El juez de lo Penal 9 de Málaga será el encargado de juzgar al dueño de la finca donde murió Julen
La Fiscalía pide tres años de prisión para David Serrano, y los padres del pequeño tres años y medio. Foto: EP

El juez de lo Penal 9 de Málaga será el encargado de juzgar al dueño de la finca donde murió Julen

Por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave
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16/10/2019 13:43
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Actualizado: 16/10/2019 13:45
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El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, Ignacio Navas Hidalgo, será el encargado de juzgar a David Serrano, el dueño de la finca donde está el pozo en el que murió Julen, el niño de dos años que cayó en enero de este año en dicha perforación, en Totalán (Málaga), y fue encontrado sin vida 13 días después.

La titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga, la magistrada Rosa María Ginel Pretel, acordó el pasado julio la apertura de juicio oral contra David Serrano por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave, y le impuso el pago de una fianza de 885.300 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias.

Estableció esa cantidad teniendo en cuenta el escrito presentado por la Junta de Andalucía, personada en la causa como perjudicada, que fija en 663.982 euros los daños y perjuicios causados.

La Fiscalía pide tres años de prisión para el acusado, y la acusación particular, en representación de los padres del niño –José Roselló y Victoria García-, reclama tres años y medio.

La juez Ginel consideró que Serrano «era conocedor de que el pozo se encontraba al descubierto sin estar protegido con las suficientes medidas de seguridad» y que no ha quedado acreditado que alertara de la existencia del mismo «cuya visualización, además, era difícil».

La Fiscalía incide en su escrito de acusación en que el dueño de la finca «no había señalizado ni advertido» de la presencia de la prospección e insistía en que «era el único conocedor» de la existencia del pozo por el que cayó el pequeño, añadiendo que «los demás desconocían» la presencia del mismo ya que «apenas se veía».

La acusación particular también le achaca una «negligencia» que es «extremadamente grave» y una conducta omisiva, al prescindir de la observancia de cualquier medida de seguridad, debiendo tenerse en cuenta tanto «la gravedad de la acción del acusado» como el resultado; así como su conducta, en la que entiende que existen «multitud de infracciones normativas».

Por su parte, la defensa afirma que no se sostiene la acusación por homicidio por imprudencia grave contra su cliente. Insiste en la «imposibilidad de haber previsto el riesgo» de que el niño cayera y en que avisó varias veces de la existencia de pozos.

Tanto la Fiscalía, como la acusación particular, y la Junta de Andalucía solicitaron la apertura de juicio oral contra Serrano por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave.

El pequeño cayó el 13 de enero de 2019 a este pozo de 25 centímetros de diámetro y de algo más de 70 metros de profundidad.

Su cuerpo fue encontrado en la madrugada del sábado 26 de enero, a las 01.25 horas, por los equipos de rescate que lo buscaban desde el momento del suceso. A las 03.29 horas se logró subirlo a la superficie.

El informe de la autopsia realizada a Julen, firmado por cuatro expertos, señala que el pequeño murió por la caída en el agujero.

Además, los forenses descartan que en el fallecimiento incidiera la acción de la piqueta utilizada en las labores de rescate.

LOS HECHOS, SEGÚN LA FISCALÍA

El fiscal relata en su escrito de acusación que el día de los hechos el acusado fue junto con su pareja y su hija menor, así como con los padres de Julen y el pequeño a la finca, y que cuando llegaron Serrano aparcó en la explanada en la que había realizado una obra con una canalización o zanja para asentar un futuro muro, que pretendía construir y que, además, se dispuso a mostrar al padre del pequeño.

Apunta que los menores, mientras tanto, estaban junto a sus madres.

Según el relato del Ministerio Público,  la madre de Julen «se sentía indispuesta», por lo que dijo a su marido que iba a llamar al centro de trabajo para avisar de «la imposibilidad de acudir», encomendando el cuidado de Julen al padre.

La Fiscalía indica que en un momento dado Julen se puso a correr y al verlo, la pareja del acusado comenzó a gritar el nombre del menor, y que reaccionando «de forma inmediata» el padre, corriendo ambos en dirección de Julen para pararlo y evitar «que se hiciera daño con las piedrecitas o las paredes de la zanja».

El fiscal expone que al llegar a su extremo final «de forma repentina y sorprendente» desapareció de la vista, ya que «Julen se coló por la boca del pozo que se encontraba a ras del suelo de la zanja, «en el extremo final y sin tapar, precipitándose en su interior».

La boca del pozo era de 28 centímetros de diámetro, reduciéndose posteriormente hasta los 21-22 centímetros.

Señala que el padre del niño intentó sin éxito sacar a Julen del pozo «lesionándose los brazos en su intento de alcanzarlo, apartó los dos bloques de hormigón que rodeaban la boca y metió una goma de regar con el intento de que Julen se agarrara», pero «era imposible», pues «desconocía» que el pozo tenía 110 metros de profundidad y que el pequeño se encontraba precipitado hasta el fondo.

El fiscal considera que tanto la pareja del acusado como los padres de Julen «desconocían» que estaban preparando la comida «a 17 metros de distancia de un pozo sin tapar; al igual que tampoco sabían que estaba el mismo al final de la zanja en forma de ‘L’ en el lado corto; y que Julen corría en dirección a la boca del mismo.

Según señala el fiscal, también el dueño «a sabiendas de todo ello y de la falta de protección suficiente y adecuada, no adoptó medida alguna para evitar cualquier posible resultado lesivo, poniendo en peligro la vida de los dos menores; su propia hija y la de Julen, que finalmente cayó por él».

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