Mas, Ortega y Rigau pagan 90.000 euros en multas por el 9N
La exconsejera Joana Ortega, el expresidente autonómico catalán y la exconsejera Irene Rigau durante el juicio en el TSJCat por esta consulta ilegal celebrada en 2014. Foto: EP

Mas, Ortega y Rigau pagan 90.000 euros en multas por el 9N

Al expresidente catalán se le impusieron 36.000 euros, a Ortega 30.000 y a Rigau 24.000
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01/3/2019 14:18
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Actualizado: 01/3/2019 14:18
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El expresidente catalán Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau ya han pagado las multas que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) les impuso en la condena por la consulta ilegal del 9N de 2014.

Mas ha abonado 36.000 euros, Ortega 30.000 y Rigau 24.000 euros.

En una diligencia de ordenación con fecha del pasado martes, el letrado de la administración de justicia de la Sala Civil y Penal del TSJCat constata que «se han hecho efectivas las multas que habían sido impuestas», e indica que las cantidades se transferirán al Tesoro Público.

El TSJCat ha confirmado esta semana que Mas estará inhabilitado hasta el 21 de febrero de 2020; Ortega hasta el 19 de octubre de 2019, y Rigau hasta el 19 de julio de 2019, en cumplimiento de su condena.

Ha rechazado la petición de las defensas de los tres exdirigentes para que se empezaran a contabilizar las condenas de inhabilitación a partir de la fecha en que fue dictada la primera sentencia (13 de marzo de 2017) y no la de casación del Tribunal Supremo (23 de enero de 2019).

Las defensas invocaron la Ley Orgánica de Régimen Electoral General que considera ineligibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública o contra instituciones del Estado, pidiendo que se actuara igual que se hace con las medidas cautelares adoptadas en un proceso penal, que se descuentan de la condena en base a los artículos 58 y 59 del Código Penal.

El TSJCat lo ha rechazó porque «no consta, ni alegan los condenados referidos, que cualquiera de ellos hubiere llegado a ser efectivamente calificado como inelegible en convocatorias electorales anunciadas durante el período de tiempo transcurrido» entre la sentencia recaída en primera instancia y la dictada en casación.

El TSJCat consideró la firmeza de la sentencia desde el pasado 23 de enero, cuando la Sala Segunda del Tribunal Supremo estimó en parte los recursos de casación interpuestos por las defensas de Ortega y Rigau y rebajó las penas de inhabilitación impuestas por el tribunal catalán.

El Alto Tribunal condenó a Mas a una inhabilitación de un año y un mes para ejercer cargos públicos en el ámbito local, autonómico estatal y a ejercer funciones de gobierno en el ámbito autonómico o estatal, por lo que estará inhabilitado hasta el 23 de febrero de 2020. Igualó su pena a la que se impuso al exconsejero Francesc Homs.

Rigau, que fue sentenciada a seis meses, no podrá ejercer hasta el próximo 23 julio y Ortega, condenada a 9 meses, hasta el 23 de octubre.

La vista de los recursos en el Supremo se celebró el pasado 7 de noviembre.

El fiscal Jaime Moreno calificó lo ocurrido el 9-N, por tratarse de una convocatoria que fue prohibida por el Tribunal Constitucional, de “desafío a la legalidad”, y recordó que Mas afirmó ante los medios de comunicación que el “responsable” de la consulta era él y su gobierno.

TAMBIÉN HAN SIDO CONDENADOS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS A PAGAR 4,9 MILLONES

Por esta consulta ilegal de 2014, Artur Mas y 9 exmiembros de su gobierno, entre ellos los exconsejeros Homs, Rigau y Ortega, también han sido condenados por el Tribunal de Cuentas a pagar 4,9 millones de euros por su responsabilidad contable en el desembolso del dinero que gastó la Generalitat de Cataluña en organizarla y celebrarla.  

El Tribunal de Cuentas los considera responsables contables, así como a Luis Bertrán Saura, Josefina Valls, Jaume Domingo Planas, Ignaci Genovés, Jordi Vilajoana y Teresa Prohias.

Deberán hacer frente al pago de forma conjunta y solidaria.

Mas se le hace responsable de los 4.946.788,16 euros y al resto se les ha imputado importes en función de su papel en el 9-N.

Este procedimiento se abrió a raíz de una denuncia presentada por ‘Societat Civil Catalana’ y la ‘Asociación de Abogados Catalanes por la Constitución’ por considerar que, aunque Mas y tres exconsejeros ya fueron condenados por desobedecer al Tribunal Constitucional al organizar aquella consulta, no les exime de su responsabilidad contable por el uso irregular de dinero público.

La defensa de Mas, Ortega y otros de los condenados recurrieron en apelación esta sentencia ante el Tribunal de Cuentas.

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