«Blockchain»: ¿El futuro que viene?; reguladores y juristas analizan su futura regulación
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«Blockchain»: ¿El futuro que viene?; reguladores y juristas analizan su futura regulación

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19/2/2019 06:15
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Actualizado: 18/2/2019 18:09
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Entender el «blockchain» (cadena de bloques) y saber utilizar su indudable valor añadido en materia de seguridad y agilidad en operaciones complejas es una de las actividades que reguladores y juristas se encuentran enfrascados a corto y medio plazo.

Igual que la «world wide web», definidora de internet cambio el panorama tecnológico, una regulación adecuada del «blockchain» puede servir para dar otra visión tanto al sector público, al entorno ciudadano y al económico.

Ahora los abogados se aproximan al «blockchain» porque sus clientes ya lo utilizan.

Pablo García Mexía es jurista digital y «of counsel» de Ashurst.

Acaba de presentar un libro que aborda esta cuestión “Criptoderecho, la regulación del blockchain”, recopilación de artículos de juristas vinculados a la tecnología, en un acto organizado en este despacho internacional apadrinado por los exministros Josep Piqué y Tomás de la Cuadra Salcedo.

“La presencia del ‘blockchain’ ya es una realidad tanto en el sector público, la industria, lo que hace que a muchos juristas les interese y pueda ser otro nicho de trabajo a nivel de asesoramiento legal”, cuenta.

Reconoce que le llamó mucho la atención como una de las tecnologías más disruptivas del momento.

“Hay que recordar que la OCDE ha destacado cuatro: una Internet de las cosas, otra «big data», una tercera la inteligencia artificial y la tercera el blockchain”, relata.

A partir de ahí “si queremos entenderlo de forma sencilla hay que verlo como un protocolo de aplicaciones que corre por Internet. Se compagina con la red. Lo necesita para funcionar. La propia ‘world wide web’ o el correo de actuación son también protocolos similares”.

Para García Mexía “se espera del blockchain que sea una tecnología disruptiva clave para los próximos veinte años que nos esperan. Con que fuera la mitad de importante del citado ‘world wide web’, ya sería enormemente importante”.

Su uso puede ser muy variable “en el sector público puede tener uso electoral a nivel de votaciones, registros públicos de cualquier índole, porque cualquier cosa de valor puede registrarse hasta usos educativos, como certificados de estudios o usos de salud, a efectos de definir un medicamento desde su origen para evitar falsificaciones o adulteraciones”.

De izda a derecha, María José Menéndez, CEO de Ashurst en España, los exministros Josep Piqué y Tomás de la Cuadra Salcedo y el propio Pablo García Mexía.

Dos sectores, el financiero y el comercial

Sobre el campo de la industria, este experto lo sitúa en dos horizontes “uno financiero y otro comercial. El financiero tendría dos tipos, las propias criptodivisas que son un mundo y el uso financiero puro: para conciliar pagos, realizar transferencias internacionales, en sus procesos internos para garantizar la autenticidad y agilidad a la vez. Ya no necesitas que haya una unidad que valide a los demás. Todas tendrán los archivos auténticos en su poder y los pueden actualizar de forma simultánea en tiempo real”.

Y en la industria “tiene una aplicación comercial importante, por ejemplo en el Internet de las cosas, donde hay aparatos conectados con contenidos que son los que tienen que tener, por ejemplo para garantizar las redes de seguridad y que no se alteren, es el caso del comercio internacional donde ya se pone en práctica, tanto en flete como seguros. Operaciones complejas se simplifican con el uso de esta tecnología de forma ágil y fiable. ‘Blockchain’ aporta confianza total en este tipo de operaciones sin riesgo de ralentización”.

En este escenario “parece lógico que los abogados nos vayamos enterando de como entender ‘blockchain’ viendo sus aplicaciones tan diversas.  De hecho los problemas existentes con las criptodivisas ha hecho que algunos agentes económicos empresariales y regulatorios miren esta tecnología con cierto recelo pero  ya hay mucha industria y aplicaciones que se están poniendo en práctica”.

Para este jurista “ ¡el desarrollo de los ‘smarts contracts’, contratos inteligentes que son transacciones programadas que se pueden ejecutar e incluso la programación de los pagos harán que los juristas encuentren una aplicación más a corto plazo”.

Sobre la iniciativa de Cuatrecasas de ofrecer a dos ‘startups’ de su III Edición de Cuatrecasas Acelera  un monedero electrónico (‘wallet’) con 80 tokens, o vale digital, equivalente cada uno de ellos a 15 minutos del tiempo de un abogado en asesoramiento jurídico adaptable a cada uno de los proyectos lo que equivaldría a 20 horas, García Mexía señala que “éste es un ejemplo claro de que ‘blockchain’ es mucho más que Fintech y puede aplicarse a multitud de usos, en este caso legal y de negocio”.

