ALTODO denuncia a la Fundación Pro Bono España ante la CNMC por competencia desleal y abuso de dominio
Los miembros de ALTODO en la concentración que realizaron recientemente ante el CGAE durante la votación a la Presidencia del Consejo. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

ALTODO denuncia a la Fundación Pro Bono España ante la CNMC por competencia desleal y abuso de dominio

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22/1/2020 06:00
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Actualizado: 21/1/2020 21:17
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La Asociación de Letrados y Letradas por un Turno de Oficio Digno (ALTODO) ha interpuesto una denuncia ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra la Fundación Pro Bono España, por lo que entienden como conductas colusorias y prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia en relación a los servicios que prestan los abogados del Turno de Oficio.

La organización, presidida por Juan Manuel Mayllo Martínez desde marzo de 2019, entiende que Pro Bono, integrada por las firmas líderes en asesoría jurídica y abogacía de los negocios en España, presta de forma indiscriminada servicios jurídicos gratuitos a entidades y personas físicas de una manera que puede tener como finalidad suplantar al servicio de Asistencia Jurídica Gratuita, un derecho de los ciudadanos y cuya defensa corresponde a los abogados de oficio.

Consideran así que llevan a cabo una conducta colusoria, con abuso de posición de dominio y que tiene por objeto producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional o del mercado europeo.

La Fundación Pro Bono España se constituyó en 2018 y aglutina a casi una treintena de firmas de abogados nacionales e internacionales de renombre como Ashurst, Clifford Chance, Cuatrecasas, Garrigues, Pérez-Llorca, Roca Junyent o Sagardoy entre otros.

ALTODO destaca también en su comunicado como uno de los elementos que configuran dicha competencia desleal, los beneficios y exenciones fiscales de los que disfrutan estas compañías, amparadas en la Ley de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y del artículo 24.1 de la Ley de Fundaciones, que les permiten condiciones desiguales para prestaciones equivalentes del resto de los profesionales de la abogacía, suponiendo por tanto situación desventajosa que además puede dañar la competencia a través de la eliminación de otros profesionales dedicados a la defensa o asesoramiento de dichos colectivos.

Advierten también sobre el riesgo de que este tipo de prácticas alberguen la intención final de «sustituir nuestro actual sistema público de justicia gratuita, basado en reconocer a los ciudadanos un auténtico derecho constitucionalmente consagrado, por un sistema de ‘limosna’ o concesión graciable ofrecido por entidades privadas», algo sobre lo que la Fundación Pro Bono ya se manifestó en el pasado.

Recuerdan que, conforme a lo dispuesto en el Estatuto General de la Abogacía, el único asesoramiento gratuito y defensa al ciudadano con fondos públicos corresponde a los abogados del Turno de Oficio designados por los Colegios de la Abogacía y únicamente a las personas que tengan derecho a la asistencia jurídica gratuita, conforme a la legislación vigente.

La extensión de servicios similares a los de Pro Bono serían perjudiciales tanto para la ciudadanía como para los profesionales del Turno de Oficio, declaran.

La Asociación de Letrados del Turno de Oficio, que ha comenzado su actividad a un ritmo frenético este 2020, advierte que continuarán denunciando este tipo de actividades, no descartando elevar denuncia al Consejo General de la Abogacía Española, sus Colegios integrantes, la Agencia Estatal dela Administración Tributaria y cuantos organismos entienda competentes en esta materia, y no cejará en su empeño de defensa de los intereses de la Abogacía de Turno de Oficio y la indemnidad del modelo actual de Asistencia Jurídica Gratuita promoviendo cuantas acciones legales procedan en aras a la dignificación y mejora del servicio público.

La Asociación anima también a todos los abogados que pudieran estar interesados como potenciales afectados a adherirse a la denuncia o hacerlo por sus propios medios ante la CNMC.

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