El TSX de Galicia confirma condena al SERGAS tras una intervención en el oído que le provocó la muerte a una paciente
A la paciente se le dijo que el único riesgo que podría existir si la operación fuera fallida era que continuase en la misma situación.

El TSX de Galicia confirma condena al SERGAS tras una intervención en el oído que le provocó la muerte a una paciente

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07/11/2023 06:30
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Actualizado: 07/11/2023 12:29
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El Tribunal de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena que el Juzgado de Primera Instancia 2 de Ourense impuso a la Sanidad Gallega (SERGAS). Tendrá que indemnizar con 172.000 euros a los familiares de una mujer que falleció a causa de una negligencia médica en una intervención de oído en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.

Así lo recogen los magistrados Benigno López González, Luís Ángel Fernández Barrio y Mónica Sánchez Romero en la sentencia 00796/2023, de 2 de noviembre. 

La mujer fallecida tenía 74 años y padecía de afecciones auditivas que le obligaban a usar audífonos.

A los 16 años sufrió una primera intervención quirúrgica, tras la cual el médico que la realizó le había aconsejado “que nadie tocara ese oído”.

Por este motivo había rechazado durante años posibles intervenciones que mejorarían su calidad de vida que le ofrecía el servicio de ORL.

Durante los últimos meses, se le había ido estrechando el conducto auditivo, lo que le dificultaba el uso de los audífonos.

Ante esta situación, se le ofreció una nueva intervención de escaso riesgo (meatoplastia). A pesar de ser una técnica simple, estaba contraindicada para la paciente por sus antecedentes clínicos.

La paciente no fue informada de la intervención a la que se sometería

A la paciente se le dijo que el único riesgo que podría existir si la operación fuera fallida era que continuase en la misma situación.

Aun así, existía información de sobra que alertaba al equipo médico del riesgo de la intervención).

Durante la operación, una mala praxis provocó que el líquido raquídeo comenzase a filtrarse a través de una incisión que no se pudo cerrar. Esta situación provocó que se tuviera que realizar una craneotomía de urgencia, lo que le provocó la hemorragia que la llevó a la muerte.

Tras esto, el esposo y las hijas de la fallecida acudieron a la abogada María Teresa Herrero Navarro, de la asociación “El Defensor del Paciente” e interpusieron una demanda frente al SERGAS.

La presidenta de la ya citada asociación, Carmen Flores, lamentó que hubiera sido necesario acudir a los tribunales para que se reconociera la mala praxis.

A lo que añadió añadió que “era evidente y así lo recoge la sentencia cuando señala: los responsables han sido los facultativos que, teniendo la obligación de comprobar, conocedores de aquella lejana operación. el estado de la zona sobre la que iba a recaer la manipulación quirúrgica, no lo hicieron”

En el juicio de la Primera Instancia, se les dio la razón y se condenó a la Consejería a indemnizar a la familia con una cuantía de 172.000 euros (que se desglosan entre el padre y las tres hijas).

Ante esta sentencia, la Consejería interpuso recurso de apelación, en el cual la Sala de lo Civil y Penal del TSXG volvió a dar la razón a los familiares de la víctima, confirmando  la condena.

“Tal vez hubo un exceso de confianza, claramente revelador de una mala praxis asistencial de nefastas e inesperadas consecuencias para la paciente”, concluyó la abogada de la familia demandante.

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