Condenada a un año de prisión la líder de Podemos en Recas (Toledo) por calumniar a un concejal del PP

12 / 12 / 2019 00:00

En esta noticia se habla de:

El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Toledo ha condenado a un año de cárcel a líder de Unidas Podemos en Recas (Toledo), Marina Arroyo Anaya, por un delito de calumnias proferidas contra el exconcejal de Urbanismo del PP de ese municipio Rubén Darío Cabañas, a quien tendrá que indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, con 1.000 euros.

Lo calumnió a través de Facebook.

Marina Arroyo, que encabezó la lista de Unidas Podemos en Recas en las pasadas elecciones municipales, si bien no obtuvo ninguna representación, no podrá presentarse a ningún cargo público durante el tiempo de la condena.

Contra esta sentencia, fechada a 5 de diciembre y firmada por el magistrado Jorge Olmedo Castañeda, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Toledo.

Según señala el juez Olmedo, en marzo de 2016, Marina Arroyo, «conociendo la falsedad o por lo menos con temerario desprecio hacia la misma, dada la ausencia de pruebas que lo corroboraran», publicó en su cuenta personal de Facebook el siguiente texto en varios grupos:

«Me pongo en contacto con ustedes para hacer una denuncia y que sepa todo Recas lo que está ocurriendo en el Ayuntamiento. El concejal de Urbanismo y Festejos, Darío Cabañas, aprovechándose de su acta de concejal da permisos de obra ‘verbal’ a sus amigos y familiares afines a su partido (PP)».

«A su cuñado le tiene abierto un bar sin salida de emergencia no apto para que entre nadie por peligrosidad. No tiene permiso de apertura se lo ha dado porque debe ser más guapo que nadie.Y así una detrás de otra», prosigue el mensaje de Arroyo.

El juez indica que el 17 de marzo de ese año, la entonces alcaldesa de Recas emitió un escrito en el que indicaba «la falsedad de las afirmaciones realizadas por la acusada en los distintos perfiles de Facebook» y requirió formalmente a Marina Arroyo para que se retractara en el mismo medio en el que había vertido esas acusaciones, no retractándose la acusada y manteniendo sus manifestaciones públicas en la citada red social.

El 27 de junio se celebró un acto de conciliación en el Juzgado de Paz de Villaluenga de la Sagra, en el que Arroyo se ratificó en esas declaraciones realizadas en Facebook.

Sin embargo, el juez precisa que no consta que la condenada interpusiera ninguna denuncia contra Cabañas ante la jurisdicción penal por la comisión de un presunto delito de prevaricación cometido por autoridad del Artículo 404 del Código Penal.

El juez Olmedo considera que la querellada realizó esas afirmaciones «con conocimiento de su falsedad y temerario desprecio hacia la verdad, pues no se ha probado la veracidad de los comentarios publicados en tres grupos de la red social de Facebook, palabras que profirió hacia el querellante, ni tampoco consta que el mismo haya sido condenado por un delito de prevaricación cometido por autoridad, o que al menos existiera o hubiera existido un procedimiento penal dirigido contra él por dicha infracción penal».

Añade que esas expresiones «se profirieron con la intención inequívoca de que se enterara la mayor cantidad de personas, no ya sólo de Recas, sino de toda España (ánimo de difamar), tal y como queda reflejado al inicio de tales comentarios», lo que, según el juez, «dota de mayor gravedad al dolo específico» del delito de calumnias.

Arroyo también ha sido condenada a publicar la sentencia en la misma forma y lugar en que se publicaron los comentarios que han originado el delito.

El PP de Recas ha señalado en un comunicado que esta sentencia «limpia el nombre» del equipo de gobierno del Partido Popular de Recas de la legislatura 2015-2019.

Noticias relacionadas:

El juez Pedraz imputa al exjefe de la UDEF en la causa sobre las presuntas investigaciones a Podemos

Ione Belarra e Irene Montero: ¿cometieron un delito de desobediencia en la etapa final de La Vuelta Ciclista a España?

Caso Errejón: una Ley del «sólo sí es sí» que incumplen sus propios creadores, y que no contempla sanciones

Alberto Rodríguez, «El rastas», puede pedir responsabilidad patrimonial al Estado tras la sentencia del Constitucional

Sumar reconoce que se enteró por la prensa de que Podemos se iba al Grupo Mixto y acusa a los morados de desleales

La Comisión de Justicia del Congreso aprueba la reforma socialista de la ley del “sólo sí es sí” con el rechazo de Podemos 

Lo último en Tribunales

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo