La Audiencia de Salamanca condena a cuatro miembros de una familia por simular un accidente de tráfico para cobrar el seguro
Sede del Palacio de Justicia de Salamanca.

La Audiencia de Salamanca condena a cuatro miembros de una familia por simular un accidente de tráfico para cobrar el seguro

En el juicio los cuatro acusados, que habían abonado antes 5.000 euros para hacer frente a la responsabilidad civil, alcanzaron un acuerdo con el fiscal y admitieron los hechos
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12/11/2019 06:01
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Actualizado: 11/11/2019 23:18
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La sección primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a cuatro miembros de una misma familia por simular un accidente de tráfico para intentar cobrar más de 7.000 euros de la indemnización del seguro.

Los encargados de dictar esta sentencia (número 39/2019) han sido los magistrados José Ramón González Clavijo (presidente), Eugenio Rubio García, y José Antonio Martín Pérez.

Los hechos ocurrieron el 12 de febrero de 2014 en una carretera de acceso a la Salamanca. La compañía aseguradora sospechó de la existencia de una trama familiar e investigó.

«Fruto de la investigación por parte de la compañía aseguradora Pelayo y alertados por la existencia de accidentes previos de características similares se reveló una trama de carácter familiar tendente a la defraudación de la compañía», señala la sentencia.

Señala la sentencia que «los daños sufridos por los vehículos no eran compatibles con la forma y modo en que se dice se produjo el accidente».

Uno de ellos, un Opel Vectra, había tenido como titulares en las fechas previas al accidente a Segismundo (6 de febrero de 2014) a la compañía Pelayo en la fecha del accidente le costa como conductor y asegurado Evangelina (madre del anterior).

Esta llamó a la grúa el día del supuesto accidente fue Simón (hermano e hijo de los anteriores) que manifestó al avisar a la grúa haber tenido un accidente y que viajaba solo, sin bien posteriormente rectificó diciendo que lo hacía con su madre y quien se hizo responsable del vehículo fue Severiano (quien tiene relación de amistad con dicha familia) y que en fechas precedentes había tenido otro accidente altamente sospechoso en que de la parte contraria se habían visto implicados miembros de la misma familia de los acusados.

El otro, un vehículo Ford C Max, había tenido como titular a Segismundo hasta el 6 de febrero de 2014, en Pelayo consta asegurado a nombre de Julio en la fecha de los hechos, así como que era su conductor (lo que se acredita como falso).

El domicilio que figuraba como de Julio en el parte del accidente era coincidente con el del acusado Severiano.

Trama familiar

Ambas pólizas de seguros fueron realizadas por el mismo comercial de La Rioja, siendo las personas que realizaron el aseguramiento Brigida (hermana de Evangelina ), Severiano (esposo de Brigida ) y los hijos de ambos (Juan Luis y Ángel Daniel) dándose además la circunstancia de que unos días antes del accidente el Ford estaba también asegurado a nombre de la hermana de Evangelina que se llama Brigida.

Por tanto, señala la sentencia, «ambos vehículos en fechas precedentes estaban asegurados a nombre de dos hermanas. Ambos vehículos en fechas precedentes al accidente constaban a nombre del mismo titular Segismundo , hijo de Evangelina como persona de contacto del Opel Vectra se da el teléfono de Saturnino que es el mismo número que consta de contacto del vehículo Ford C Max, teléfono que corresponde a Severiano propietario un vehículo Opel Astra asegurado a nombre de Brigida que había dado parte de otro accidente similar altamente sospechoso en fechas precedentes».

Los gastos de reparación del vehículo Opel Vectra ascendían según peritaje a 7.085.35 euros sin que llegaran a cobrase al declararse el siniestro por la compañía aseguradora un fraude.

Y a la compañía de seguros «se ha ocasionado a la compañía gastos por valor de 128,78 euros por la peritación y 1293.95 euros como consecuencia de la investigación de este».

Con carácter previo los acusados han satisfecho a la perjudicada la cantidad de 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil y perjuicios ocasionados por todos los conceptos.

Condenan por tanto a Segismundo Simón, Severiano y Evangelina , en concepto de autores en grado de tentativa de un delito de estafa, a la pena de prisión con una duración de tres meses, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, con imposición de las costas procesales.

En el juicio los cuatro acusados, que habían abonado antes 5.000 euros para hacer frente a la responsabilidad civil, alcanzaron un acuerdo con el fiscal y admitieron los hechos.

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