Expertos en derecho del entretenimiento analizan el nuevo modelo de financiación del cine español

Expertos en derecho del entretenimiento analizan el nuevo modelo de financiación del cine español

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31/7/2017 04:58
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Actualizado: 27/4/2021 12:31
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Pese a que hace unos días, el Consejo de Ministros autorizaba al Instituto de Cinematografía y Artes Audiovisuales (ICAA), convocatoria de ayudas a 2017 para la amortización de largometrajes por un importe de 32.375.000 millones de euros, lo cierto es que esas ayudas financiarán los costes de producción de los largometrajes estrenados en el 2015.

Hay un cambio de modelo y hemos pedido a varios juristas, expertas en derecho del entretenimiento como Mabel Klint  y Helena Suárez su opinión sobre el momento actual y el cambio de modelo de financiación

Desde el Ministerio de Cultura se insiste en que hasta 2018, para aportar seguridad financiera al sector cinematográfico, se ha establecido un periodo transitorio en el que las nuevas ayudas sobre proyecto convivirán con las antiguas ayudas a la amortización de largometrajes.

Las ayudas autorizadas recientemente se concederán en régimen de concurrencia competitiva y los largometrajes que accedan a ellas deberán ser españoles y haber sido calificados por grupos de edad. Al mismo tiempo tendrán que haber obtenido el certificado que acredite el carácter cultural de su contenido, su vinculación con la realidad cultural española o su contribución al enriquecimiento de la diversidad cultural de las obras cinematográficas que se exhiben en España.

Para Mabel Klint, socia del área de Cultura, Deporte y Entretenimiento de Andersen Tax & Legal, las ayudas que se ofrecen al cine son las adecuadas “me explico: estas ayudas venían, de origen, limitadas. Primero, porque la Administración derogó ya en mayo de 2015 mediante Real Decreto-Ley el sistema de ayudas a la amortización, con lo que la fecha de «defunción» del sistema anterior ya estaba fijado antes de empezar a negociar el nuevo”.

El modelo audiovisual a seguir en nuestro país debe tener en cuenta el binomio incentivos fiscales y ayudas públicas

Nuestra interlocutora recuerda que “de cara a poner en marcha en modelo nuevo, se fijaron dos premisas básicas, una primera que la clave del sistema sería la partida presupuestaria disponible cada año, lo que obligaba a un sistema anticipado y menos automático que el anterior y una segunda que el mecanismo para la toma de decisión no podía estar basado únicamente en las taquillas. Desde luego que el sistema al que se va es perfeccionable. De hecho la experiencia de estas dos convocatorias demuestran que requiere ajustes y hasta donde sé, la Administración ya está abocada a ello, de cara al año que viene”.

Respecto a si hay que incrementarlas Klint indica que “sin duda, sí. Hacen falta, al menos, 10 millones de euros más para las ayudas generales y otros 2 millones para las selectivas, para que la dotación presupuestaria acompañe adecuadamente a los procesos productivos del sector.”.

Pese a esa necesidad cree que “no se esperan cambios en el próximo ejercicio en este sentido. Hay que recordar que, por su mecanismo de ejecución, las ayudas del anterior sistema (amortización) no estarán definitivamente liquidadas hasta el próximo ejercicio, lo que implica que el próximo año se estarán destinando recursos del Fondo de la Cinematografía para cubrir esas obligaciones previas”.

En cuanto al corto plazo señala que “una vez cumplidas esas obligaciones, evidentemente, se dispondrán de los recursos, con lo que habrá que hacer un planteamiento diferente, aumentando dotaciones y reabriendo líneas de ayudas que llevan años sin convocarse y que pueden ser grandes reactivadores de la actividad, como es el caso de las líneas de ayudas a las series de animación o a las tv movies”.

Respecto a otras fórmulas para financiar nuestro cine destacaría “que sin ninguna duda, los incentivos fiscales están jugando un papel clave en este sentido. La financiación privada es a día de hoy una pieza esencial de la financiación del cine y el paso del tiempo está haciendo ganar solvencia y seguridad al modelo”.

