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Agresiones a abogados y procuradores: La trampa en la norma

Agresiones a abogados y procuradores: La trampa en la norma
La columnista, Patricia Gómez Santiago, abogada adscrita al turno de oficio y miembro de ALTODO, explica aquí la sensación de indefensión que tienen abogados y procuradores ante estas situaciones.
10/7/2019 08:00
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Actualizado: 10/7/2019 02:23
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Son muchas y muy contundentes las razones que, desde hace ya tiempo, vienen movilizando a abogados y procuradores, reclamando un mayor respaldo institucional para el turno de oficio como servicio público esencial consustancial a un Estado Social y Democrático de Derecho.

Como profesionales con vocación de servicio público, abogados y procuradores exigen un mayor respeto de la Administración y de las Instituciones.

Ese respeto se traduce en retribuciones dignas y pagadas puntualmente, pero también, en el reconocimiento de la función correspondiente a ambos colectivos y su exposición a situaciones de peligro.

Aunque el riesgo no discrimina y los sujetos pasivos de amenazas, agresiones, persecución y acoso pueden ser tanto profesionales de oficio, como de tipo particular, sí es cierto que en el ámbito del turno de oficio la vulnerabilidad es más patente.

Hay quien identifica al letrado del turno de oficio con el médico, moral y deontológicamente obligado a asistir al enemigo en el campo de batalla. El respeto por la vida debe anteponerse a cualquier circunstancia.

Con el derecho de defensa sucede lo mismo.

Sin embargo, salvo los hermanos Jem y Scout y aquellos que se hayan emocionado con la lectura de “Matar a un Ruiseñor”, parece que el resto de la ciudadanía no termina de apreciar estos paralelismos.

La falta de sensibilidad y de reconocimiento que se percibe en ocasiones, puede deberse a una imagen, tan negativa como injusta, que cine, radio y televisión transmiten, habitualmente, de la figura del abogado en general y del turno de oficio en particular.

También puede nutrirse del tradicional escaso interés que los poderes públicos y los propios colectivos profesionales – que deberían entonar su mea culpa – han mostrado en hacer llegar a la ciudadanía información sobre la relevancia social, jurídica y constitucional del Turno de oficio.

Dada la especialidad del mandato del turno de oficio, sea cual sea la circunstancia, el abogado no puede renunciar y debe continuar con la defensa que le fue encomendada, hasta la finalización de la instancia, aun cuando solicite la baja en el Turno de oficio, siempre que continúe en el ejercicio profesional y la baja no fuera por enfermedad debidamente acreditada.

Abogados y procuradores del turno de oficio vienen obligados a consignar como “públicos” los datos correspondientes a la dirección de su despacho profesional – que bien puede formar parte de su domicilio particular– así como un teléfono de localización, y un fax o correo electrónico.

En este marco jurídico y deontológico, abogados y procuradores, en su ejercicio profesional, se exponen diariamente a múltiples situaciones de conflicto con clientes o con contrarios, como las que han derivado en los dos casos siguientes.

Hoy, 10 de julio de 2019, a las 10 de la mañana, en la macro-sala del edificio de los Juzgados de la calle Julián Camarillo 11, tendrá lugar la vista oral del juicio contra una persona acusada de amenazas graves y coacciones hacia una letrada, en el ejercicio de su profesión como abogada del turno de oficio.

La acusada se encuentra en prisión provisional por quebrantar las medidas cautelares que tenía acordadas, precisamente para proteger a la abogada denunciante.

Al acto acudirán un diputado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y otro del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid con el fin de visibilizar la preocupación de dos colectivos frente a un fenómeno en creciente aumento y, la más contundente repulsa contra una violencia intolerable sufrida por cumplir un mandato constitucional.

Estos ataques afectan al profesional individualmente considerado, pero también trascienden a la administración de justicia como sistema institucional de todos los ciudadanos.

Es decir, nos concierne a todos.

El pasado 4 de julio, a las 12 horas, en el Juzgado de instrucción núm. 2 de Madrid tuvo lugar la declaración, en sede judicial, de una procuradora quien, en calidad de víctima, el 6 de febrero de 2019 se vio obligada a denunciar, por acoso, a un cliente del Turno de oficio civil al que tenía que representar procesalmente en una ejecutoria.

