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El Tribunal Supremo anima a los colegios a implantar protocolos contra el abuso sexual

Los menores guardan silencio por el miedo a las represalias y aceptan la victimización hasta que los hechos son detectados

24 / 10 / 2019 06:56

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La cuestión ha surgido a raíz de que el Tribunal Supremo confirmara hace unos días la condena a 16 años de prisión impuesta a un hombre que agredió sexualmente a una escolar de 14 años de forma reiterada a cambio de suministrarle dinero y droga.

Los hechos sucedieron en 2016, cuando dos alumnas de un instituto de Avilés conocieron al condenado en las proximidades del centro escolar.

Abusaba de ella y al marcharse le daba dinero o porros, que la menor compartía con un grupo de su instituto, con el fin de integrarse y ser aceptada en él.

Algunos de los miembros de este grupo sabían cómo conseguía la menor tanto el dinero como los porros. Las agresiones sexuales se descubrieron a raíz de la intervención de un orientador del centro escolar al que acudía la víctima.

El Tribunal Supremo indica que en hechos tan graves como los probados los autores se aprovechan de “las condiciones personales de menores para atentar contra su sexualidad, aunque ello pueda provocar daños graves en el desarrollo de la personalidad».

Silencio por el miedo a las represalias

El tribunal, compuesto por los magistrados Julián Sánchez Melgar, como presidente, Francisco Monterde Ferrer, Andrés Palomo Del Arco, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina y Vicente Magro Servet, este último como ponente –sentencia 495/2019 de 17 de octubre–, resalta la necesidad de implantar en los colegios protocolos de detección de abusos sexuales a menores.

Estos guardan silencio por el miedo a las represalias y aceptan la victimización hasta que los hechos son detectados por responsables de un centro escolar, o por denuncias de amigos o amigos de la víctima ante sus propios profesores.

El tribunal explica en su sentencia que estos protocolos son “una herramienta sumamente eficaz».

«Su mayor y mejor plasmación se verifica en los centros escolares, que es en donde los menores víctimas de delitos sexuales pueden contar en su intimidad a sus amigos la situación de la que están siendo víctimas, lo que en casa se niegan a contar por miedo o vergüenza».

«Y en este escenario los responsables de los centros escolares se encuentran en mayor disposición real de poder detectar el abuso sexual que en otro contexto personal o social”.

Carencia de protocolos internos en lso centros educativos

La Sala afirma que los expertos en abuso sexual a menores suelen hablar de que la carencia de estos protocolos internos explica en gran parte que “se puede llegar a ser cómplice involuntario del abuso».

El motivo es «no haber dado una respuesta adecuada al problema que en un centro escolar, o centro deportivo a donde acude el menor, o, en definitiva, en cualquier centro público o privado en el que el menor acude a realizar actividades extraescolares, pueda el menor llegar a transmitir o dar signos evidentes de que puede tener un problema grave de esta naturaleza que trata de ocultar”.

En esta línea, la sentencia explica que la elaboración de estos protocolos “puede reducir este tipo de casos, y lo que es más importante, la persistencia del abuso sexual del agresor que se aprovecha del miedo de la víctima a denunciar estos hechos».

«Porque la realidad evidencia que los menores víctimas optan por aguantar su calvario, sobre todo cuando la agresión proviene de su propio entorno y recibe amenazas que se configuran como una auténtica intimidación capaz de conseguir el efecto perseguido por el agresor sexual, cual es el silencio de la víctima y la facilidad en la ejecución de su delito sexual”.

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