La plataforma Sharemula condenada con 2,3 millones de euros por piratería

La plataforma Sharemula condenada con 2,3 millones de euros por piratería

|
05/1/2018 06:05
|
Actualizado: 31/3/2022 13:46
|

La sección número 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en asuntos relativos a la propiedad intelectual, ha condenado a la administradora de la página de intercambios P2P Sharemula a indemnizar a Promusicae y las principales discográficas españolas con 2.354.350 euros por la comunicación pública, sin autorización alguna por parte de los titulares de los derechos, de cientos de miles de canciones protegidas.

Esta sentencia, de 4 de diciembre del 2017, contra la que solo cabe recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, rectifica dos resoluciones anteriores, por la vía penal y en primera instancia civil, que habían sido absolutorias para la web

El caso de Sharemula se conoce desde hace más de diez años, cuando esta web de intercambio de archivos peer to peer (entre particulares) se erigió en una de las plataformas más populares en España para descargar música de manera completamente impune y sin mantener contrato alguno ni satisfacer ningún tipo de contraprestación a los artistas, intérpretes y productores artífices del repertorio.

La sentencia de la sección 28 de la Audiencia Provincial deja sin validez los pronunciamientos judiciales previos e impone la mencionada sanción de más de 2,3 millones de euros a Silvia Martínez Ramírez, titular de la web www.sharemula.org.

Asimismo, Martínez Ramírez deberá abonar otros 31.406 euros por los “gastos de investigación” incurridos durante el proceso. Además de Promusicae, como entidad que representa a la gran mayoría de los productores de música españoles, concurrían a título particular como demandantes las filiales españolas de Sony Music, Emi, Universal y Warner, además de WEA International.

La resolución de la Audiencia constituye un espaldarazo a la lucha contra la piratería en Internet, que llevó a España a liderar todas las clasificaciones europeas sobre actividades irregulares contra la propiedad intelectual en la red.

Los ponentes certifican ahora que los operadores de Sharemula “no podían ignorar que esta web permite acceder a obras protegidas sin autorización de los titulares de los derechos”, circunstancia común a “la práctica totalidad de los archivos”.

En opinión de Andy Ramos, abogado y director Departamento de Propiedad Intelectual, Industrial y NN.TT. de Bardají & Honrado “ el llamado caso Sharemula fue la bandera de los defensores de las descargas libres durante esta última década. Ahora lo podríamos calificar de fake news, falsa noticia porque realmente la justicia al final siguiendo criterios del TJUE ha situado esta plataforma en su contexto”.

La Sentencia aplica la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se inició en el año 2014 con el asunto “Svennsson” y según la cual enlazar a contenidos protegidos supone un acto de comunicación al público que debe ser autorizado por sus titulares si se dirige a un público nuevo como es el caso, circunstancia que había sido negada en las resoluciones que habían resuelto este asunto hasta ahora. Y tampoco cabe cuestionar aquí que la explotación de Sharemula se realiza con el fin de obtener un beneficio, aunque sea a través de la publicidad.

La complejidad de este asunto y diferentes sobreseimientos de este tema han propiciado que el futuro de Sharemula se haya dilatado en el tiempo durante una década “hace diez años hablábamos de un tema controvertido y se discutía si infringían derecho de propiedad intelectual o no, ahora con la jurisprudencia europea antes citada nadie lo discute”, aclara Ramos, quien se muestra sorprendido por la cuantía “ parece más un juzgado norteamericano que uno europeo más comedido en estas indemnizaciones”.

A la hora de establecer la compensación para los demandantes, el tribunal ha dado por válido un informe pericial en el que se certifican que a través de Sharemula se efectuaron un total de 429.626 descargas de material protegido. “Puede sorprender que solo se sancione a la plataforma y no a los usuarios como sucede en Francia y EEUU. Ellos inclumplen también la ley pero no creo que sea adecuado perseguir a los usuarios”.

