Expertos y asociaciones digitales pedirán al Defensor del Pueblo que recurra en el Constitucional el Decreto que permite el control de Internet por motivos de orden público
Ofelia Tejerina, presidenta de la Asociacion de Internautas.

Expertos y asociaciones digitales pedirán al Defensor del Pueblo que recurra en el Constitucional el Decreto que permite el control de Internet por motivos de orden público

Dicha norma, convalidada esta semana en la Diputación Permanente del Congreso, concede poderes plenos al Ejecutivo de intervención de las comunicaciones sin autorización judicial
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30/11/2019 06:30
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Actualizado: 29/11/2019 18:50
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Entidades como la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) junto con la Asociación de Internautas, Facua Consumidores en acción  y la Asociación de Usuarios de Internet (AUI), y las organizaciones y expertos que se quieran sumar, como será el caso de  la Asociación Española de Empresas de Internet  (ANEI) a corto plazo, están promoviendo una plataforma que impulse  la nulidad del ‘Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, convalidado esta semana.

Dicho Real Decreto, en vigor desde el pasado 6 de noviembre, adopta medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, vulnerando según estos expertos el articulo 20.5  de la Constitución Española que habla de que “solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial”.

Lo llamativo del decreto es que no se especifica en ningún punto a la problemática de Cataluña para la que en principio el Gobierno ideó esta norma.

De hecho, el decreto modifica otras leyes como la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones que  permite intervenir «cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red». Una descripción que va más allá del simple cierre de dominios.

La idea de dicha plataforma de expertos que se está configurando incorporando a nuevas asociaciones es que  dentro de los tres meses que marca la ley  para presentar alegaciones se presente un escrito al Defensor del Pueblo en donde se  argumente que esta institución interponga un recurso de inconstitucionalidad.

El antecedente más inmediato de una acción similar tuvo lugar el pasado mes de marzo, cuando a instancia de asociaciones y expertos en derecho digital, algunos de los cuales están de nuevo en esta otra plataforma, el Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, recurría  el artículo 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).

Dicho precepto habilitaba a los partidos políticos rastrear opiniones de los ciudadanos y usar sus datos de contacto hallados en internet para el envío de propaganda electoral, tras haber recibido hasta cinco escritos en los que se solicitaba este recurso.

Sin embargo la sentencia del Tribunal Constitucional de 22/5/2019 declaraba inconstitucional el transcrito apartado 1 del citado art. Era la primera vez que se  presentaba y prosperaba un recurso de inconstitucionalidad contra una ley aprobada por unanimidad del Congreso.

Este Real Decreto fue convalidado este miércoles en la Diputación Permanente por 50 votos a favor, 10 en contra y 8 abstenciones y será tramitada como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia tras superar su votación.

La PDLI y estas organizaciones consideran que no se dan circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad -como requiere el artículo 86 de nuestra Constitución- que justifiquen por parte del Gobierno disposiciones legislativas provisionales en forma de Decreto-ley y pide que esta materia sea regulada, con todas las garantías necesarias, como un Proyecto de Ley durante la próxima legislatura.

La lectura del Real Decreto-ley 14/2019 está disponible en el  BOE, en este enlace, y en él se establecen una serie de procedimientos a llevar a cabo en caso de sucesos graves ocurridos en el territorio español y que requieran «una respuesta inmediata para evitar que se reproduzcan sucesos de esta índole estableciendo un marco preventivo a tal fin».

Un ataque a las libertades

La presidenta de la Asociación de internautas españoles, Ofelia Tejerina, denunció su carácter «muy genérico», que «supone una limitación del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información o el secreto de las comunicaciones».

Antes, podía ordenar el cese de urgencia y sin audiencia previa de forma cautelar únicamente por razones de seguridad pública, protección civil, emergencias, defensa de la vida humana o interferencia con otras redes.

Con el nuevo texto normativo, el Ejecutivo podrá llevar a cabo estas actuaciones simplemente si considera, de forma mucho más amplia, que existen «supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, a la seguridad pública y la seguridad nacional».

Las asociaciones unidas por este decretazo coinciden en señalar la falta de oportunidad porque un Ejecutivo en funciones aprobara este Real Decreto Ley apenas una semana antes de la convocatoria de elecciones y por la vía de urgencia, sin permitir que la normativa pasara por el Congreso de los Diputados para ser debatida ni que las organizaciones de la sociedad civil pudieran realizar sus aportaciones o críticas a la misma.

“No es un ‘Decretazo Digital’ contra la república digital catalana. Es un ‘Decretazo Digital’ contra la Constitución de la monarquía parlamentaria española. Por eso lo llevaremos ante el Constitucional”, ha manifestado el director jurídico de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida.

Desde el Gobierno la ministra de Economía, Nadia Calviño, ha negado que este decreto ley se apruebe con el fin de regular la república digital catalana y ha asegurado que la pretensión es «adecuar la legislación española a la de otros países».

Sin embargo sus comentarios no han frenado la polémica, intensa en redes sociales, donde crece la oposición a esta norma.

Falta un debate a fondo de la norma

Desde Berlín, donde ha acudido a un acto del Foro de Gobernanza en Internet, Miguel Pérez Subías,  presidente de la Asociacion de Usuarios de Internet, (AUI) atiende a este medio “bajo el concepto indefinido de lo que es el orden público se da al Ejecutivo un poder notable de control de las comunicaciones y webs».

«Lo lógico es que la policía pidiera permiso a un juez para realizar este tipo de intervenciones”.

A su juicio “con este Real Decreto Ley no se resuelve el problema de Cataluña, porque es un problema político. Es un problema de república no de república digital. Desde nuestro punto de vista esta norma mal utilizada puede generar situaciones de censura impensables en un país como el nuestro”.

Desde AUI no se entienden las prisas ni que se haya generado un debate con los interlocutores del sector.

Para este experto en Internet “no es coherente  que cada vez que hay problema político se acude a Internet y a hacer recortes en la Red de forma indiscriminada”. Cree que hay otras medidas menos invasivas que la que el Gobierno actual en funciones ha puesto en marcha con el citado Real Decreto Ley.

Para João Luis Silva Damas, Presidente del Capitulo Español de la Internet Society, ISOC-ES,  organización mundial  sin ánimo de lucro dedicada a garantizar el desarrollo, la evolución y el uso abiertos de Internet, “este real decreto, ahora convalidado, tiene algunos aspectos positivos pero otros donde se deja la puerta abierta a comportamientos por parte del estado semejantes a “la patada en la puerta” de las leyes que rigen actuaciones de las autoridades en el mundo real.

“Entre los aspectos positivos, el requisito de que las administraciones publicas alojen sus contenidos digitales en servidores dentro del área de validez del RGPD”, apunta Silva Damas.

Entre los negativos, “la falta de garantías sobre actuaciones en la retirada de contenidos saltando a la autoridad judicial es de gran preocupación”, señala.

En su opinión “hay otros aspectos donde los redactores del texto parecen tener la atención tan fijada en algunas situaciones particulares que parecen ignorar sistemas tales como los registros de identidad distribuidos ya en uso, por ejemplo en el ámbito de la enseñanza superior española y Europea”.

Como valoración general indica que “el decreto parece haber sido redactado con gran rapidez para lidiar con una potencial disrupción de las pasadas elecciones generales y debería ser sustituido a la mayor brevedad posible por una ley debatida en el parlamento en la que se tuvieran en cuenta los pros y contras para el desarrollo de la sociedad (de la información o no) en lugar de como reacción a tensiones particulares de este momento en el tiempo”.

Por su parte, Carlos Mateo, presidente de la Asociacion Española de Startups, también tiene su opinión sobre dicho decreto convalidado “nos parece grave ese recorte de libertades que supone para los titulares de la web».

«La situación que se plantea en el Real Decreto recuerda a China donde la intromisión del Ejecutivo es continúa a nivel de control de webs”.

En su opinión se puede hablar de un ataque a los derechos fundamentales y a las libertades de los ciudadanos. “Hubiera sido bueno un debate en nuestro Parlamento sobre este tema y no hacer las cosas de forma tan deprisa y corriendo».

«Creo que es bueno que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la viabilidad de este tipo de decretos”. Mateo cree que la industria y los usuarios de Internet deberían haber sido consultados antes de aprobarse dicha norma tan transversal.

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