La Unión Europea limita los CFDs y prohíbe las opciones binarias
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA según sus siglas en inglés) tiene su sede en París.

La Unión Europea limita los CFDs y prohíbe las opciones binarias

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03/7/2018 06:15
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Actualizado: 17/10/2018 14:14
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Desde ayer lunes, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA según sus siglas en inglés) ha prohibido las opciones binarias y ha limitado los CFDs en todo el espacio europeo.

Las medidas se publicaron el domingo en el Diario Oficial de la Union Europea. Hace 24 horas entraron en vigor en lo referido a las binarias. Para las CFDs será a partir del próximo 1 de agosto.

Las opciones binarias consisten en predecir el valor futuro de un activo en un determinado tiempo, este tiempo oscila de 1 a 60 minutos, aunque en ocasiones es posible ampliarlo.

Una vez transcurrido el tiempo, si se acertó con el pronóstico se podrá ganar hasta un 90% de rentabilidad. Si el pronóstico es erróneo la pérdida de la inversión será total. Se les llama opciones binarias porque solo hay dos resultados posibles.

Los CFDs, o contratos por diferencia, por el contrario, permiten obtener beneficios con los movimientos en el precio de los valores sin tener en propiedad el activo (acciones, bonos, índice bursátil o de activos financieros).

Las dos partes, proveedor y cliente, acuerdan intercambiarse a vencimiento del contrato la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de determinado activo financiero. Permiten operar con menos capital del que necesitarías para operar con los mismos activos en bolsa.

Para el despacho especializado en derecho bancario, financiero y europeo, Navas & Cusí, es un acierto el que que la Unión Europea se haya decidido a limitar los CFDs.

“En diciembre de 2016 nuestro despacho ya presentó una petición a la CNMV pidiendo la limitación de la comercialización de los CFDs a los minoristas. Hemos tardado en ser escuchados, pero finalmente la regulación limitativa ha llegado”, señala orgulloso Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho.

Enorme dispersión de políticas dentro de la UE

La decisión de la ESMA, a quien la MiFID II otorga capacidad limitatoria e incluso prohibitiva.

La ESMA se ha estrenado con los CFDs y nos parece muy bien porque hasta la fecha había una enorme dispersión de políticas dentro de la UE”, señala Navas.

Bélgica, por ejemplo, había prohibido la comercialización entre particulares y Francia y Holanda prohibieron su publicidad.

Gran Bretaña obligaba a advertir del riesgo y publicitar los ratios de pérdida. Además, había limitado el apalancamiento a 25:1 para clientes con menos de 12 meses de experiencia y a 50:1 en general. Por último, también habían prohibido los bonos de bienvenida. “Uno invertía 1000 libras y la gestora le ‘regalaba’ 5.000. Lo del regalo es una manera de hablar porque en el 82% de los casos el cliente minorista perdía”, explica Navas.

Francia también estaba preocupada.

En 2015 el regulador francés AMF había denunciado el incremento de quejas por los CFDs.

Se pasó de 64 quejas en el 2011 a 1.656 en el 2015. En el 89% de los casos de clientes minoristas hubo pérdidas. Y además muy abultadas: para una inversión media de 1.843 € la pérdida podía ascender a 10.887 €.

“El apalancamiento permite apostar por más de lo que inviertes; por eso puedes perder mucho más de lo aportado”, explica Navas.

La situación en España no era mejor. La CNMV estudió a 8.000 clientes que suponían el 85% del mercado; en el 75% de los casos hubo pérdidas. “A pesar de la contundencia de la realidad, hasta ahora la CNMV se había limitado a advertir que los CFDs sólo eran adecuados para clientes con amplia experiencia en mercados volátiles; ahora, gracias a la Unión Europea, tendremos una regulación mucho más estricta, que es lo que el mercado estaba reclamando”, señala el socio-director de navascusi.com.

En concreto, la nueva regulación de la ESMA prohíbe las operaciones binarias en todo el espacio europeo desde ayer.

Y desde el 2 de agosto limita las operaciones en CFDs similares a las ya establecidas en el Reino Unido.

Se limita el apalancamiento, se prohíbe perder más de lo invertido, se prohíben los bonos de bienvenida y se obliga a informar del riesgo de la operación de manera clara y transparente.

“Una buena noticia que llevábamos meses reclamando en defensa del interés del minoritario”, señala Navas.

En principio la regulación europea tendrá una duración de 3 meses, aunque se puede prorrogar indefinidamente en función del resultado.

“Estamos seguros de que las autoridades valorarán positivamente estas limitaciones porque no era aceptable un mercado en donde de manera sistemática los clientes minoritarios perdieran mucho más de lo que habían invertido”, concluye el socio-director.

Limites al apalancamiento

  • 30:1. Para las divisas más estables: dólar estadounidense, euro, yen, libra esterlina, dólar canadiense y franco suizo.
  • 20:1 Para el resto de divisas, el oro y los índices más reconocidos: FTSE100, CAC40, Dax30, Dow Jones, SP500, Nasdaq, Nasdaq100, Nikkei, ASX200 y EURO Stoxx50.
  • 10:1 Para la plata, el petróleo, el gas y otros índices bursátiles, entre ellos el Ibex 35.
  • 5:1 Para los valores bursátiles individualizados.
  • 2:1 Para las criptomonedas: bitcoin, ethereum, dash, ripple, litecóin.
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