La Fiscalía, en contra de permitir a Puigdemont viajar a Madrid sin ser detenido para jurar su cargo de europarlamentario

La Fiscalía, en contra de permitir a Puigdemont viajar a Madrid sin ser detenido para jurar su cargo de europarlamentario

15 / 06 / 2019 06:15

En esta noticia se habla de:

La Fiscalía ha informado en contra de que se suspenda la orden de detención e ingreso en prisión dictada por el instructor de la causa del ‘procès’ en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, contra el expresident de la Generalitat huido en Bélgica Carles Puigdemont.

El líder separatista realizó su petición para poder volar a Madrid para jurar su cargo de europarlamentario ante la Junta Electoral Central sin ser arrestado.

La Fiscalía, que informa en el mismo sentido en el caso del exconsejero también huido Antoni Comín, recuerda en su informe que el cese de la medida cautelar de detención se funda en la sustracción de Puigdemont a la acción de la justicia.

Añade que únicamente puede acordarse la suspensión de la misma cuando «el procesado rebelde deje de encontrarse en esta situación, bien porque se presente voluntariamente ante las autoridades españolas, bien porque sea capturado y puesto a disposición del órgano judicial competente».

Puigdemont justificaba su petición por su condición de miembro electo del Parlamento Europeo tras las elecciones del pasado 26 de mayo, de la que a su juicio se deriva la absoluta inmunidad frente a cualquier actuación judicial, al amparo del Protocolo de privilegios e inmunidades de la Unión Europea.

INMUNIDAD

La Fiscalía le responde que la inmunidad que invoca solo le sería aplicable una vez adquirida la plena condición de miembro del Parlamento europeo y cuando éste se encuentre ya en período de sesiones.

Para adquirir esta condición necesitaría, además de jurar su cargo en el Congreso de los Diputados, tomar posesión efectiva de su escaño a partir de la primera sesión que celebre el Parlamento europeo previa declaración escrita de la inexistencia de incompatibilidades y de bienes.

Añade que esta limitación temporal de la inmunidad parlamentaria «es la lógica consecuencia del carácter funcional de la inmunidad parlamentaria prevista» en el propio Protocolo aludido por la defensa de Puigdemont.

Recuerda además la Fiscalía en su escrito que la norma nacional que establece la inmunidad parlamentaria con efectos retroactivos para los diputados nacionales electos regulada en el artículo 20.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, no es aplicable a los miembros del Parlamento europeo elegidos por España.

A todo ello se une, según el escrito firmado por el fiscal Javier Zaragoza, que es atribución exclusiva de la autoridad judicial competente autorizar a los parlamentarios electos bajo orden de arresto nacional la prestación del juramento o promesa ante la Junta Electoral central.

En el caso de Puigdemont y Comin, los solicitantes ostentan la condición de procesados, el auto de procesamiento es firme al no haber asistido a la vista de apelación señalada en relación con el mismo, se encuentra en situación de rebeldía, y el sumario ha sido concluido, de manera que en principio no sería necesaria la autorización parlamentaria alguna para continuar procediendo penalmente contra ellos. EP.

Noticias relacionadas:

Puigdemont, a un paso de ser amnistiado: Llarena anula su procesamiento y concluye la instrucción del «procés»

Puigdemont ya puede volver a España: Llarena deja sin efecto las órdenes de búsqueda, captura y detención

Conde-Pumpido: derogar la ley de amnistía sería “simbólico” porque “no se puede resucitar una responsabilidad penal ya extinguida”

El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y los encausados en la malversación del procès

La amnistía a Puigdemont se cuela en las elecciones generales: «las prisas de Conde-Pumpido son las prisas del PSOE»

El Supremo da cinco días a las partes antes de decidir si aplica la amnistía por malversación a Puigdemont

Lo último en Política

Óscar Puente

Óscar Puente dimite: «Es una cuestión de dignidad política»

03/11/2026 El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, comparece a petición propia ante la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, en la Sala Constitucional del Congreso, a 3 de noviembre de 2026, en Madrid (España). Puente ha solicitado su comparecencia para explicar la gestión del Gobierno ante el grave accidente ferroviario ocurrido en Urda (Toledo) el 28 de octubre de 2026.
ECONOMIA 
Diego Radamés - Europa Press

Puente rechaza el abandono de la línea Madrid-Sevilla y defiende el LZB tras el accidente de Urda

COMUNICACIÓN VÍCTIMAS URDA

Identificadas las 69 víctimas mortales de la tragedia ferroviaria de Urda

Junceda en Buenos Aires

Junceda advierte contra la «incontinencia legislativa» en el IV Congreso Internacional de Derecho Público, en Buenos Aires

democracia descafeinada

Opinión | Los mismos nombres: Una democracia puede perder su sustancia sin perderlos