Un tecnicismo legal permite que el ‘Cholo’ Simeone se siente en el banquillo para el partido de Supercopa frente al FC Barcelona

Un tecnicismo legal permite que el ‘Cholo’ Simeone se siente en el banquillo para el partido de Supercopa frente al FC Barcelona

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09/1/2020 00:00
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Actualizado: 09/1/2020 00:00
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Hoy, jueves 9 de enero de 2020, el Atlético de Madrid volverá a competir en la Supercopa de España. El club rojiblanco llevaba sin disputar esta competición desde el pasado año 2014.

Partido en el que a pesar de alzarse campeón tras vencer al Real Madrid por un resultado global de 2 goles a 1, uno de los momentos más reseñados de dicho encuentro fue la famosa colleja del Cholo Simeone al cuarto árbitro.

Acción que inmediatamente fue amonestada con la expulsión del técnico argentino. A pesar de la “agresión” al cuarto árbitro, que derivó en una sanción federativa de cuatro partidos, se produjeron otra serie de comportamientos que llevaron a acrecentar dicha sanción.

Un total de cuatro partidos de infracción por sanción grave y otros cuatro por acumulación de sanciones leves, es decir, un total de ocho encuentros en los que el Cholo Simeone debería permanecer apartado del área técnica.

A pesar de la colleja, el Cholo llevó a cabo numerosas protestas por el arbitraje, conducta que promovió la imposición de dos partidos de sanción, llegando incluso a aplaudir sarcásticamente su expulsión, lo que añadió un partido.

Por otro lado, evitó dirigirse directamente al vestuario, manteniéndose en el túnel, motivo por el cual se le impuso también un partido de expulsión. Teniendo, por tanto, como resultado un total de ocho encuentros.

El problema de la sanción que la Federación Española de Fútbol (RFEF) había impuesto al entrenador del Atlético de Madrid tiene un doble filo. La normativa federativa establece distintos criterios de aplicación en función de la categoría de la sanciones.

Sanciones graves y muy graves

Es por ello que las sanciones graves y muy graves que prevé el texto federativo son transmisibles, es decir, que se pueden y deben cumplir en cualquier competición. Es por ello que el Cholo se vio obligado a estar suspendido durante los primeros cuatro partidos de la temporada 2014/2015.

El verdadero problema que presentaba la sanción, es que en base a la normativa federativa, las sanciones leves se tendrían que cumplir en la misma competición en la que se produjo la acción o comportamiento sancionado.

En base a esto, Diego Pablo Simeone no podría sentarse en el banquillo para dirigir el encuentro que se disputará esta noche entre el Atlético de Madrid y FC Barcelona en la semifinal de la Supercopa de España en Arabia Saudí.

Esta ha sido una de las mayores preocupaciones que el club rojiblanco ha mantenido durante las últimas semanas. No obstante, el club madrileño presentó una serie de alegaciones a la RFEF en las que mantenían la prescripción de las sanciones impuestas en el año 2014.

Uno de los argumentos que ha sostenido el Atlético de Madrid fue la sanción no comprende una única acción sino que son varias acciones sobre las que se deriva su respectiva sanción, como hemos explicado anteriormente.

Esa cuestión, además de haberse cumplido los cuatro partidos de sanción por la infracción grave (la colleja), consideraba que únicamente deberían cumplirse los cuatro partidos restantes a cumplir en Supercopa de España.

Pero, en base a lo dispuesto en la Ley del Deporte, así como en el propio Código Disciplinario de la RFEF, y como han manifestado nuestro compañeros de Iusport, se establece que las sanciones federativas prescriben a los tres años desde su imposición.

Así lo establecen los artículos 78 y 80.2 de la Ley del Deporte y el 9.2 del Código Disciplinario de la RFEF.

Esta refutación fue la utilizada por el Atlético de Madrid para solicitar la presencia del Cholo Simeone en el área técnica. Cuestión que ha sido aceptada por la propia Federación, dando la razón al club rojiblanco y permitiendo que el Cholo Simeone pueda dirigir a su equipo en Arabia Saudí.

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