ASUFIN denuncia ante la CNMC posibles prácticas colusorias de las entidades financieras
Realiza una serie de advertencias a los consumidores para que puedan "evitar los engaños".

ASUFIN denuncia ante la CNMC posibles prácticas colusorias de las entidades financieras

En relación a la repercusión directa o indirecta del pago del IAJD en los clientes
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13/11/2018 06:15
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Actualizado: 12/11/2018 19:28
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Ante el anuncio de las entidades financieras de que repercutirán el IAJD en los clientes, la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) entiende que se está vulnerando la Ley de Defensa de la Competencia.

En consecuencia, según comunicaron este lunes, han presentado una denuncia ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNMC) para que tome las medidas oportunas que impidan una práctica colusoria por parte de las entidades financieras, en relación a la repercusión directa o indirecta del pago del IAJD en los clientes.

Piden también que sancione a aquellas entidades que se demuestre que han modificado su oferta en vulneración de la normativa de la Defensa de la Competencia.

Desde ASUFIN, su presidenta Patricia Suárez, ve «improbable» que las entidades financieras impongan el pago del IAJD de manera directa, mediante una cláusula en la escritura de préstamo, pero advierte a los consumidores que «estén atentos en las próximas semanas y denuncien cualquier intento por parte de las entidades de obligarles a pagar el IAJD de manera directa o indirecta».

El pasado viernes 9 de noviembre se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 17/2018 que entró en vigor el sábado 10 mediante el cual, el Gobierno impone el pago del IAJD a la banca. Asimismo, el Ejecutivo anunció que vigilará que las entidades no repercutan el impuesto al cliente.

Sin embargo, el RDL no prevé norma sancionadora específica ninguna.

Por su parte, las entidades financieras han declarado que repercutirán este coste a los clientes mediante el incremento del diferencial, la comisión de estudio, comisiones de apertura o con productos vinculados.

Este anuncio coordinado puede constituir, según ASUFIN, «una práctica abusiva y, sin ninguna duda, un indicio de práctica colusoria prohibido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia».

Suárez señala que “una vez más los consumidores tenemos que tomar la iniciativa para que las entidades financieras cumplan con las mismas normas que el resto de los actores del mercado”.

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