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¿Podría ser delito de abuso sexual que una mujer engañe a su pareja para quedarse embarazada?

¿Podría ser delito de abuso sexual que una mujer engañe a su pareja para quedarse embarazada?
03/6/2018 12:53
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Actualizado: 03/6/2018 12:53
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Hace unos meses, desde el movimiento #MeToo se lanzó la idea del “sigilo” (stealthing), que es cuando un hombre decide quitarse el preservativo, en pleno coito, sin avisar a su pareja sexual, y se pide que esto sea considerado delito de violación.

Hace unos días, en Reino Unido, se condenaba a un hombre, por violación y homicidio en grado de tentativa, a cadena perpetua, por practicar sexo sin protección y contagiar de VIH a varias personas, por ocultar que era portador del virus.

El estado de California, por ejemplo, recoge en su estatuto de 2013 (216) la calificación como violación, si una de las partes ha obtenido el consentimiento sexual del otro, bajo engaño o fraude (hacer creer que..).

En España, recientemente el Supremo condenó a un hombre a 9 años de prisión, aunque lo consideró delito de lesiones por violencia de género, por esto mismo, ratificando la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza 325/2016 de 19 de octubre de 2016.

Así lo recogieron los medios de comunicación: «El Supremo confirma nueve años de cárcel para el hombre que transmitió el VIH a su pareja».

Igualmente, en Canadá se acusó de violación por fraude a un hombre a 15 años de cárcel, por dejar embarazada a su novia, porque él la engañó rompiendo el preservativo. Y fue condenado, finalmente en apelación: «Hombre pierde la apelación en el caso del condón agujereado» (Man loses appeal in pierde condom case).

Movimiento contra el fraude de paternidad

Recientemente, tras el “movimiento contra el fraude de paternidad” de los Estados Unidos de América, cientos de hombres están acusando a sus mujeres de violación en segundo grado en los Estados Unidos, cuando comprueban que  han sido engañados en su paternidad.

Esto es, que sus parejas han mantenido relaciones sexuales con ellos, para hacerles creer que ellos, son los padres de sus bebés, cuando en realidad, no lo son.

En los Estados Unidos recientemente se hizo un estudio de ADN a 400.000 recién nacidos y resultó que cerca de 90.000 supuestos padres resultaron no serlo.

En Cataluña, hace unos años se hizo esto mismo, y resultó que casi el 30 % de los niños nacidos en Cataluña, no eran de los hombres que creían ser sus padres.

Este estudio fue ocultado a la opinión pública, por razones obvias.

Cada vez son más los hombres que vienen a mi despacho, a quienes se les reclama el reconocimiento de la paternidad de un menor, ya que ellos habían tenido relaciones sexuales consentidas con una mujer, y habían estado de acuerdo en no procrear.

Recuerdo el caso de una mujer que andaba cerca de los 40 años y decidió, sin informar al hombre, que iba a tener un hijo con él, dejando de tomar los anticonceptivos que ella decía tomar.

El caso es que ella, decidió tener aquel hijo. Y tras su embarazo, echó al hombre de su vida, pero no le reclamó una paternidad no deseada, pero si mucho dinero como pensión de alimentos.

¿Podría ser delito?

Por tanto: ¿Se podría acusar a una mujer que engaña a su pareja hombre a tener una relación sexual con la creencia que ella no se va a quedar embarazada, es posible delito de abuso sexual?

Yo entiendo que sí.

El Código Penal español dice que es abuso sexual: “El/la que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses”.

Según la Real Academia de la Lengua Española, indemnidad es el «Estado o situación de quien está libre de daño o perjuicio».  Perjuicio es el hecho de tener que aceptar en contra de su voluntad a un hijo, no deseado.

Por ende, creo que sería plausible denunciar a una mujer que se queda embarazada sin el consentimiento del hombre con el que ha mantenido relaciones sexuales libres, pero bajo engaño.

Pero es más, creo que existen dos delitos conexos en este caso: Para poder quedarse embarazada la mujer debe haber engañado al hombre. Y eso es delito.

El Código Penal es muy claro cuando dice que: “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”.

Los hombres somos dueños de nuestro cuerpo y de nuestro ADN

Porque al igual que las mujeres, los hombres tenemos derecho a nuestro cuerpo y somos dueños de un ADN irreproducible y único.

Nadie tiene derecho a apropiarse de nuestro ADN, mediante engaño y,menos aún, a trasmitirlo a terceras personas (embrión) sin nuestro consentimiento.

Porque, al igual que las mujeres, los hombres somos dueños de nuestros cuerpos.

Por eso animo a todos aquellos, que son obligados contra su voluntad a ser padres sin querer serlo, a que tomen medidas contra estas mujeres que se apropian indebidamente del ADN de los hombres, con fines egoístas y, muchas de ellas, incluso con ánimo de lucro.

Las mujeres, en cuanto libres y dueñas de su cuerpo, tienen a su disposición los bancos de semen si desean ser madres solas.

Tienen además una Ley para ellas, como es la de Reproducción Asistida.

Los hombres, por el momento, no tenemos la ley de gestación subrogada.

Por lo que creo que usar el método del engaño a su pareja es delito.

Terminar diciendo que es comprensible que las mujeres hayan logrado el reconocimiento de esto mismo en las leyes.

Los hombres debemos tomar cartas en el asunto y exigir ser tratados como víctimas de estos execrables delitos de agresión sexual.

Ser tratados de igual forma, simplemente.

Somos libres y dueños de nuestro cuerpo y con él, hacemos lo que queremos.

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