La Justicia obliga al alcalde de Pamplona a poner el retrato del Rey en lugar preferente en el Salón de Plenos
Joseba Asirón, alcalde por la coalición Euskal Herria Bildu, y la ubicación del retrato del Rey decidida, en cumplimiento de la sentencia condenatoria.

La Justicia obliga al alcalde de Pamplona a poner el retrato del Rey en lugar preferente en el Salón de Plenos

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17/10/2017 06:00
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Actualizado: 17/10/2017 02:22
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Pamplona ha dado tres días a Joseba Asirón, alcalde de la ciudad por la coalición Euskal Herria Bildu, para que cumpla la sentencia en todos sus términos y coloque «el retrato del Rey y las banderas oficiales de manera permanente en un lugar preferente y de honor en los terminos que establecen la Ley 39/1981 y el RD 2568/1986», según consta en un auto.

La sentencia, en primera instancia, correspondía a ese Juzgado y habia sido ratificada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra el pasado 1 de marzo.

La orden judicial es la respuesta al incidente de ejecución impulsado por el abogado del Estado frente al particular cumplimiento que Asirón, el primer alcalde de la izquierda «abertzale» de la historia de Pamplona, hizo de la sentencia. 

En vez de devolver a su sitio, en el salón de Plenos del Ayuntamiento, el cuadro grande del Rey, colocó uno de dimensiones mínimas -34 cm por 22 cm, un poco más grande que un folio dina 4 más el marco-, en una pared lateral y entre dos grandes cuadros que minizaban al monarca.

El magistrado no pone en tela de juicio las dimensiones del cuadro sino el lugar en que ha sido colocado.

Tal decisión, declara el magistrado, no es ajustada a derecho.

«Debe declararse como no cumplido el fallo de la sentencia, porque el contexto ornamental que rodea al cuadro anula la condición de ‘preferencia’ en la ubicación que exige la norma, ya que al haberse optado por un retrato de reducidas dimensiones el hecho de estar rodeado por dos grandes cuadros minimiza por completo al del Rey, y le priva por tanto de la nota de ‘preferencia’ que marca la norma para su ubicación», dice el magistrado en su auto.

«Por lo expuesto procede declarar no cumplida la sentencia en este punto y ordenar al Ayuntamiento ejecutado que cumpla el pronunciamiento dotando de preferencia a la ubicación del retrato del Rey, para lo cual se estima más que suficiente un plazo de tres días», concluye el auto.

 

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