España está sufriendo «un hackeo de la democracia», con la reforma del artículo que permite perfilar votantes
De izq. a dcha. Esther Montalvá, Borja Adsuara, Yolanda Quintana, Rodolfo Tesone y David Javier Santos.

España está sufriendo «un hackeo de la democracia», con la reforma del artículo que permite perfilar votantes

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03/4/2019 06:15
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Actualizado: 04/4/2019 13:17
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Esta es una de las principales ideas que emergieron en el debate, entre expertos juristas, que tuvo lugar en el foro tecnológico «Abogacía 4.0», del Colegio de Abogados, en la que se abordó el problema de la perfilación ideológica de la ciudadanía, a través de las redes sociales, que se podría producir en las próximas elecciones generales del 28 de abril y en las europeas, autonómicas y locales del 26 de mayo próximos.

«La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD): el perfilado ideológico de la ciudadanía vía información en redes sociales y la gestión de esta campaña electoral».

Este fue el título del panel en el que intervinieron Rodolfo Tesone, diputado de la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogacía de Barcelona y presidente de ENATIC, David Javier Santos, abogado del Estado y jefe del Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD); Borja Adsuara, abogado y consultor experto en Derecho, Estrategia y Comunicación Digital; y Yolanda Quintana, secretaria general de la Plataforma Derecho Libertad de Información (PDLI).

El origen de la problemática parte del artículo 58  Bis de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), que fue modificado por la disposición final tercera de la LOPDGDD, que es lo que ha abierto la puerta a la posibilidad de que se realice tal perfilación, permitiendo que los partidos políticos puedan recoger opiniones de los ciudadanos en Internet y someterlas a tratamiento.

Una posibilidad contra la que se rebelaron tanto la Asociación Española Pro Derechos Humanos como un grupo de juristas, en su nombre, y en nombre de sus asociaciones -entre los que se encontraban Tesone y Adsuara-, instando al Defensor de Derechos Humanos a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra dicho artículo ante el máximo tribunal de garantías de España, cosa que llevó a cabo el 12 de marzo pasado.

«Se publicó el 24 de noviembre, el 15 de febrero de 2018 fue el debate a la totalidad, se aprobaron 13 comparecencias de expertos que duraron hasta el 13 de mayo, y finalmente se presentaron las enmiendas el 4 de abril, entre las cuales la relativa al 58 Bis pasó desapercibida y sin embargo se aprobó, a puerta cerrada y sin debate, por unanimidad de todos los partidos políticos”, explicó Adsuara.

Tras su tramitación, la publicación de la norma en el BOE se hizo el 6 de diciembre, el día de la Constitución. “Como una paradoja”, apostilló.

UN TEMA IGNORADO POR LOS MEDIOS DE COMUNICACION

El abogado destacó cómo, en paralelo a esta tramitación exprés, el tema del perfilado ideológico fue en general ignorado por los medios de difusión pese a la insistencia y las distintas advertencias de varios periodistas y tuiteros.

Sin embargo, “conseguimos hacer el suficiente ruido como para que el día del pleno del Senado se retiraran Podemos, Compromís y algún partido más, el primero además desde la tribuna se comprometió a presentar un recurso de inconstitucionalidad que todavía estamos esperando”, refirió Adsuara.

El encaje constitucional es la perspectiva en la que también inciden desde la AEPDGDD.

“La Agencia nunca va a permitir un perfilado ideológico con el fin de enviar publicidad individualizada”, recalcó Santos.

Matizando que “el trato de las opiniones políticas, de conformidad a la propia LOPD, debe hacerse en aras al interés público, lo cual a la vez que legitima dicho trato actúa como límite y en ningún caso puede amparar conductas como el microtargeting y debe circunscribirse únicamente al periodo electoral”.

Aunque la norma resulta imprecisa, “ni siquiera sabemos quiénes son los sujetos legitimados para el perfilado”, apuntaba Santos, para el jefe del Gabinete Jurídico de la AEPD las claves en la aplicación del art. 58 Bis pasan por:

“Determinar qué datos pueden ser susceptibles de uso, alcanzando únicamente opiniones políticas manifestadas en ejercicio de la libertad de expresión y excluyendo el resto de datos, incluidos los no protegidos; que se dé un tratamiento acorde a la finalidad del objetivo; y, ante la falta de definición del legislador, se establezcan distintas garantías para el ciudadano”.

LOS PARTIDOS POLITICOS, AUSENTES

La ausencia de representantes públicos fue un hecho que lamentaron todos los miembros de la mesa.

“Ningún partido político ha querido acudir, ni los que aprobaron la nueva Ley ni los que la apoyaron”, reveló la moderadora, la diputada Esther Montalvá, quien recordó que Abogacía 4.0 “no es un foro hostil, aunque sí exige rigor técnico jurídico, aquí no se puede venir a hacer demagogia”.

Así, se impone analizar “si nuestro sistema democrático exigía esta recopilación de opiniones políticas por parte de los partidos políticos y si efectivamente se ha velado por el interés público cuando se ha aprobado esta Ley Orgánica». 

Quintana puso el acento en el uso detrás del perfilado ideológico: “los partidos políticos son propensos a limitar la libertad de expresión y los derechos digitales porque resultan incómodos para el poder”, sostuvo, señalando cómo la intención va mucho más allá de realizar publicidad electoral.

Antes bien “predecir comportamientos políticos a través del big data permitiendo a los partidos saber con gran detalle qué contenidos y acciones pueden movilizar al ciudadano».

