Sentencia de los ERE: 679.432.179,19 euros salieron de la Junta de Andalucía «sin ningún control» entre 2001 y 2009
El expresidente de la Junta de Andalucía y exministro del Gobierno, José Antonio Griñán, saliendo de la Audiencia Provincial de Sevilla seguido de su abogado, José María Mohedano. Foto: EP.

Sentencia de los ERE: 679.432.179,19 euros salieron de la Junta de Andalucía «sin ningún control» entre 2001 y 2009

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19/11/2019 16:16
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Actualizado: 19/11/2019 18:49
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«Las subvenciones sociolaborales fueron concedidas por la Consejería de Empleo al margen del presupuesto, imposibilitando así su fiscalización previa, lo que favoreció un descontrol absoluto», dice la sentencia de los ERE, dictada por los magistrados Pilar Llorente, Encarnación Gómez y Juan Antonio Calle Peña.

«Consta en las actuaciones que no fue fiscalizado ni uno sólo de los expedientes de concesión de ayudas sociolaborales y ayudas a empresas del programa 31L, durante el periodo enjuiciado, desde el año 2000 al 2010», añade el fallo, de forma contundente, que ha condenado a 19 de los 21 encausados.

La cantidad final manejada por el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), después rebautizado como Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) durante ese periodo fue de 679.432.179,19 euros.

De ese dinero, de acuerdo con la Guardia Civil, 12,3 millones fueron a parar a los llamados «intrusos», personas que nada tenían que ver con las empresas en crisis entre los que se encontraban familiares y amigos de los exconsejeros de Empleo, Antonio Fernández y José Antonio Vieira, y del exdirector general de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Javier Guerrero.

Uno de ellos fue Juan Francisco Trujillo, chófer de Guerrero, al que este pagó 1,5 millones de euros y que «invirtió» parte de ese dinero en drogas y en fiestas con mujeres.

73,8 millones de euros fueron a empresas que no reunían los requisitos para llevar a cabo los eres y 60 millones desembocaron en bufetes, consultoras y aseguradorras.

En total, 6.096 trabajadores recibieron ayudas procedentes de dicha partida presupuestaria; 200 de ellos se prejubilaron en empresas en las que nunca han trabajado.

De acuerdo con la sentencia, todo arranca entre 1999 y 2000, cuando Manuel Chaves presidía la Junta de Andalucía, por el PSOE.

«La necesidad política de dar una respuesta rápida a los grandes conflictos sociolaborales, llevó a los responsables de la Junta Andalucía a establecer un sistema ágil, si bien tal agilidad se consiguió eliminando los mecanismos de control legalmente establecidos», relata el fallo.

El punto de partida fue la modificación presupuestaria de la partida 440.01 «Transferencia al IFA (Instituto de Fomento de Andalucía) en materia de Relaciones Laborales», por la que eludieron la fiscalización previa de la Intervención. Fue el método de las transferencias de financiación.

Después se elaboró un Convenio Marco, un instrumento jurídico que permitió a la Consejería de Empleo eludir los procedimientos de control de las subvenciones y su fiscalización por la Intervención Delegada de dicha Consejería.

«La Ley nunca permitió que con cargo a aquéllas se concedieran subvenciones, como indebidamente hizo la Consejería de Empleo», señala la sentencia. «Año tras año se introdujeron en el presupuesto IFA/IDEA gastos ficticios que nunca se iban a producir».

Denominador común de todas las ayudas sociolaborales y ayudas empresas, debido al uso de las transferencias de financiación, fue la falta de fiscalización, tanto la debida, realizada con carácter previo por la intervención delegada de la Consejería de Empleo, como la de control financiero, realizada por la intervención delegada de control financiero de IFA/IDEA.

FUE UNA DECISIÓN POLÍTICA

«La decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión política del Gobierno en su conjunto«, afirman los magistrados en su sentencia.

«Resulta lógico que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, o cualquier solución que se diera a retrasos o impedimentos en la plasmación de estas ayudas sociolaborales o a empresas, habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía», apunta la sentencia refiriéndose expresamente a Manuel Chaves, condenado a 9 años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación administrativa.

Era «el acusado era plenamente consciente de la patente ilegalidad de los actos en los que participó», precisan, en referencia al expresidente andaluz y exvicepresidente del Gobierno. Una afirmación, esta -plenamente consciente- que lo magistrados llegan a utilizar hasta en 20 ocasiones en su sentencia en referencia al resto de los condenados.

«La Consejería de Empleo disponía de los fondos públicos del programa 22E/31L, sin sujeción a procedimiento alguno, sin control de la Intervención, sin exigir la más mínima acreditación de una situación que legitime la percepción de la supuesta ayuda, sin necesidad de justificar el empleo o uso del dinero que se recibía. En definitiva, permitía el enriquecimiento de empresas, a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajeno a cualquier interés social o público debidamente acreditado», prosigue el fallo.

Y añade: «No consta en los expedientes la existencia de ningún análisis económico que ponga de manifiesto si estas subvenciones eran procedentes en atención a las circunstancias del beneficiario».

Su sucesor, José Antonio Griñán, ocupó la Presidencia de la Junta de 2009 a 2013, si bien entre 2004 y 2009 fue el consejero de Economía y Hacienda. Por dicha razón, la pena es mucho más dura, seis años de cárcel por malversación de fondos públicos y 15 años de inhabilitación por la misma razón que Chaves.

De acuerdo con el artículo 432 del Código Penal, cuando una autoridad o funcionario públcio comete un delito de malversación, el castigo es de 2 a 6 años de prisión e inhabilitación para cargo o empleo público de seis a 12 años.

Griñán, dice la sentencia, fue «plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó» al conceder las subvenciones de los ERE a través de las transferencias de financiación.

Además, asumió «la eventualidad de que los fondos vinculados al programa» fueran «objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados».

De la misma forma, ha sido condenado a 15 años y 2 días de inhabilitación para todo cargo público porque conocía la irregularidad de lo que estaba ocurriendo.

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