El ecocidio fue suprimido del borrador del Estatuto de Roma por presiones de EE.UU., Francia, Gran Bretaña y Holanda
Polly Higgins, en el centro, junto a Baltasar Garzón y una de las alumnas del curso. Carlos Berbell/Confilegal.

El ecocidio fue suprimido del borrador del Estatuto de Roma por presiones de EE.UU., Francia, Gran Bretaña y Holanda

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15/7/2017 04:57
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Actualizado: 16/7/2017 23:16
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El ecocidio figuró como crimen contra los derechos humanos en los trabajos preliminares de 1996 que se realizaron de cara a la gestación de lo que después fue el Estatuto de Roma, por el que se constituiría la Corte Penal Internacional. Pero fue suprimido por el veto de Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña y Holanda, y de tres grandes compañías multinacionales, pertenecientes a los sectores de agroquímicos y biotecnología, combustibles fósiles e industria nuclear.

«Esta es una historia de misterio. ¿Qué ocurrió entre bastidores para que el ecocidio no fuera reconocido como un crimen contra la humanidad? La mayor parte de las personas relacionadas con aquello han fallecido. Posiblemente nunca lo sepamos, pero nos lo imaginamos. Ahora nos toca a nosotros volver a incluir en el Estatuto de Roma aquello que debió estar desde el minuto uno». De esta forma se pronunció la abogada británica y activista internacional, Polly Higgins, en pro de incluir el ecocidio como crimen contra la humanidad durante la conferencia que impartió ayer titulada «Ecocidio: Genocidio contra la naturaleza».

La jurista y activista abrió la segunda jornada del curso de verano Crímenes medioambientales: mecanismos de lucha contra el ecocidio y otros crímenes contra la naturaleza con una conferencia magistral en la que resaltó cómo una gran cantidad de compañías relacionadas con la destrucción del medio ambiente forman parte del pacto global de Naciones Unidas: “¿Hay una desconexión aquí? – se preguntó- ¿Qué sucede cuando una de esas compañías es capaz de causar destrucción del medio ambiente y tener relación con la desaparición o muerte de muchas vidas? Es una evidente contradicción.”

Hoy por hoy no es delito, pero Higgins, como muchos otros juristas, ecologistas y defensores del medio ambiente, considera que debe serlo: «Es preciso reconocer el ecocidio como crimen contra la humanidad».

“El ecocidio tiene lugar en tiempo de paz,  y por supuesto también en un conflicto armado; forma parte de una acción corporativa por lo que tiene responsabilidad estatal y corporativa y efectos o extensos, duraderos o graves. Y el Estado o la empresa sabe o debería saber lo que está ocurriendo. Esos serían elementos necesarios para definir la comisión de un delito de ecocidio”, explicó.

Polly Higgins recordó que estas agresiones afectan a la naturaleza y a las sociedades, principalmente indígenas, que se ven incapaces de responder ante el gran poder de las corporaciones y la ausencia de acción o en ocasiones connivencia de las administraciones.

“Cuando nos enfrentamos al ecocidio se echa en falta la justicia”, dijo y recordó que “reconstruir la biodiversidad lleva cientos de años.”

Polly Higgins durante su intervención; Baltasar Garzón escucha la conferencia magistral. Carlos Berbell/Confilegal.

El curso de Torres debatió las Soluciones políticas ante crímenes y catástrofes medioambientales con  José Luis Adán, director del diario Ideal como moderador y con los ponentes Alejandro Sánchez Pérez, biólogo y parlamentario por Equo de la Comunidad de Madrid; Mercedes Barranco, portavoz  por Podemos de la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento andaluz y el periodista de Canal Sur Rafael Adamuz. La mesa coincidió en la necesidad de considerar el ecocidio como crimen de lesa humanidad.

Carlos Berbell director de Confilegal presentó la mesa sobre Jurisdicción Universal y Crímenes Medioambientales, en la que intervinieron a Manuel Ollé abogado especializado en Derechos Humanos, el fiscal Jesús García Calderón y Manuel Planelles, periodista de El País.

Manuel Ollé analizó qué mecanismos serían precisos para considerar los crímenes medioambientales como delitos de lesa humanidad enumerando los efectos: “Hay un conjunto de derechos concatenados que se van conculcando. Al agua, al aire, a la alimentación, a la salud, a la fauna, a la flora… Las enfermedades se propagan, físicas y mentales. Se vulnera el derecho a la vida, a la salud mental, a la vivienda y el trabajo digno…”

Los mecanismos habituales no son eficaces, añadió. “Las empresas recurren con medios de los que los demás no disponen. En definitiva, se comete un enorme crimen no tipificado en la Corte Penal Internacional y que precisan respuesta”.

Para Ollé, los Principios de la Jurisdicción Universal son básicos para juzgar estos delitos. Y cree que todos los legisladores nacionales e internacionales deben incluir en sus legislaciones los crímenes medioambientales, que se deben ir tipificando. “Estos crímenes no pueden quedar impunes”, concluyó.

García Calderón, por su parte, afirmó que «los bienes culturales forman parte de la naturaleza y configuran un bien jurídico tutelado muy importante». Y aseveró que hoy por hoy la regulación penal que protege estos bines es insuficiente y desafortunada.

Planelles explicó el gran negocio que suponen los delitos medioambientales a partir del caso de la exportación ilegal de las angulas a China.

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