Telepizza, el primero: la CNMV hace públicos los expedientes sancionadores a empresas
Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Telepizza, el primero: la CNMV hace públicos los expedientes sancionadores a empresas

A partir de ahora, este regulador, como ya lo hace la CNMC dará publicidad este tipo de procedimientos para dar más seguridad a los inversores
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06/10/2018 06:15
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Actualizado: 05/4/2022 12:02
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Por vez primera en la historia del regulador, y tras la reforma que logró aprobar su actual presidente Sebastian Albella, de la actual Ley de Mercados de Valores, la Comisión Nacional de Mercados de Valores (CNMV) ha hecho público el expediente sancionador a una empresa, en este caso se trata de un asunto de Telepizza.

En esta ocasión, la CNNV habla de la posible comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.7 de la Ley del Mercado de Valores (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre), que se refiere al suministro a la CNMV de información relevante con datos inexactos o no veraces, engañosa o que omite aspectos o datos relevantes.

El asunto tiene que ver con la información inexacta sobre la dimisión de su consejero Marcos de Quinto, hecho relevante publicado por la citada compañía el 18 de mayo de 2018, en el que se informó al mercado sobre su dimisión como uno de sus consejeros independientes y los motivos que, en ese caso, se dijo que fueron personales.

En aquel momento, Telepizza anunciaba una alianza con Pizza Hut, división de Yum! Brands, para acelerar el crecimiento de ambos grupos en América Latina, Caribe, España, Andorra, Portugal y Suiza, por el cual la cadena española pasaba a supervisar 1.000 franquicias de Pizza Hut en dichos mercados.

El acuerdo incluía el traspaso de la marca Telepizza a una ‘joint venture’ sobre la que Yum! puede ejercer el derecho de compra en tres años, aunque Telepizza podría continuar explotando la marca.

Una alianza que al propio De Quinto, en declaraciones a varios medios de comunicación, le pareció desequilibrada entre las partes.

La comunicación que realiza ahora la CNMV sobre dicho expediente se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 313 quinquies de la Ley del Mercado de Valores, y no prejuzga el resultado final del expediente sancionador, en el que el expedientado cuenta con todos los medios que el ordenamiento jurídico le confiere para la defensa de sus derechos.

La publicación de esta noticia es un hito en los 30 años de historia de la CNMV, un intento de mejorar la transparencia en la actividad de este regulador.

Una de las cuestiones que más molestaban a expertos del sector financiero es que las investigaciones de este regulador no fueran públicas. Ahora con la última reforma de la Ley del Mercado de Valores ya lo son. Telepizza es el primer caso del que la opinión pública tendrá noticias.

Hasta ahora, la CNMV solo daba a conocer los expedientes cerrados y aprobados por su consejo. Incluso, en algunos casos, no se podían hacer públicos hasta la resolución de los recursos de alzada, lo que retrasaba más de un año la publicación.

Habitualmente la CNMV realiza varias investigaciones y envía requerimientos para obtener más información sobre determinados asuntos de las empresas que cotizan en la Bolsa española. Si bien es cierto que, en caso de que la investigación dirima que ha habido ‘mala praxis’ y, por tanto, ponga una multa a la compañía, la institución que preside Sebastián Albella hace pública la sanción.

Mas transparencia en los mercados

El presidente de la institución ya había manifestado en algunas declaraciones públicas la posibilidad de hacer pública la incoación de los expedientes sancionadores.

El objetivo de la CNMV es que los inversores estén mejor informados, más formados y tengan un mayor grado de protección tal y como ha dicho alguna vez el propio Albella.

Sigue los pasos del CNMC que ya realiza la publicidad de estos procesos.

La Ley del Mercado de Valores establece que la comisión de infracciones muy graves supondría para el infractor “una o más de las siguientes sanciones”: una multa de distinta cuantía que podría variar entre los 600.000 euros, el 5% de los recursos propios de la entidad infractora o el 5% de los fondos totales, propios o ajenos utilizados en la infracción”, así como una serie de posibles suspensiones que podrían afectar a la propia compañía o a sus administradores.

En cualquier caso, la CNMV matiza que la apertura del expediente “no prejuzga el resultado final del expediente sancionador, en el que el expedientado cuenta con todos los medios que el ordenamiento jurídico le confiere para la defensa de sus derechos”.

Para Jordi Ruiz de Villa, abogado experto en derecho financiero y socio de Fieldfisher Jausas, «es una buena noticia para los inversores esta noticia que apela a la transparencia de los mercados financieros. Creo que este tipo de investigaciones si salieran a la luz dentro de dos años no tendrían mucho sentido”.

Para este jurista, la incoación del expediente no prejuzga una situación de irregularidad ,“hay una primera valoración de que algo bien no se ha hecho”. Y recuerda que la función de la CNMV es abogar por la transparencia en estos mercados.

Respecto al procedimiento sancionador “es relativamente largo según estándares europeos pero está en la media de otros procesos en el mercado español similares”.

Ruiz de Villa explica que “nuestras leyes son muy garantistas y tampoco tenemos los medios y unos cuerpos inspectores necesarios para realizar las investigaciones con más celeridad”.  Y recuerda como el asunto de Rodrigo Rato a nivel penal con las tarjetas black ha durado cuatro años.

En otros reguladores como la CNMC,  la situación según indica este experto es parecida, aunque se agrava más porque “cada vez hay mas oligopolios y concentraciones de empresas. Por ejemplo, en el asunto de las gasolineras se descubrió que estas empresas tenían algoritmos para cambiar los precios de forma casi inmediata. Eso requiere tener unos medios similares para contrarrestar dicha actividad”, indica este jurista.

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