2018: El año en el que las pymes accederán a las licitaciones públicas
Ignacio González, socio y  letrado de Lifeabogados.

2018: El año en el que las pymes accederán a las licitaciones públicas

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23/12/2017 05:59
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Actualizado: 22/12/2017 18:58
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La tan esperada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con más de mil enmiendas, va a mejorar según los expertos las licitaciones públicas. Entre otras cuestiones, procedimientos transparentes y al acceso también las pymes. Los contratos públicos suponen en España el 20% del total  del PIB, algo fundamental para que nuestra economía prospere.

Ignacio González, socio y  letrado de Lifeabogados, acaba de dar una charlar sobre esta cuestión recientemente. Cómo acercar la contratación pública a las pymes, una cuestión que hasta la entrada de esta normativa de Contratos Públicos parecía impensable “ es una buena ley que adapta a dos directiva europeas para lograr una mayor transparencia en el proceso de contratación pública y una mayor eficiencia de los recursos económicos de cada país”.

Pese a ello, reconoce que es una norma farragosa y larga. Tiene más de 350 articulos y muchas disposiciones adicionales “ necesitará mucho estudio realmente para ver su aplicación definitiva con los matices de por donde irán los tribunales y los recursos que se interpongan periódicamente”, destaca

Sobre los cambios significativos que introduce González destaca que “una mayor transparencia en la contratación pública, más información para todos, no solo en la información de las condiciones de contratación publicada en pliegos, sino ahora también se publicará en el perfil del contratante, sitio web que deberá tener cada órgano que quiera contratar. Ahí tendrá que publicar el propio expediente concreto de lo que hace”.

Otro aspecto novedoso de la norma es que “pretende mejorar la economía en el país. Nos hemos dado cuenta que el 20% del PIB de España proviene de la contratación pública. Por eso la UE señaló que era necesario que esos contratos públicos fueran eficientes y dinamicen la economía de cada país. Por este motivo, se ha pretendido incorporar a las pymes a la contratación pública”

Gonzalez recuerda que “hasta ahora un determinado concurso público solo se lo llevaban empresas grandes, sobre todo en obras e infraestructuras. En el resto de los concursos, solo aparecían empresas medianas a las que se les exigía mucha documentación. Al final lo que pasaba es que las pymes acababan subcontradadas por las empresas grandes y ejecutando el trabajo a un precio más bajo porque el adjudicatario se llevaba su parte”.

Ahora la situación cambia “los concursos públicos se sacarán por lotes. Por ejemplo la construcción de una carretera se puede dividir en cuatro lotes para que las empresas puedan optar a un solo lote, de tal forma que podamos incorporar a las pymes al proceso de contratación pública”, destaca nuestro interlocutor. Con esta medida se pretende que las pymes acudan estas licitaciones públicas junto con otras empresas.

Precio y calidad son ahora dos elementos que miran las diferentes administraciones públicas a la hora de contratar con externos

Hasta la llegada de esta Ley de Contratos del Sector Público, la administración adjudicaba los contratos por precio “el mejor adjudicatario era el que menos cobraba. La nueva ley introduce otros criterios “ que se deben tener en cuenta que son especialmente precio y calidad, de tal forma que una parte importante sea el precio y otra la calidad. Se han visto situaciones en las que el adjudicatario perdía dinero solamente con la idea de tener a sus empleados trabajando en un proyecto concreto”.

Más información y transparencia

Con la entrada de esta norma la cantidad de información que tiene cualquier candidato a una licitación pública es importante “sabemos quienes se presentan;  lo que ofrecen y vamos a saber que necesidad quiere satisfacer la necesidad en ese concurso público. Habrá un expediente que recoja toda esta información de toda detallada.  De esta forma el que vaya al concurso ya sabe lo que le puede costar realmente”.  Con estas medidas, las pymes se pueden plantear el sector público con un canal de ventas nuevo que puede utilizar y ganar negocio. Lo veremos en tres o cuatro años seguramente

Para González hay 10 cosas que debe tener en cuenta una pyme para acceder a un concurso público con la nueva normativa:

1.- Analizar la situación y ver si la Administración, a todos sus niveles, demanda productos y servicios que esta empresa produce

“Hay que darse cuenta que todos los entes públicos que existen ya están sometidos a esta nueva ley de Contratos del sector público”

Para ello es bueno revisar licitaciones anteriores de esa administración publica para ver si puede ser proveedor de la misma  “ Lo primero que hay que ver es si nos necesitan realmente”.  La Administración consume todo tipo de bienes y servicios pero a veces hay que hacer alguna modificación en esa oferta nuestra.

2.- Adaptar nuestra demanda a la propia Administración

“Es el siguiente paso donde habrá que cumplir cierto requisitos técnicos para que nuestra propuesta sea tenida en cuenta en dicha licitación. Es muy importante leer bien los pliegos de la licitación para saber realmente qué necesitamos para ser proveedores.

