La Audiencia de Madrid declara prescrito un presunto crimen de torturas imputado a 'Billy el Niño'

La Audiencia de Madrid declara prescrito un presunto crimen de torturas imputado a ‘Billy el Niño’

EL CASO DENUNCIADO POR Felisa Echegoyen Castanedo SE REMONTA A 1974

17 / 10 / 2018 15:44

Actualizado el 17 / 10 / 2018 15:46

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La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado prescrito el presunto crimen de tortura imputado al policía jubilado Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, por Felisa Echegoyen Castanedo.

En una sentencia, fechada el 1 de octubre, la Sección 30 de la Sala de lo Penal desestima el recurso de apelación interpuesto por Echegoyen Castanedo contra un auto dictado el pasado febrero por el Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid.

Hace tres años, la Audiencia Nacional (AN) también declaró prescritos los presuntos 13 delitos de torturas por los que la juez María Servini que instruye la querella argentina por crímenes del franquismo reclamaba la extradición a Argentina de Billy el Niño, y que fue rechazada por la Audiencia.

Además, la AN destacó que no podían ser calificados de lesa humanidad al no formar parte de un «ataque sistemático y organizado a un grupo de población».

Recientemente, el policía retirado, de 72 años, ha saltado también a primera plana por haber sido invitado a un acto del Día de la Policía en la comisaría de Ciudad Lineal, en Madrid. 

El pasado 10 de octubre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aseguró que todo el Ejecutivo se siente «avergonzado» por la presencia de éste en un acto oficial de la Policía, y afirmó que va a intentar que el responsable de invitarle, el comisario de ese distrito madrileño reciba una sanción «lo más ejemplar posible».

El comisario es José Manuel Mariscal de Gante, hermano de la ministra de Justicia en el primer Gobierno de Aznar, Margarita Mariscal.

El presidente se pronunció así en la sesión de control al Gobierno en el Congreso, tras ser preguntado por este asunto por el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, quien, además, aprovechó su intervención para reclamarle que «acelere» los tramites para retirar de una vez las condecoraciones, medallas y privilegios a González Pacheco.

Sánchez le respondió que Interior «está trabajando de manera intensa para poder realizar esos cambios de la manera más pronta posible y con la máxima seguridad jurídica».

ECHEGOYEN PRESENTÓ LA QUERELLA EN 2017 POR UNOS HECHOS SUPUESTAMENTE OCURRIDOS EN 1974

Fue en noviembre de 2017 cuando Echegoyen, miembro de la asociación La Comuna, presentó esta querella contra Billy el Niño por un presunto delito de torturas en concurso con otro de lesa humanidad supuestamente ocurrido durante varios interrogatorios tras ser detenida en 1974 por su participación en una asamblea de trabajadores como miembro de la Liga Comunista Revolucionaria.

Según la querella, la entonces Dirección General de Seguridad le impuso una sanción de 200.000 pesetas «al observar una peligrosa conducta de agitadora política» en ella, que representaba «una amenaza notoria y concreta para la convivencia social y la paz pública». Echegoyen pasó dos meses en prisión porque no podía pagarla.

La Audiencia de Madrid considera que los hechos estarían «claramente prescritos» en relación al delito de torturas, como señaló la Audiencia Nacional cuando rechazó la extradición a Argentina de Billy el Niño.

El recurso de Echegoyen se basó en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la jurisdicción ex artículo 24 CE, al no haberse practicado «diligencia de investigación alguna ni motivado las razones concretas en que basa la decisión de declarar extinguida la responsabilidad criminal».

El tribunal destaca que el análisis del caso que lleva a concluir en la falta de perseguibilidad del delito de lesa humanidad en concurso con el delito de torturas denunciados (1974), por estricta aplicación del principio de legalidad penal».

Así lo determina «al ser los hechos anteriores a la ratificación por España de los Tratados Internacionales que obligaban a la persecución de tales delitos como crimen de Derecho Internacional de carácter imprescriptible, y por haberse dictado con posterioridad la
Ley de Amnistía en 1977«.

Respecto a la denuncia de malos tratos físicos y psicológicos, los magistrados señalan que «no puede entenderse cumplido con la referencia genérica a la política de persecución a los disidentes políticos del régimen dictatorial de Francisco Franco, y ello aunque se aporte un Informe Pericial».

De dicho dice que «no deja de ser un estudio doctrinal sobre el tema elaborado por Catedráticos de Historia, insuficiente para sostener el mencionado tipo penal, por falta de concreción de las otras supuestas víctimas y los actos de torturas cometidos contra ellas».

«Y además, no puede olvidarse el elemento político, y es que el ataque debe constituir una actuación en cumplimiento de una política de un Estado o de una organización, para estimar lo cual no basta tampoco aludir al estudio doctrinal aportado», añade.

Insiste en que es necesario que «se acredite indiciariamente la existencia de una política estatal dirigida a usar la tortura como medio de represión, para lo cual no basta su afirmación, sin acreditación de la existencia de múltiples actos de tortura cometida por funcionarios públicos o miembros del régimen, de donde poder deducir que era una manera generalizada».

«No resultando imputaciones contra otras personas distintas del querellado que hagan suponer que era la política de persecución impuesta, no cabría, en definitiva, continuar la investigación de tales hechos, porque no se deduce de forma justificada su comisión.

EN JULIO PRESENTARON OTRAS DOS QUERELLAS TAMBIÉN POR PRESUNTAS TORTURAS EN LA DÉCADA DE LOS 70

El pasado julio, Julio Gomáriz Acuña y Adolfo Rodríguez Gil, que se presentan como víctimas de ‘Billy el Niño’, también se querellaron contra este policía jubilado por presuntas torturas en los años 70 cometidas supuestamente tanto por Antonio González Pacheco como por otros agentes.

Julio Gomáriz Acuña y Adolfo Rodríguez Gil, el pasado 13 de julio, la puerta de los juzgados./ EP

Según explicaron, con estos procedimientos quieren «justicia» y pretenden que se deje de aplicar la Ley de Amnistía en España de 1977, que exime de responsabilidad a los denunciados.

Además, los querellantes, respaldados por la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CeAQUA), también pretenden que los jueces dicten resoluciones en estos casos «acordes con los estándares internacionales» exigidos en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Penal Internacional.

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