Carmena rechaza la urgencia social de la abogacía en la atención al detenido
Imagen de una de las reuniones mantenidas entre Ayuntamiento de Carmena y la Junta de Gobierno de Alonso. ICAM.

Carmena rechaza la urgencia social de la abogacía en la atención al detenido

Desde el ICAM advierten que las demoras, por las restricciones de tráfico, que se produzcan en ese servicio pueden poner en peligro derechos de los justiciables
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25/10/2018 06:15
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Actualizado: 25/10/2018 00:45
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Desde el pasado 8 de octubre existe un nuevo protocolo por alta contaminación en Madrid. Pese a las alegaciones presentadas por la Junta del Gobierno del Colegio de Abogados madrileño (ICAM) a mediados de junio, la propia corporación municipal señala que cuando se superen los niveles de aviso y preaviso, los abogados inmersos en Guardias de asistencia al detenido, violencia de género y trata de seres humanos tendrán restricciones de tráfico.

Esto supone que se les da igual trato que a la mayor parte de los vehículos en toda la ciudad.

En un escrito enviado por la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid responden a la petición del ICAM de que este colectivo de abogados en el ejercicio de sus funciones puedan ser excluidos de esa restricción. El fallo señala que pueden hacer ese servicio porque la prohibición es solo para vehículos sin etiqueta diesel con 12 años de antigüedad y 16 para vehículos con gasolina.

En los episodios de alerta, con el umbral máximo de contaminación, solo podrán aparcar en el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) los vehículos con el distintivo CERO emisiones de la Dirección General de Tráfico (DGT). Serán  las nuevas etiquetas ambientales de la propia DGT las que ya determinan qué vehículos podrán circular y estacionar y no si su número de matrícula es par o impar.

Fuentes del ICAM muestran su pesimismo a que el Ayuntamiento de Manuela Carmena vaya a cambiar de opinión sobre esta cuestión.  Solo vehículos de emergencia, médicos privados o compañías de salud que desplazan a sus profesionales podrían entrar en las excepciones.

Las diferentes reuniones mantenidas entre la entidad colegial y el propio consistorio han demostrado que los puntos de vista son opuestos.

Este contratiempo puede complicar el trabajo del abogado cuando se desplaza para atender al detenido que es donde hay un motivo de urgencia en cualquier Comisaría, como pueda ser en la Almendra Central de la capital, con restricciones operativas desde el próximo 30 de noviembre.

Desde el ICAM muestran malestar porque no se plantea ninguna solución al tema. Solo que «el abogado se busque la vida con el transporte público» pese a que una gran parte de las asistencias son de madrugada.

El consistorio madrileño no advierte que el abogado tiene una obligación de asistir inmediatamente a la detención. La ley marca un plazo pero en las grandes capitales el retraso solo tiene justificación por algo extraordinario. Esos retrasos suponen vulnerar los derechos de facto del justiciable.

En este tipo de situaciones que surjan, el abogado deberá acreditar ante el Servicio de Asistencia al Detenido -24 horas operativo- la incidencia. De esa forma evitará cualquier sanción si bien que no esté el letrado en ese momento en que el detenido tenga que declarar es algo contraproducente para sus derechos.

Un servicio público ahora con trabas para ejercerlo

Es bastante posible que vengan quejas de las propias comisarías si el abogado tarda mucho en llegar a esa asistencia al detenido, en especial en los cambios de turno policial donde el nuevo equipo estará pendiente que el letrado llegue cuanto antes.

Realmente de lo que se trata es de un servicio público que los Colegios de Abogados prestan por delegación del Estado y de la Comunidad de Madrid y lo que no tiene sentido es que otra administración, como es la municipal ponga trabas a dar este servicio conforme a derecho.

Precisamente desde el ICAM se insiste en este concepto de servicio público para pedir que fueran excluidos de las restricciones de tráfico y se reprocha la falta de sensibilidad del Ayuntamiento para con estos abogados. «No es un tema general, de avalancha masiva, por lo que no perjudicaría el bien jurídico a proteger que es la contaminación de la Almendra Central».

La nueva situación

Respecto a los vehículos que podrán estacionar hay que señalar aquellos que son de residentes, los de personas con movilidad reducida, los autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación ambiental CERO, ECO y C, y los B hasta el 31 de diciembre de 2020. Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente, podrán seguir usando el SER, entre otras excepciones.

En cuanto a quienes podrán seguir circulando, hay que hablar del transporte público colectivo, los servicios de emergencias, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público previa autorización, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano.

Junto a ellos, los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg. hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg. hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.

Durante el periodo de información pública del protocolo, el Ayuntamiento recibió un total 71 alegaciones, y estimó total o parcialmente el 44% de ellas entre las que no están las del ICAM.

Casi todas han sido técnicas.

Asimismo, se ha incorporado la ampliación a 31 de diciembre de 2020 para que los profesionales que tengan coche de categoría ambiental B puedan circular.

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