La Unión de Abogados Penalistas subraya que en el juicio del «procés» se han valorado hechos y no ideas
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20/10/2019 06:35
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Actualizado: 20/10/2019 01:01
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«La sentencia refleja un juicio en el que se han valorado hechos y no se han enjuiciado simples ideas. El enjuiciamiento de auténticos hechos subsumibles en el Código Penal encuentra una prueba de contraste en la individualización de las penas que el Tribunal ha efectuado para cada uno de los condenados», dice la Unión de Abogados Penalistas (UAP) en un manifiesto aprobado por la Asamblea de la Asociación.
Y recuerda que en la causa especial que ha enviado a 9 dirigentes independentistas a la cárcel, «desde el 30 de octubre, que se interpuso la querella por el Ministerio Fiscal», se han dictado «nada menos que 150 resoluciones con anterioridad a la sentencia definitiva».
«Ahora se ha pronunciado la sentencia, que recae después de un juicio que ha durado cuatro meses y de lo que parece ha sido una compleja deliberación de los siete magistrados que han compuesto la Sala». Siete magistrados independientes e imparciales.
Por ello, afirman que «va contra los más elementales principios democráticos pretender que se sustituya el relato de un tribunal por el de unos ciudadanos que se manifiestan en la calle».
«En el tiempo que ha transcurrido desde [el 14 de octubre] se han sucedido durante las horas del día manifestaciones pacíficas de protesta contra el contenido de la sentencia y, en magnitud creciente, actos de vandalismo, incendios y atentados a la paz pública. Los responsables de la seguridad pública deben adoptar las medidas necesarias para permitir y amparar las primeras y para impedir y perseguir las segundas«, afirma la UAP.
«La condena por sedición en concurso con malversación (este último delito medio para el delito fin), más allá del conocido debate en torno a si se ejerció una violencia enderezada a alterar el orden constitucional (criterio que descarta la sentencia), refleja una voluntad del tribunal por evitar el encarnizamiento punitivo, pues el marco del concurso medial permitiría un marco penal de hasta 20 años de prisión», añaden.
«La Sala también hace gala de su independencia al valorar la prueba y expresar una calificación típica con sus correspondientes penas. Por un lado, no ha apreciado y admitido el planteamiento acusatorio del Ministerio Fiscal (rebelión consumada con malversación). Por otro lado, se ha acercado al planteamiento punitivo de la Abogacía del Estado (delito de sedición) pero sin quedar encorsetado a las penas solicitadas por la Abogacía del Estado», apuntan.
En un estado democrático, según la UAP, las sentencias deben acatarse, pero eso no quita para que puedan criticarse.
Una vez dicho esto, la Unión de Abogados Penalistas hace un llamamiento para que se respete por todos la esencia del sistema democrático, que encomienda al Poder Judicial dictar la sentencia en el caso concreto, siguiendo las estrictas reglas del juicio previo y salvaguardando todas las garantías procesales.
«Queda ahora por recorrer todo el camino de la política y de la recuperación de la convivencia en Cataluña, que no se puede centrar machaconamente en lo que los tribunales han decidido», concluye.
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