Y advierte en ese sentido que la parte demandada “tenía en su mano presentar un informe contradictorio (…), y no lo ha hecho”. Por último, la sentencia, con fecha de 4 de diciembre de 2017, también impone la publicación de este fallo en las páginas web de El País (www.elpais.com) y El Mundo (www.elmundo.es), “del mismo modo que se inserta cualquier otro remitido”.

Trabajar con los más jóvenes la prevención

Para Ramos lo mejor es explicar desde edades jóvenes al usuario  para prevenir conductas delictivas  «que determinados comportamientos en Internet son ilegales y causan problemas importantes a los creadores. Al mismo tiempo habría que trabajar mucho en los colegios y redes sociales que las películas y contenidos no se hacen solo y suponen esfuerzos importantes a nivel económico y tecnológico”.

En este escenario desde la Coalicion de Creadores y la propia Liga de Fútbol Profesional se han puesto en marcha iniciativa en diferentes centros docentes para concienciar al joven de que no consuma contenido gratis protegidos. “En países como EEUU puedes recibir una carta donde se te dice que estás entrando en páginas ilegales como advertencia antes de una sanción posterior”, señala.

Para Andy Ramos comportamientos como el de Sharemula es indefendible “ al mismo tiempo hay una línea jurisprudencial más clara  que hace diez años, lo que ofrece más seguridad jurídica. Al mismo tiempo la oferta de contenidos de pago es amplia, como Spotify y eso permite ver este tipo de contenidos”.

Respecto a tener una Fiscalia que luchara contra la piratería, esbozo que hiciera en su momento el malogrado fiscal general del Estado, José Manuel Maza “podría ser útil para luchar contra las mafias organizadas, muchas de ellas de corte internacional más centradas en la piratería física que online. La mayor parte de las páginas webs  piratas cerraron en España y migraron hacia América Latina”.

De hecho, Ramos advierte que “ las personas que trabajan en la Comisión Segunda de la Sección de Propiedad Intelectual, más conocida como Comisión Sinde, el problema que han tenido para luchar contra esta lacra es la falta de medios. Sus decisiones son técnicamente impecables pero adolecen de esa falta de medios”, apunta.

La lucha contra la piratería necesita de procedimientos más agiles que en países como Inglaterra suelen tener formato online para resolver este tipo de asuntos

Sin embargo ,nuestro interlocutor es más partidario de acudir a los tribunales que ofrecen más seguridad jurídica que acudir a procedimientos administrativos como los de la citada Comisión “los tribunales mercantiles que suelen ver estos temas deberían contar con procedimientos más agiles y apostar por procedimientos online como sucede en países como Inglaterra”.

Sharemula debe cumplir la ley

Para  Antonio Guisasola, presidente de Promusicae, manifestó su satisfacción al conocer el fallo de la sentencia. Es evidente que la  sentencia llega con 10 años de retraso, aunque por fin se cierra un largo periodo de lucha en los tribunales demostrando que la actividad de Sharemula era ilegal. La justicia, en este caso,  ha sido una cuestión de tiempo  pero al final obliga igualmente a que se cumpla la ley vigente y nos sirva para cerrar absurdos debates sobre si es lícito o no lucrarse injustamente del trabajo ajeno”.

A su juicio «seguimos insistiendo en que las medidas de lucha contra la piratería deben ser ágiles y expeditivas y requieren de un compromiso mayor de todos los afectados: titulares de derechos, operadoras, anunciantes y administraciones públicas  unidos para acabar con una lacra que afecta a todos los sectores de la cultura y el entretenimiento y limita el crecimiento de un sector altamente innovador y rico en empleo  al conjunto de la sociedad”.

 Con esta sentencia, – concluye Guisasola  podemos cerrar heridas abiertas de una industria de la música que en la actualidad busca asentarse en los modelos de negocio del siglo XXI, que pasan cada vez más por las nuevas tecnologías y que necesita de una acción eficaz de los poderes públicos que contemple y proteja adecuadamente nuestros derechos en este nuevo escenario”.

 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Áreas y sectores