España, quinto país europeo en solicitudes de derecho al olvido ante Google en 5 años

España, quinto país europeo en solicitudes de derecho al olvido ante Google en 5 años

Casi 80.000 peticiones de ejercicio del derecho al olvido de españoles ante Google en cinco años 

31 / 05 / 2019 06:15

En esta noticia se habla de:

Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictase la sentencia sobre el Derecho al Olvido en 2014, España ha registrado un total 76.893 peticiones sobre 249.359 páginas de Internet.

Estos datos sitúan a España en la quinta posición del ranking de países europeos que más reclamaciones han emitido a grandes buscadores como Google desde su entrada en vigor.

A escala global, desde la sentencia de 2014 y hasta el pasado mayo Google ha recibido 802.259 solicitudes de ciudadanos europeos para la retirada de datos que afectaban a 3.146.435 URL, de las que ha suprimido 1.199.955 –el 44,5% de las peticiones–.

En total, el 88,6% las habían iniciado particulares; mientras que el resto afectaban a menores de edad, empresas, políticos o personas públicas.

¿Cómo ejercer el Derecho al Olvido?

Para poder ejercer el Derecho al Olvido, los expertos legales de DAS Seguros recomiendan que la persona afectada presente una solicitud al buscador a través del Formulario para solicitar la retirada de información personal que Google ofrece en internet, y también a aquella página de un tercero que haya publicado la información.

En el caso de no obtener respuesta o de que esta no sea adecuada, se podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

En el formulario deberá constar el nombre completo del afectado o el de su representante, indicando la relación el interesado (abogado, cónyugue, etc.), así como un correo electrónico de contacto.

Para cumplimentar el formulario de manera efectiva, es necesario que se explique detalladamente al responsable del tratamiento de datos del buscador por qué esos enlaces deberían desaparecer, en este caso, de Google.

Finalmente será necesario verificar la identidad aportando una copia digital del DNI.

Un lustro de la sentencia del TJUE

En esencia, el Derecho al Olvido que el TJUE reconoció hace ahora cinco años recoge la posibilidad de que un individuo no aparezca en los buscadores, especialmente cuando se trata de informaciones que no cumplan con los requisitos de adecuación y pertinencia, que son obsoletas o que ya no cuentan con relevancia ni interés público.

En este caso, tal como establece la AEPD, cualquier ciudadano de la Unión Europea puede solicitar que aquellos enlaces que dirigen a datos personales a partir de una búsqueda realizada por su nombre desaparezcan de la red, a pesar de que las fuentes se mantengan cuando la búsqueda se realice mediante otra palabra.

Noticias relacionadas:

Viajar con animales fuera de la Unión Europea: cuando el pasaporte de la mascota no es suficiente

Por qué el presidente de Colombia ha elegido al abogado penalista Juan Gonzalo Ospina para la «superembajada» en Europa

Opinión | Dos caballos y un jinete: Marruecos quiere cabalgar a la vez a Washington y a Bruselas

Opinión | Nadie prometió nada: lo que separa a China de Occidente no es la ausencia de trascendencia sino que nadie firmó un pacto

Opinión | El culpable barato: La UE no ha comprado un relato sobre las mafias; ha elegido al responsable que no le costaba dinero

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

Lo último en Mundo Judicial

Elvira Tejada

Elvira Tejada, fiscal contra la criminalidad informática: «Los menores están accediendo a contenidos claramente perjudiciales»

Juzgados de Ceuta

Ceuta suma dos jueces, tres fiscales y quince abogados de oficio dos meses después de la entrada masiva desde Marruecos

Julio Guija

Julio Guija: «La pregunta no es qué puede hacer la IA, sino qué va a dejar de hacer el médico»

Foto final de familia

Psiquiatras y juristas ven potencial en la IA para prevenir riesgos en salud mental, pero reclaman límites y regulación

asdfasdf

Enrique López: Luxemburgo no ha cerrado el debate de la amnistía y la doctrina del Supremo sobre malversación sigue en pie