 2010, pagó comidas, lotes de productos navideños, ropa, libros y una mesa de cocina para su casa con cargo a los presupuestos militares.

La sentencia considera probado que cometió un delito consumado y continuado contra el patrimonio en el ámbito militar, con la atenuante de dilaciones extraordinarias e indebidas, al solicitar asignación presupuestaria para atención supuesta, simulando necesidades del servicio, y aplicar en beneficio propio las cantidades obtenidas.

Además de abonar en concepto de responsabilidad civil 16.002 euros, el militar condenado tendrá que devolver a la Base Aérea de Alcantarilla los dos ejemplares de ‘Las ciudades invisibles’ que se había apropiado, según informaron fuentes del Tribunal Supremo en un comunicado.

Desde su incorporación como jefe a la SEA 63, el entonces teniente coronel rompió con la costumbre de que cada comensal se pagara el coste del cubierto de la comida de Navidad que celebraba su Unidad.

El militar dispuso y realizó lo preciso para que se abonaran al menos tres comidas con cargo a los fondos presupuestarios de la SEA, sin conocimiento ni autorización del Coronel jefe de la Base y sin incorporar al expediente formal de contratación motivación ni relación de asistentes. Por una de ellas, celebrada en un restaurante de Murcia, llegó a pagar hasta 1.620 euros.

En otra ocasión, según los hechos probados, con motivo de la fiesta de la Patrona del Ejército del Aire, el Coronel jefe de la Base encargó al militar que buscara un restaurante para la cena-baile, prohibiendo que el precio, cifrado en treinta euros por persona, se sufragara, en todo o en parte, con fondos presupuestarios.

El condenado concertó con el restaurante un precio de 55 euros por cada cubierto que abonó con cargo a los presupuestos sin entregar como parte del pago los 3.030 euros que le adelantaron las 101 personas que asistieron a la cena, a la que se sumaron otras 17 personas, invitadas por el militar, que no pagaron nada, según la sentencia.

El coronel también compró lotes de productos navideños que repartió entre el personal de la SEA 63, en algunos casos mediante entrega en su domicilio, tal y como recoge la sentencia. Además, adquirió trajes, camisas y corbatas de paisanos para él y para cada uno de los capitanes en el mismo centro comercial de Murcia en el que compró una mesa extensible de cocina para su domicilio. Otra de las compras que realizó fue la adquisición de dos ejemplares de la obra impresa ‘Las ciudades invisibles’, una para él y otra para su cuñado.

La Sala de lo Penal desestima el recurso interpuesto por el militar condenado y confirma la pena de un año y medio de prisión que le impuso el Tribunal Militar Central. En su sentencia, indica que el acusado se inventa necesidades del servicio que no existen, en ciertas ocasiones porque no se requiere en absoluto el bien o prestación, y en otras porque, careciendo de atribuciones para definir o establecer la necesidad, lo hace pese a todo, sin conocimiento ni consentimiento del Coronel jefe de la Base Aérea.

En todas las ocasiones, precisa la Sala, «se utilizaban los recursos económicos disponibles para fines distintos de los previstos, simulando la necesidad de unas adquisiciones que no era real».

Y era el acusado, en definitiva, como Jefe de la SEA, quien «activando la asignación de los créditos presupuestarios, esto es, solicitándolos, instrumentaba las diversas adquisiciones de bienes y servicios que contrataba como necesarias, cuando no lo eran por no estar autorizadas o por no tener cabida en las partidas presupuestarias aplicadas».

Su actuación comportaba en todos los casos «el pago, en metálico o por transferencia, de los bienes o prestaciones innecesariamente adquiridos, con cargo a las partidas presupuestarias designadas en las resoluciones de aprobación del gasto», añade la sentencia. (EP)

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