Un juez de Teruel suspende la cláusula suelo de una familia en situación de necesidad

Un juez de Teruel retira a un hombre la guarda y custodia de su hija por abofetear a su expareja

11 / 05 / 2017 19:09

El titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Teruel ha acordado retirar a un hombre condenado por violencia doméstica  la guarda y custodia de una bebé de 6 meses por abofetear a su expareja en una discoteca, en la que habían quedado para recoger a la niña tras un fin de semana pasado en casa del padre.

El magistrado, competente en los asuntos de Violencia sobre la Mujer, ha condenado ‘in voce’ y por sentencia firme al acusado de malos tratos a realizar 22 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito de lesión de menor gravedad en el ámbito familiar, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

Le prohíbe también aproximarse a menos de 200 metros de su expareja y comunicarse con ella durante el plazo de ocho meses y le priva del derecho a tener armas durante ese mismo tiempo.

Al tratarse de una sentencia condenatoria en la que el acusado muestra su conformidad con la pena dictada, el juez la reduce en un tercio.

Considera el instructor probado que a las 19.00 horas del pasado martes, el acusado golpeó a su expareja en la discoteca ‘Zona Bar’ de Teruel tras una discusión relacionada con el cuidado de la hija común, de seis meses de vida. El encausado agarró del pelo y del cuello a su ex pareja y, finalmente, le abofeteó en la cara.

Entiende el juez que la discusión, que excede de una mera discusión de pareja, obedeció a que el hombre se negó a entregar a su expareja a su hija pese a que la madre había acudido a recogerla y le correspondía según el régimen de visitas acordado. A lo que añade que «la actuación agresiva del encausado es consecuencia del carácter excesivamente violento del denunciado, quien ante una nimia e insignificante discusión no duda en agredir físicamente a la madre de su hija».

En el auto de medidas que retira al acusado la custodia de su hija, el juez establece un régimen de visitas de tres días a la semana y de dos horas de duración, y fija una pensión mensual para su cuidado de 200 euros.

La mujer ha renunciado a cualquier indemnización o compensación económica que pudiere corresponderle. Conocido el fallo, las partes han manifestado su decisión de no recurrir, por lo que la sentencia es firme.

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