El Supremo desestima los recursos de Bwin contra las liquidaciones del IVA por importe de 970.000 euros

21 / 12 / 2019 00:00

La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, ha dictado dos sentencias en las que fija como criterio interpretativo que “se encuentran sujetos al IVA los servicios de publicidad, consultoría, marketing y asesoramiento prestados por una empresa establecida en el territorio de aplicación del impuesto.
Todo ello cuando siendo la destinataria de los servicios otra empresa que no está establecida en dicho territorio (sino en Gibraltar) y que se dedica a la prestación de servicios de juego on-line a través de plataformas digitales, esta última empresa utilice o explote en el territorio de aplicación del impuesto los servicios prestados por la primera”.

En sus resoluciones, el Supremo desestima sendos recursos presentados por la sociedad Bwin Interactive Marketing España, S.L. contra sentencias del TSJM que confirmaron liquidaciones relativas al IVA a dicha empresa, correspondientes a periodos de entre 2008 y 2012, por importe total de 976.000 euros.

El TSJM estableció una liquidación por importe total de 944.521,98 euros en el período comprendido entre el tercer trimestre de 2008 y el cuarto trimestre del 2011 como consecuencia de las actuaciones inspectoras y de comprobación e investigación de carácter parcial.

Realizadas estas por el servicio de Inspección sobre el IVA de los periodos señalados y respaldaba la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid (TEARM), que fijaba la liquidación para el ejercicio 2012 en 35.863,82 euros.

De la sentencia del TSJM se infiere que Bwin Interactive Marketing España es una sociedad residente en España, indirectamente participada al 100% por Bwin.party Digital Entertainment Plc, entidad que encabeza un grupo de sociedades que opera a nivel mundial en la actividad del juego online.

La actividad de Bwin Interactive Marketing España consiste en la prestación de servicios de consultoría y asesoría en marketing en relación con los patrocinios internacionales que el referido grupo ha suscrito.

Servicios de publicidad, consultoría de marketing y asesoría

La controversia se suscitaba respecto de los servicios de publicidad, consultoría de marketing y asesoría prestados por Bwin Interactive Marketing España, a la entidad de su grupo Bwin.party Marketing (Gibraltar), que los refacturaba a la sociedad gibraltareña Electraworks, destinataria de los servicios como titular del negocio operativo en el periodo objeto de controversia.

En particular, si dichos servicios se encontraban sujetos a IVA en España en virtud de la regla de la «utilización o explotación efectivas».

El obligado tributario manifestó su disconformidad con la regularización del IVA devengado en los servicios prestados a la empresa del grupo en Gibraltar, ya que en su opinión, no existen fundamentos para considerar que los servicios sean utilizados o explotados de manera efectiva en el territorio de aplicación del impuesto, y que por ello no deben estar sujetos al IVA en España, postura que fue rechazada por el TSJM.

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