¿Quién es el magistrado suspendido por el acuerdo de la Permanente de 2 de marzo pasado?

El CGPJ le dice a la Generalitat que no puede inspeccionar los juzgados

27 / 07 / 2017 16:50

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que señala que el Gobierno de la Generalitat no puede ejercer labores de inspección de los órganos judiciales.

Así lo ha puesto de manifiesto el órgano de gobierno de los jueces a través de un informe aprobado por la Comisión Permanente que respalda el acuerdo del TSJC sobre el proyecto del Govern denominado «Visió Justícia: sistema d’avaluació i millora contínua», de evaluación de los juzgados con sede en Cataluña.

El texto del CGPJ afirma que las comunidades autónomas no pueden «ejercer labores o cometidos que materialmente sean actos de inspección» de los órganos judiciales, por lo que entiende «ajustado a derecho en su integridad» el acuerdo adoptado el pasado 30 de mayo por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con el proyecto de la Generalitat.

Dicho acuerdo del TSJC  decidió que, en tanto no fuesen autorizados en su caso por el CGPJ, no se permitirían los accesos a los sistemas de gestión procesal ni las actividades y visitas de inspección programadas por los equipos de la Generalitat en varios juzgados con sede en esta comunidad autónoma.

El informe recuerda que el artículo 122.2 de la Constitución relativo al Poder Judicial, «atribuye de modo inequívoco al Consejo la inspección» de juzgados y tribunales.

«Por ello, no es posible que servicios, unidades o equipos dependientes del Departament de Justícia de la Generalitat de Cataluña lleven a cabo actuaciones que, más allá de su denominación, signifiquen el ejercicio material de una función inspectora de juzgados y tribunales«, precisa el texto.

En cambio, el documento recuerda que la comunidad autónoma sí puede ejercer labores de control y mejora del conjunto de medios personales y materiales que quedan dentro de su ámbito competencial, y que para ello será preciso arbitrar los mecanismos oportunos, desde el punto de vista de la colaboración institucional.

Entre esos mecanismos, el Govern puede instar del Consejo que ordene la inspección de cualquier juzgado o tribunal que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) atribuye al Ministerio de Justicia.

También puede solicitar también información estadística pertinente a los fines competenciales expresados así como acceder a datos de los ficheros de las oficinas judiciales a los mismos fines.

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