Al mismo tiempo cree que “se ganara en  agilidad en la llevanza de asuntos jurídicos, al tiempo que se mantiene intacta la seguridad de los expedientes, clave a su vez de la confidencialidad en la relación cliente-letrado”.

A su juicio “resta  por saber si estamos ante una cadena de bloques enteramente privada o si esta blockchain empleará tecnología de alguna cadena pública, del tipo de ‘bitcoin’ o Ethereum, aun siendo Cuatrecasas quien mantiene el control”, subraya

Para este jurista digital si estuviéramos en el segundo caso “ la iniciativa sería novedosa y audaz. Si es lo primero, sería el simple uso del protocolo de Blockchain (comparable al de la ‘world wide web’ o ‘email’) a lo que en el fondo sería una intranet”.

¿Cómo regulamos el «blockchain»?

El quid de la cuestión está en el reto de regular este fenómeno “sin que las oportunidades de negocio que antes comentaba, u otras similares se frustren. Mientras haya esa incertidumbre regulatoria muchos agentes económicos no jurídicos no se lanzan a utilizar el’ blockchain’”.

A su juicio esta regulación “no se debe hacer demasiado pronto lo que ahogaría a la innovación y a la industria o, por supuesto, de forma profunda para introducir pautas regulatorias mas amplias que impida que esta actividad evolucione. Esta incertidumbre se debería resolver por parte de las autoridades regulatorias”.

Una de las formas de regular el «blockchain» podría hacerse desde un sandbox o banco de pruebas regulatorio “se crearía un protocolo especial para esa inversión con el fin que esa actividad se desarrollase a corto plazo y a partir de uno dos años, se podría proceder a una regulación más específica que las autoridades regulatorias impusieran.  De esa forma se tendría la certeza de que esas empresas innovadoras que se acogieran al sandbox hicieran las cosas más razonables a medio plazo”.

Al mismo tiempo García Mexía señala que la UE «se ha dado cuenta de que es necesario trabajar en una armonización en materia de regulación del ‘blockchain’. Es consciente que hay una disparidad regulatoria entre los diferentes estados miembros. Obtener ‘bitcoin’ por cajero no requiere licencia en algunos países, en otros te requiere otra similar a lo de los bancos. Son los casos de Alemania y Austria, respectivamente».

Ahora la UE mantiene una posición de cautela sobre este tema para ver cómo enfocar este tema y una futura regulación.

Hay que recordar que la UE arrancó hace un año un  grupo de expertos que configuran el llamado Observatorio y Foro de Blockchain.

La abogada Cristina Carrascosa es la única española elegida para formar parte de esta iniciativa.

Una actividad creada por la Comisión Europea con el apoyo del Parlamento, para acelerar la innovación y el desarrollo del ecosistema «blockchain» dentro de la Unión.

Este Observatorio está dividido en dos grupos de trabajo. Por un lado, uno de carácter técnico o de casos de uso práctico, y otro, en el que Carrascosa se encuentra , sobre regulación, marco legal y políticas.

En este último tratamos de analizar y estudiar los efectos transfronterizos, así como, las oportunidades y los retos derivados de la tecnología «blockchain».

Desde aquí se pretende definir políticas y las condiciones legales y regulatorias necesarias para hacer escalable y materialmente posible el desarrollo de la misma.

A nivel histórico recuerda Garcia Mexía  que “’blockchain’ es la tecnología emergente de las monedas bitcoin que empezaron a darse a conocer hace unos diez años”.  Como consejo para aquellos juristas que tengan que aproximarse a esta tecnología emergente “debe hacerse desde  la formación y lecturas especializadas como la de este último libro para perderle el miedo al ‘blockchain’”.

En su opinión,  “la llegada de los abogados al ‘blockchain’ se produce porque sus clientes hacen suya esa tecnología. Los dos grandes bancos españoles así lo han hecho en uso de procesos internos. Sector sanitario ya lidera proyectos para distribuir medicamentos o el fomento de la investigación. Hay muchas startups que la hacen suya a nivel de actividades.  Aunque no de forma masivo va ganando fuerza su uso”, explica

Además de la seguridad de las operaciones, otro de los valores añadidos del ‘blockchain’ tiene que ver con operaciones complejas comerciales.

“Hay diferentes interlocutores que están implicados en dicha operación, todo lo que suponga que los documentos de compra venta puedan ser manejados a la vez por todas las partes, y los puedan modificar en el momento que intervienen en ese proceso de tanta complejidad. Además la criptografía nos confirma lo que se está haciendo. Simplifica y agiliza  muchos los procesos con un elevado grado de seguridad”.

En esa implicación de los juristas a esta tecnología, García Mexía revela su vinculación con diferentes jurisdicciones.

«Al final esto hace que interactúe con disciplinas como el Derecho de Sociedades, el de Competencia, o el Derecho a la Privacidad como las más importantes. Hay que hacer una aproximación tecnológica, al principio y a partir de ahí ver la proyección legal de dicha tecnología», concluye.

 

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