Multada con 630 euros por calumniar a la profesora de su hijo por Whatsapp

Multada con 630 euros por calumniar a la profesora de su hijo por Whatsapp

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12/5/2017 04:58
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Actualizado: 12/5/2017 07:43
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El Juzgado de lo Penal 3 de Vigo ha condenado a una pena de multa de 630 euros a una madre por calumniar a una profesora de su hijo en un grupo de Whatsapp de padres de alumnos de quinto curso de infantil de un centro educativo de la ciudad, situado en la parroquia de Coruxo.

En la sentencia, magistrada-juez del Juzgado considera probado que en enero de 2016, la mujer escribió en un grupo de Whatsapp de padres de alumnos de la misma clase, «con ánimo de atentar contra la estimación» de la profesora, que ésta «se dedica a zarandear de malas formas» a su hijo, a «tirarlo del brazo, se burla de él…». «Está con miedo», añadió sobre el menor.

Tras este mensaje, el centro convocó una reunión, en la que la acusada se comprometió a disculparse por el mismo grupo, si bien «el único mensaje que colgó decía ‘Quiero pediros perdón por poner el otro día un comentario que no tiene nada que ver con este grupo‘»; ante eso, la profesora acudió a los juzgados porque no entendió que fuera una disculpa.

La magistrada entiende que estos hechos «son constitutivos de un delito de calumnias» a la vista de la prueba practicada, ya que, apunta, la madre envió un mensaje en el que «realiza imputaciones sobradamente específicas, tanto por su contenido como por las circunstancias y contexto en el que se vierten», y «está imputando un comportamiento penalmente relevante».

Así las cosas, recalca que no hay «ninguna duda» de que las expresiones proferidas por la acusada «son objetivamente ofensivas y suficientemente graves para considerar menoscabada la dignidad y el honor de la perjudicada, y ponen en duda el correcto desempeño de su cargo, sin que dichas expresiones se puedan ver amparadas por el derecho a la crítica».

Añade, además, que la madre mandó el mensaje sin hacer «ningún tipo de comprobación previa», y que se infiere «de modo claro una finalidad de descrédito o pérdida de estimación pública», ya que tampoco «solicitó ni cambio de clase ni cambio de centro educativo». «En definitiva, la imputación realizada por la acusada carece de base objetiva o indiciaria que la sustente», sentencia.

La juez tampoco aprecia arrepentimiento por parte de la madre, quien semanas después envió otro mensaje en el que se disculpaba por realizar un comentario que «no tiene nada que ver con este grupo».

Incide en que en el acto de conciliación previo a la querella, no solo no se disculpó sino que además presentó un escrito en el decía que en ningún momento iba a reconocer el carácter falsario e injurioso de su primer mensaje, «y mucho menos pedir disculpas».

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