Manuel Marchena: «La responsabilidad penal de la persona jurídica ha venido para quedarse»
El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, durante su intervención.

Manuel Marchena: «La responsabilidad penal de la persona jurídica ha venido para quedarse»

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27/1/2019 02:15
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Actualizado: 27/1/2019 04:06
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El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, le tiene muy claro: «La responsabilidad penal de la persona jurídica ha venido para quedarse».

Así lo afirmó durante su intervención en el IV Encuentro Anual celebrado por la Asociación de Profesionales de Cumplimiento Normativo los pasados 24 y 25 de enero, en el que intervino.

“La clave para la exoneración de dicha responsabilidad reside en tener un plan de cumplimiento normativo que no se limite a seguir un comportamiento en línea con la ética empresarial sino que vaya más allá», añadió.

Marchena explicó a los asistentes las sentencias más destacadas que la Sala que el preside había dictado en estos años.

Recordó el impacto que tuvo en su momento la responsabilidad penal de las personas jurídicas en un debate, ahora ya agotado, pero que en su momento generó partidarios acérrimos como grandes detractores.

“Que la persona jurídica cometiera delitos rompiendo el aserto latino ‘Societas delinquere non potes  [la sociedad no puede delinquir], fue todo un hito en su momento», explicó.

Y recordó que la responsabilidad penal de las personas jurídicas “es una entelequia del jurídico pero está en el BOE y sirve para el enjuiciamiento de delitos penales graves”.

En las sentencias mencionada, relató Marchena, la jurisprudencia “ha ido evolucionando. En la primera sentencia de la que fui ponente 514/2015 se hablaba de la responsabilidad vicarial que luego descartamos. Es decir no hay relación directa entre el delito del consejero delegado y el que pueda cometer la empresa. No hay derivación de delitos. Así lo dejamos claro en la  Sentencia de 29 de febrero de 2016 de la que fue ponente José Manuel Maza”.

A partir de ese fallo se indica que contar con un programa de «Compliance» eficaz puede evitar que la persona jurídica sea condenada.

EL TRABAJADOR HA PERDIDO TODA EXPECTATIVA DE PRIVACIDAD

Por su parte, Antonio del Moral, compañero de Marchena en la Sala de lo Penal, impartió  la conferencia de clausura, que centró centrada en las investigaciones internas empresariales y sus posibles injerencias en los derechos fundamentales de los empleados.

Desde su punto de vista, “el trabajador ha perdido toda expectativa de privacidad a pesar de que tiene derecho a la protección de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por su empleador”.

Sobre las pruebas ilícitas, Del Moral puso el dedo en la llaga.

“Las pruebas ilícitas se han convertido en un dogma en el que nos hemos olvidado de lo que hay detrás: debe existir el respeto a los derechos fundamentales”, dijo.

Y recordó como en algunas sentencias  se señala que “No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales”. 

A su juicio, «La finalidad disuasoria y preventiva es una de las razones por la que se busca obtener pruebas, aunque sean ilícitas, en casos de extrema gravedad»

EL PAPEL DE LOS PROFESIONALES DEL CUMPLIMIENTO NORMATIVO

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, también intervino en el evento.

Durante su intervención,explicó el cambio importante en nuestro ordenamiento, especialmente con la reforma del Código Penal del 2015 que situó al «Compliance» y a la responsabilidad de las personas jurídicas como elementos claves de la prevención de delitos.

“Los profesionales de cumplimiento normativo contribuyen a la promoción del buen gobierno empresarial, participando así en la mejora de la calidad democrática y la buena marcha de la economía”, afirmó.

En su opinión es fundamental que cada empresa cuente con un protocolo que ayude a la prevención de delitos y que entronque con el programa de «Compliance» que en muchos casos, siguiendo la jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, ayudan a exonerar a la empresa de cualquier delito en el caso que tuviera ese programa aplicado eficazmente.

“Ahora los delitos que más preocupan son los de corrupción, estafa y delitos medioambientales”, señaló.

OBJETIVO DEL «COMPLIANCE»: ASEGURAR LA EXACTITUD Y ACTUALIZACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES

La directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Mar España, también tuvo su espacio en este acontecimiento.

España destacó, en su ponencia, que “uno de los objetivos principales del ‘Compliance’ es asegurar la exactitud y actualización de los datos personales”. 

Resumió  el espíritu y los principales contenidos y novedades de la reciente Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.  (LOPD GDD).

Además, en referencia al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD),  cuya entrada en vigor se produjo el pasado mes de mayo, reveló que provocó no pocos dolores de cabeza a los profesionales del cumplimiento y los abogados abogados. 

La directora de la AEPD indicó que lo que se había producido con la implementación del cumplimiento normativo es un cambio cultural importante, al ser un modelo de privacidad muy proactivo al que las empresas deben adaptarse y demostrar en cualquier momento que cumplen con la nueva normativa derivada del RGPD y que la normativa española de protección de datos, en vigor desde el pasado 7 de diciembre pretende aclarar en aquellos aspectos que la norma comunitaria no esté definida.

DOS GRANDES BLOQUES TEMÁTICOS

Este IV Encuentro se desarrolló en grandes bloques temáticos en los que se analizaron algunas de las materias más importantes en el ámbito, como la Norma UNE 19602 y el cumplimiento fiscal; los nuevos mercados y la regulación de las tecnologías emergentes; el valor del cumplimiento normativo para el negocio y la reputación de las empresas; la incidencia del «Compliance» en el Tercer Sector y en el ámbito de lo público, la prevención y persecución de la corrupción internacional o la realidad del canal de denuncias.

“El Encuentro anual de Cumplen es ya un evento de referencia para los profesionales del Compliance en España. Aunque hemos recorrido mucho camino en estos años, tenemos que seguir dando pasos hacia la profesionalización del oficial de cumplimiento”, señaló Carlos Sáiz Peña, presidente de Cumplen. 

Durante la celebración del IV Encuentro Cumplen más de cuarenta expertos en la materia, además de los ya nombrados, compartieron y debatieron con los asistentes sobre cumplimiento normativo: entre otros, representantes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Fiscalía General del Estado y el Colegio de Abogados de Madrid, así como profesionales del Derecho y RSC y Compliance Officers de grandes entidades, como Bankia, BBVA, Bergé y Cía, Calidad Pascual, Cepsa, Cruz Roja Española, Ferrovial, GLS, J. García Carrión, Masmóvil, Naturgy, Prosegur, Repsol o Telefónica.

 

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