El denunciado nunca ha tenido ocasión de coincidir personalmente con su procuradora, no obstante, ello no le ha impedido el acceso a sus datos personales, que ha utilizado y utiliza, para el envío de mensajes continuos – escritos y de voz – y llamadas telefónicas con todo tipo de coacciones y amenazas, incluso de carácter sexual.

El denunciado reconoce haber seguido a la procuradora hasta en cuatro ocasiones, tanto a su domicilio, como a su lugar de trabajo. La víctima sólo le vio en dos de aquellas ocasiones.

En abril de 2019 el Juzgado de Instrucción nº 2 de Madrid dictó orden de alejamiento y prohibición de comunicación por cualquier medio con la víctima.

El denunciado viene incumpliendo sistemáticamente dicha orden de forma diaria e incluso, cada hora. Semejante comportamiento ha dado lugar a la apertura de diversos procedimientos penales derivados de estos quebrantamientos.

El 4 de julio la denunciante acudió al Juzgado de instrucción 2 de Madrid para declarar ante el juez y lo tuvo que hacer protegida por policía y personal de seguridad, dado que, su presunto agresor, en esos momentos, se hallaba a pocos metros de ella, en los pasillos del Juzgado.

El denunciado, pese a acudir a la declaración, huye antes de entrar en sala.

Actualmente se encuentra en busca y captura.

Nada le importa, ese mismo día 4 de julio de 2019 el denunciado intenta contactar otra vez con la que fue su procuradora y con posterioridad a esa fecha, también.

La denunciante está citada nuevamente, esta vez, en el Juzgado de Instrucción nº 12 de Madrid, para declarar en condición de víctima por uno de los múltiples y numerosos quebrantamientos de la orden de alejamiento y prohibición de comunicación impuestas por auto de abril de 2019.

No es la única citación pendiente, en el calendario ya hay varias fechas reservadas durante este mes de julio y todas relacionadas con este mismo sujeto.

La víctima no sale sola a la calle.

No se plantea salir de noche.

Sufre nerviosismo, agotamiento, tristeza, trastornos del sueño y acude a tratamiento psicológico.

Demasiados meses sufriendo un estrés continuo.

No ve solución a este problema, ni ve salida a corto plazo.

Adoptando todas las precauciones posibles sigue expuesta a un peligro permanente. Su trabajo requiere, además de mucha concentración, la ininterrumpida y múltiple conexión a medios de comunicación (teléfono, fax, correo electrónico).

El cambio de un número de teléfono o de una cuenta de correo supone un quebranto profesional difícilmente imaginable para quien no es procurador o no está familiarizado con la función de los procuradores.

El procurador vive pendiente de los plazos y de la presentación de escritos y documentos que le son remitidos incluso minutos antes de un vencimiento.

Diariamente, recibe de Juzgados y tribunales las notificaciones dirigidas a clientes, que deben ser puestas de manera inmediata en conocimiento del abogado.

Parte de su función, como en el caso del abogado procesalista, la ejerce en vistas abiertas al público a las que puede acceder cualquiera en audiencia pública y su imagen y su voz pueden verse registradas en grabaciones que lleve a cabo el órgano jurisdiccional.

Sus datos personales de localización y comunicación, al igual que los datos de los abogados, son públicos, a través de las correspondientes designaciones de oficio que llegan a los clientes y que se incorporan a las actuaciones para el conocimiento de otras partes del proceso, contrarias o no.

Ha pasado más de medio siglo desde que Atticus Finch definiera para sus hijos lo que implica ser abogado «uno no comprende realmente a una persona hasta que no se mete en su piel y camina dentro de ella».

Y no cabe duda que, la labor conjunta del abogado y del procurador consiste en ponerse en la piel de un tercero y reivindicar ante un tribunal sus derechos constitucionales, legales, materiales y procesales.

Hoy, son estos colectivos profesionales los que piden mayor protección jurídica y que ese ejercicio de empatía se efectúe a la inversa y, por una vez, a su favor.

Como dijo Harper Lee a través de su venerado personaje, «el que hayamos perdido cien años antes de empezar no es motivo para que no intentemos vencer».

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