Los dos abogados acusados niegan haber grabado a la infanta Cristina en la fase de instrucción

Absuelven a los abogados acusados de grabar la declaración de la infanta

5 / 09 / 2017 16:07

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:50

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La titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Palma ha absuelto de un delito de desobediencia grave a la autoridad a los abogados María del Carmen Jiménez y Francisco José Carvajal, acusados de grabar a escondidas la declaración de la infanta Cristina como imputada en el caso Nóos, en febrero de 2014.

Según la sentencia, no existe prueba suficiente que permita concluir sin duda alguna que los acusados grabaron la imagen y parte de la declaración en fase de instrucción de Cristina de Borbón utilizando un dispositivo oculto, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

El juez que instruyó el caso Nóos prohibió expresamente a quienes accedieran al edificio judicial el día de la declaración de la infanta portar teléfonos móviles, tabletas electrónicas, ordenador portátil o cualquier otro dispositivo apto para la captación de imágenes o sonidos, para evitar ninguna grabación, según recuerda la sentencia.

En su resolución, la jueza considera probado que se obtuvieron imágenes y sonido de la declaración de la infanta que se utilizaron para confeccionar un vídeo que fue colgado en una plataforma de internet y que además algunas imágenes se publicaron en el diario El Mundo en formato de fotografía.

Sin embargo, la jueza Juana Ana Arbona considera no probada la autoría de los hechos y absuelve a los abogados Carvajal y Jiménez, quienes acudieron a la declaración en sustitución de Javier Saavedra, que defendía a Robert Cockx, entonces imputado como presunto testaferro de Iñaki Urdangarin.

La magistrada afirma que las pruebas periciales en las que se basa la acusación son «imprecisas e incluso en determinados aspectos contradictorias entre sí», no precisan con exactitud y suficiente certeza la posición desde la que se pudo grabar el vídeo, ni el dispositivo con el que se grabó.

Destaca que los distintos peritos llegaron a conclusiones dispares, por lo que no existe prueba suficiente que permita concluir sin duda alguna que la grabación la hicieran los acusados.

La magistrada señala que, según varios testigos, los dos acusados pasaron todos los controles de seguridad, entregaron a los policías sus móviles y no se detectó que dispusieran de algún dispositivo apto para la grabación. Además, las medidas de seguridad establecidas ese día no eran aptas para detectar dispositivos como cámaras espías.

En el juicio celebrado el pasado junio, la Fiscalía solicitó una condena de un año de prisión por desobediencia grave para cada uno de los dos abogados, así como su inhabilitación para ejercer durante el mismo tiempo.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de diez días. (CONFILEGAL/EP)

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