Habrá reforma del Código Penal para tipificar las relaciones sexuales sin consentimiento expreso

Habrá reforma del Código Penal para tipificar las relaciones sexuales sin consentimiento expreso

Se acaba de reformar en Suecia
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10/7/2018 17:56
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Actualizado: 10/7/2018 17:56
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Como una de las consecuencias de la Sentencia de ‘la manada’, el Gobierno ha puesto en marcha la revisión del Código Penal para introducir el consentimiento expreso en los delitos sexuales, según ha anunciado esta mañana la vicepresidenta y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo.

«Si una mujer no dice sí expresamente, todo lo demás es no», ha recalcado, al tiempo que ha explicado que este es el modelo que acaba de introducirse en Suecia y en el que está trabajando Alemania.

A su juicio, la vinculación de los delitos de carácter sexual a la falta de consentimiento expreso es una manera de «blindarlos».

«O es sí o es no, y que no haya interpretación posible», ha añadido.

Para la ministra, si se relacionan estos conceptos se logrará «preservar» el respeto a las mujeres y a su sexualidad.

Además de mejorar la formación de los jueces desde un enfoque de género, Calvo cree que la Justicia «se tiene que alejar de la mirada sexista» así como del «patriarcado» a la hora de interpretar las normas.

«Necesitamos hacer una revisión que permita asegurar mejor, en términos de garantías, los tipos penales que no pongan en riesgo a través de la interpretación delitos tan graves contra las mujeres» ha defendido.

Probar que no hubo consentimiento

Esta parece la principal dificultad de la reforma planteada por el Ejecutivo ya que, llegados a los tribunales, habrá que evaluar si el consentimiento se expresó con palabras, hechos o de otro modo.

En muchos casos será la palabra de la víctima contra la del acusado.

Para el abogado penalista y socio de Chávarri Abogados, José Antonio Tuero, con esta reforma «se pretende eliminar de estos tipos penales la interpretación por parte de los jueces y, en realidad, la pregunta que deberíamos hacernos es si realmente no queremos que exista esa interpretación judicial y que los elementos del delito sean puramente objetivos obviando por completo los subjetivos«.

Para Tuero, esta valoración que se pretende ahora apartar de los jueces, «volverá a recaer en los propios tribunales cuando haya que probar que no hubo consentimiento, teniendo en cuenta la propia dificultad de prueba que tiene este tipo de delitos y ver si concurre o no ese consentimiento expreso».

Por eso, en su opinión, «el punto en el que nos encontraremos al final es en el que nos encontramos ahora, precisamente por la dificultad de prueba».

Un sí expreso

Reino Unido, Bélgica, Chipre, Luxemburgo y recientemente Suecia tienen en su Código Penal definiciones para la violación basadas en el consentimiento.

Alemania lo prepara también.

La última reforma en entrar en vigor ha sido la sueca, que incorpora la figura de la violación negligente si las circunstancias del encuentro sexual “eran tales que el autor debió haber entendido que no había consentimiento” y aun así no cesó, o si el agresor no se preocupó por saber si la otra persona estaba participando de forma activa o entusiasta y simplemente se estaba dejando.

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