«A partir de aquí, el mensaje no llega desde la formación, sino a través de un conocido, un amigo en redes… Se basa en información muy segmentada que activa a los ciudadanos, conscientes los partidos del enorme efecto de las turbas digitales”.

La ponente también reivindicó el “derecho a la amnesia que se quería limitar a través de una enmienda, amenazando veladamente el derecho al anonimato digital”.

Desde su plataforma lograron paralizarla argumentando que “ya hay herramientas del mundo analógico trasladables al digital para combatir excesos en la libertad de expresión, de la cual además, tal y como ya recogió la ONU, forma parte el derecho al anonimato”.

Tesone por su parte se mostró aún más crítico: “estamos viviendo un hackeo a la democracia”, declaró, “es sintomático que ningún partido político haya querido venir, el fin ya no es influir, sino manipular, ¿queréis que se manipule el destino del país?”, interpelaba a los asistentes.

Para Tesone, la cuestión “es demasiado importante y urgente como para que todos demos un paso adelante, de la mano de los medios de comunicación y las asociaciones, ejerciendo presión de abajo hacia arriba para que nos concienciemos y hagamos viral lo que ocurre”.

En este sentido, el diputado del Colegio de la Abogacía de Barcelona indicó que desde la institución condal se ha elaborado una Carta de derechos digitales al objeto de que “se nos proteja a todos como sujetos de derechos y obligaciones dentro del entorno digital”.

Sobre la clave fundamental para que avance la ley en España en materia de privacidad, Esther Montalvá dice que «España es un engranaje más de la maquinaria europea, y ninguna decisión creativa podemos tomar al respecto».
«No obstante, los retos a los que nos enfrentamos son enormes, siendo los principales, para mí: facilitación para el cumplimiento y mejora de la formación del mundo empresarial, integración en la formación infantil de sus derechos digitales que les permita convertirse en adultos conscientes y responsables respecto de su información personal; y reglamento de desarrollo y circulares de la AEPD detallados y claros,  que palíen las deficiencias de esta LOPD».
La ausencia de representantes públicos y políticos ha llamado la atención, y Montalvá valora esta situación, «hemos contado con el director jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos, que es un órgano técnico pero público. Sin embargo, nuestro equipo de relaciones institucionales lo ha intentado con los políticos con ahínco…pero sin éxito».
«La precampaña y la campaña les tiene absorbidos, pero sin duda hubiese sido positivo para cualquier partido declarar públicamente su compromiso con el criterio de la AEPD en relación al tratamiento de datos para fines electorales… compromiso voluntario, claro, dada la literalidad de la LOPD, que en ese sentido se encuentra recurrida por su presunta inconstitucionalidad».
En el ICAM, asegura, «estamos congregando casi semanalmente a representantes del mundo político, que acuden de buen grado y encuentran un auditorio apasionado, plural y con ganas de mejorar, además de un excelente altavoz para sus ideas (siempre expuestas desde la perspectiva jurídica, obviamente)».
«Creo que la ausencia de políticos en el foro de hoy, y pese a las excusas de agenda, puede tener por desgracia un carácter menos amable: casi todos los partidos apoyaron la disposición final recurrida, metida con calzador sin el visto bueno de la AEPD, y sin trámite de audiencia pública», señaló.
Pero añade que «sumado a que a todos les puede interesar en cierta medida y en este momento electoral, el escenario en el que una Ley Orgánica les cuasi habilite a microtargetear la ideología los ciudadanos en base a sus redes sociales y les permita dirigir sus mensajes políticos a las personas adecuadas en el momento apropiado…».
«Desde el Colegio debemos estar al lado de la sociedad civil y defendemos la Constitución, por lo que les recordamos cuál ha sido el criterio restrictivo indicado por la AEPD en el Foro Abogacía 4.0: el perfilado ideológico está prohibido, la libertad ideológica es un derecho fundamental, y el uso que hagan los partidos de esta nueva habilitación de la LOPD deberá contar con las máximas garantías».

«Solicitamos formalmente a la Administración que dote de medios suficientes a la AEPD»

«Desde el ICAM solicitamos formalmente a la Administración que dote de medios suficientes a la AEPD para que siga llevando a cabo su encomiable actuación. Necesitan más presupuesto para tener más cuerpo técnico que controle el cumplimiento de las garantías».
Sobre las posibilidades que tiene este tema de cara al futuro, Montalvá señala que «estamos pidiendo a los partidos que eliminen una norma que ahora pueden usar en su beneficio. Son juez y parte, una concurrencia de responsabilidades que no cabe en Derecho, ni en ética».
«No obstante, somos optimistas, sí, porque creemos en el sistema y en nuestro Alto Tribunal. Estamos seguros de que sea cual sea la resolución del Constitucional, ésta se verá reforzada con cumplidas directrices por parte de la AEPD y en preservación de los derechos de los ciudadanos».
Desde las instituciones, asegura, «debemos forzar la recuperación del fair play en política y volver a poner al ciudadano en el centro de las actuaciones y por encima del interés partidista, y desde el ICAM ponemos nuestro grano de arena: nuestros Foros son un territorio plural (y por tanto neutral) en el que el rigor técnico y la argumentación jurídica es lo único que tiene cabida».
Añade que «nuestras secciones son potentes think tanks que aglutinan a los mayores expertos de cada materia. Somos la crítica saludable elevada a la máxima potencia, el defensor de la sociedad civil».
Por último, indica que «solo falta conseguir que el visado de la Abogacía en cualquier tramitación normativa deje de ser un paso voluntario y se convierta en un requisito sine qua non para su aprobación, como sucede en otros países. No habríamos llegado a este punto, sin duda. Tened paciencia. Estamos en ello». 
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