Para esta experta el modelo a seguir es Francia “pero con cautelas, porque Portugal ha seguido muy de cerca el modelo francés, a falta de dotación presupuestaria, claro y, sin embargo, la cuota de pantalla del cine luso está por debajo del 2%, quizás por centrarse en la protección de los productos más culturales.

En su opinión, “el modelo audiovisual debe ser un balance perfecto entre la protección de esos productos culturales y la aceptación del público, algo que normalmente se logra a través de contenidos más comerciales. En base a este balance, creo que el contrapunto «incentivos fiscales/ayudas públicas» es el camino a seguir en España”.

El modelo de financiación ha cambiado de forma radical

En opinión de Helena Suárez, socia del área de propiedad intelectual y privacidad de Dutilh Abogados, los tiempos han cambiado mucho en estos últimos quince años “En el 2003, asistí a un curso sobre financiación audiovisual en el Instituto de Empresa. La sesión sobre financiación de películas corrió a cargo del productor Pancho Casal, que nos explicó como el presupuesto del largometraje se asentaba sobre tres ejes o fuentes de financiación: préstamo ICO-ICAA, Ayudas del ICAA y Preventas de derechos.

Hoy la situación es diferente y afecta tanto las películas se producen, que han visto reducidos sensiblemente sus presupuestos, como a otros miembros de la industria; inversores privados y televisiones/plataformas juegan un papel clave en la financiación.

Suárez destaca que “el crédito ICO-ICAA Producción Cinematográfica, línea de mediación del Instituto de Crédito Oficial (ICO), no se convoca desde 2015. Al mismo tiempo las ayudas públicas se han reducido en cuanto a sus importes y han sido objeto de una profunda reforma.  Y las ayudas a la amortización, previstas para recuperar los costes en los que se había incurrido en la producción, han desaparecido sustituidas por ayudas sobre proyecto o a priori”.

Con el nuevo modelo de financiación se se exige que el proyecto esté parcialmente financiado, un 35% en el caso de ayudas generales

Respecto del nuevo modelo, ayudas sobre el proyecto indica que “se ha creado la ayuda selectiva, destinada a proyectos que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social, de carácter documental y aquellos que incorporen a nuevos realizadores. En ambos casos, los proyectos deben reunir una serie de requisitos técnicos y económicos para solicitar las ayudas. El sistema de baremación influye directamente en el proyecto, así como en la elección del equipo, o incluso en la elección de los coproductores, ya que también se tiene en cuenta su éxito como productor, asignando puntuaciones a sus anteriores trabajos”-

Como datos a destacar de esta reforma comenta Suárez que “se exige que el proyecto esté parcialmente financiado, un 35% en el caso de ayudas generales, requisito que para determinados proyectos dificulta en exceso el acceso a las ayudas y les obliga a contar con el apoyo de una televisión detrás para sacar el proyecto adelante. Un punto positivo en la reforma, en mi opinión, es la posibilidad de reembolso de los fondos públicos en el caso de que se generen unos determinados ingresos y el productor cuente con beneficios reales”.

En este nuevo escenario, la socia de Dutilh Abogados destaca en los cambios introducidos desde la Ley del Cine del año 2007 es” la progresiva introducción de los inversores privados en la industria cinematográfica. Aunque los importes de deducción previsto no son tan atractivos como en algunos países de nuestro entorno, al menos existen, y se ha conseguido subir los tipos en la ley de presupuestos generales de 2017. Igualmente es positiva la introducción desde 2015 de un incentivo previsto para atraer rodajes de producciones extranjeras a España”.

Sobre esta medida subraya que “aunque el tipo 20% en Península y los topes 3 millones de euros de deducción se han mejorado en el año 2017, todavía queda mucha labor por hacer. Principalmente, sería necesario un aumento significativo de los tipos y desaparición de los limites, así como un cambio sustancial en la manera en que este incentivo se hace efectivo, debiendo canalizarse a través de una auditoria y no mediante autoliquidación del impuesto de sociedades, lo que genera incertidumbre durante los cuatro años siguientes en que la Hacienda Pública española puede revisar la liquidación del proyecto”.

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