El juez confirma la exclusión del candidato del PSOE Sami Naïr para las europeas

El juez confirma la exclusión del candidato del PSOE Sami Naïr para las europeas

Naïr, de nacionalidad francesa, se ha quedado fuera de las listas del PSOE para las elecciones europeas

7 / 05 / 2019 19:20

Actualizado el 07 / 05 / 2019 19:31

En esta noticia se habla de:

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid ha confirmado este martes que el número 3 del PSOE a las elecciones europeas Sami Naïr, de nacionalidad francesa, ha quedado excluido de las listas.

El juez ha avalado así la decisión adoptada por la Junta Electoral Central (JEC) al considerar que se ajusta a derecho.

Conforme recoge la resolución, la JEC pidió el pasado 24 de abril al PSOE que subsanase una irregularidad detectada en la candidatura de su número 3 al Parlamento Europeo, Sami Nair.

Este no había aportado «certificado de inscripción en el censo electoral en virtud de la manifestación de voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España en las elecciones de que se trate», cosa que se requiere a todos los ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros elegibles.

El PSOE discrepó sobre este requerimiento de información, ya que entendía que la documentación aportada por Naïr era suficiente –el documento C2 de presentación de la candidatura, certificación de empadronamiento y tarjeta de residente–.

El partido se lo trasladó a la JEC en un escrito en el que manifestaba que, si sus alegaciones eran desestimadas, se tuviera por retirado al candidato de la lista y ocupase su puesto el siguiente.

Eso fue lo que hizo la Junta Electoral, a quien no convencieron los argumentos del PSOE y que el 26 de abril acordó en una resolución excluir a Naïr en una decisión que fue recurrida ante lo contencioso administrativo.

Esta decisión ahora la avala el juez con una sentencia firme e inapelable en la que dice que no se produjo ninguna vulneración de los derechos del candidato ni de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), pues impone unos requisitos y él no los estaba cumpliendo.

El ya excluido como número 3 del PSOE a las Europeas recurrió alegando que se estaban vulnerando tanto la Carta de Derechos Fundamentales de la UE como la Directiva que regula el acceso a elecciones europeas en nacionales de otros Estados miembro y la propia LOREG española.

Sin embargo, el juez descarta la existencia de vulneración alguna.

Entiende que «la normativa española se ajusta a las exigencias» de esa normativa comunitaria y regula de la misma manera el derecho de todo ciudadano de la Unión a ejercer el sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de ese país.

NO BASTA CON EL PADRÓN

Recuerda que la normativa que aplica la Junta Electoral fija que los ciudadanos comunitarios que concurran por España deberán aportar, además de los documentos exigidos a los candidatos de nacionalidad española, una declaración formal en la que consten otros datos.

Por ejemplo, que no se presentan en ningún otro Estado miembro ni han sido privados de su derecho por resolución judicial. Deben, así, optar a ser elegidos, en línea con las previsiones de la normativa comunitaria.

«Es necesario que el interesado junto con su solicitud acredite de modo fehaciente que reúne todas las condiciones exigidas para ello, es decir, para tener la condición de elector».

«Y dicha condición solo puede tenerla mediante la acreditación de que ha optado previamente para ejercer el derecho de sufragio activo en España, que no lo ha hecho», razona el juez.

Añade además que «no es suficiente para dicha acreditación la aportación que efectúa el recurrente de empadronamiento ni la tarjeta de residente pues ello solo es determinante de su residencia en España, pero no de haber optado al ejercicio de su derecho al sufragio en España». EP.

Noticias relacionadas:

‘Tito Berni’ a un paso del banquillo: la Fiscalía le pide 8 años de cárcel

Rodríguez Zapatero rompe su silencio tras declarar en la AN: «la verdad se abrirá paso y devolveré la confianza a quien ahora duda»

El PSOE tenía «órdenes verbales» de Santos Cerdán de sufragar los viajes de Leire Díez sin controles adicionales del partido

La UCO sitúa a Santos Cerdán en el núcleo de la presunta trama del «caso Leire»

La abogada de Koldo García, Leticia de la Hoz, citada como investigada por la AN el próximo 14 de julio

Anticorrupción pide citar como testigos a dos generales de la UCO que avisaron de «presiones» en investigaciones a David Sánchez

Lo último en Tribunales

JOsé Manuel Bandrés

El Supremo se rompe por la eutanasia: 8 magistrados, el 25 %, niegan que un padre pueda impedir la muerte asistida de su hijo

Zapatero en la AN

Zapatero pide a la Audiencia Nacional que proteja sus datos personales en la investigación del caso Plus Ultra

barrabés caso begoña gómez

La UCO aprecia una «decisiva arbitrariedad» y trato de favor a Barrabés en contratos adjudicados por Red.es

Las joyas de Zapatero bien

Calama ofrece a Hacienda personarse en la causa por las joyas intervenidas en el despacho de Zapatero

Las nuevas reglas de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de París: vistas virtuales y más independencia

El TSJ de Valencia anula un laudo arbitral: se contradecían los argumentos jurídicos y el fallo