Gabriel María de Diego Quevedo: "Mi objetivo es dar un contenido de futuro al Colegio de Procuradores de Madrid"

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala los Estatutos del Colegio de Procuradores

23 / 05 / 2019 15:13

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso interpuesto por una asociación de procuradores disidentes así como por un grupo de ocho personas de la misma profesión –6 colegiados ahora en Guadalajara, uno jubilado y otro suspendido de funciones–, contra el Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid (ICPM), al que pertenecieron en el pasado, poniendo fin a este contencioso.

Con esta decisión histórica, la Justicia da por buenos los Estatutos aprobados por la Junta General Extraordinaria del ICPM de julio de 2015 y que fue publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 27 de junio de 2016.

De esta forma valida las decisiones tomadas por la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de Madrid, cuyo decano es Gabriel María de Diego Quevedo. 

La sentencia 243/2019, de 14 de mayo, suscrita por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo TSJM, Juan Pedro Quintana Carretero, junto a los magistrados Amparo Guilló Sánchez Galiano, Rafael Botella y García Lastra, Juana Patricia Rivas Moreno, María Dolores Galindo Gil y María del Pilar García Ruiz, es muy clara en su conclusión:

«Rechazando las causas de inadmisión propuestas debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo contra los actos administrativos que se mencionan en el primer antecedente de esta sentencia, que, por no ser contrarios a derecho, se confirman íntegramente».

La resolución confirma la legalidad tanto de la orden del consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid y la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de la modificación total del Estatuto, como la resolución que dispone la publicación del Estatuto, el 27 de junio de 2016.

La resolución del TSJM es susceptible de ser recurrida en casación.

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