“Habra que diferenciar entre compra venta de productos y prestación de servicios

En principio es más sencillo la prestación de servicios. En los productos es posible que nos pogan más requisitos y quieran comprar algo muy especifico, y no le vale cualquier producto”.

3.- Hay que saber detectar las oportunidades de negocio que se pueda generar con el trato a la Administración

 “Tengo que saber que quieren contratar mis servicios para ello debo acudir y revisar la plataforma de contratación pública del Estado y contratando cualquier base de datos de contratación que no tienen un coste excesivo, así conocer licitaciones concretas de mi rama de actividad”.

González recuerda que gracias al perfil del contratante del que antes hablaba “toda la información va a estar a disposición de todos los licitadores. En cuanto a la ejecución de los trabajos, si no eres de esa zona de influencia puedes acudir a la colaboración de un empresario local que te ayude en el trabajo”.

4.- Revisión solvencia técnica respecto al concurso

“Es muy importante esta revisión para saber si se cumple con los criterios de solvencia técnica y económica. Los primeros se refieren a que la empresa tiene la capacidad técnica para realizar el trabajo. Por eso se piden certificados que avalen ese trabajo de esa propia actividad y trabajos anteriores , también certificados de calidad que avalen ese trabajo”.

En este aspecto, nuestro experto recuerda que está prohibido pedir certificados excesivos  en cualquier licitación “es una trampa que había antes y que nosotros ganamos en su día y tenemos varias sentencias ganadas al respecto sobre esta cuestión concreta.  Los certificados deben ser proporcionales al objeto del concurso”, aclara.

Ignacio González, socio y  letrado de Lifeabogados.

5.- Comprobación de solvencia económica para acceder al concurso 

Y sobre la solvenia económica se refiere a “que no solo la adminsitracion quiere saber si eres capaz de realizar ese trabajo, sino si adema´s tienes una capacidad económica suficiente que no te vas a quedar ahogado en el contrato.   Que puedes pagar a tus empleados y comprar los materiales adecuados como adjudicatario. Se pide una cierta solvencia económica”.

6-Busqueda de aliados si no tengo esa solvencia técnica o económica

“Hay situaciones en las que puedo verme inmerso de no tener dicha solvencia que se me pide. En esta situación se puede buscar algún aliado o aliados para ir en UTE,  Unión Temporal de Empresas para sí contar con esos requisitos de solvencia que se piden y del os que hemos hablado con anterioridad”.  La otra opción es ir  también como como subcontratado”.

No hay límites para formar una UTE de este tipo “lo único que hay que tener cuidado es que no vulnere los principios de derecho de la competencia al aglutinar diferentes empresas de un mismo sector.  Se podría pensar que se están repartiendo el mercado de alguna manera”.

7.- Realizar estudio económico interno para preparar la propuesta 

Ha llegado el momento de preparar la propuesta siguiendo los cánones que indica los pliegos de la propia Administración en esa licitación. Hay que tener muy en cuenta cómo se va valorar mi propuesta. El propio pliego te dirá como se valorará aspectos como el precio y la calidad.

De esa forma se trata de presentar la oferta para lograr máxima puntuación posible  “Es posible que pueda haber algún empate entre ofertas a nivel de criterios valorados. Pero son en casos extraordinarios”.

Hay un plazo de diez días desde que se publica el pliego donde se hacen consultas por escrito

8.-Procedimientos más breves 

Con esta nueva Ley de Contratos del Sector Público los plazos desde que sale el pliego hasta que se adjudica se ha acortado bastante “Depende de los diferentes procedimientos  En algunos en dos meses puedes tener ya la ajudicación”. Sobre los plazos para subsanar cualquier carencia “ son plazos cortos, ya no se necesita presentar toda la documentación con la oferta.

Ahora acompañas un papel, como declaración que dices  que tienes esa documentación. Luego si te lo adjudican debes presentar los citados papeles”, comenta. Con la nueva normativa, los plazos mínimos van entre quince y treinta y cinco días . “Ahora en menos de dos meses se puede saber si me han adjudicado ese contrato público”.

9.- Cuidado con los recursos que se interpongan

En este tipo de escenarios es bastante posible que algún competidor interponga algún recurso sobre dicha licitación “Cualquier recurso de este tipo lo que hace es suspender los plazos de licitación de los que hablábamos antes hasta que se resuelva. Eso puede retrasar un poco su adjudicación”.

10- Contratos más legibles

“Gracias a toda la información que ahora tenemos, los contratos de adjudicación público son más fáciles de entender. Al mismo tiempo cabe la posibilidad de establecer preguntas al organismo público licitador “Hay un plazo de diez días desde que se publica el pliego donde puedes hacer consultas por escrito. La Administración esta obligada en contestarte. Al mismo tiempo publica todas las preguntas y respuestas en su página web”.

Junto con esto surge la llamada consulta al mercado “La administración podrá preguntar a los operadores qué es lo que quieren que saque a contratación y cómo deben ser esos pliegos. Eso hasta ahora estaba prohibido pero es otro elemento que se añade en esta normativa”.  Estas consultas quedarán reflejadas en el citado expediente de contratación.

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