La CNMC abre un expediente sancionador a siete empresas de intermediación inmobiliaria
Se trata de Idealista; Look & Find; CDC Franquiciadora Inmobiliaria; Aplicaciones Inmovilla; Witei Solutions; Anaconda Services and Real Estate Technologies; y Servicio Multiple de Exclusivas Inmobiliarias.

La CNMC abre un expediente sancionador a siete empresas de intermediación inmobiliaria

Por "posibles prácticas restrictivas de la competencia", como la coordinación de precios y otras condiciones comerciales
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20/2/2020 09:43
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Actualizado: 21/2/2020 12:03
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador a siete empresas por «posibles prácticas restrictivas de la competencia en el mercado de la intermediación inmobiliaria», como la coordinación de precios y otras condiciones comerciales.

Se trata de Idealista; Look & Find primera red inmobiliaria; CDC Franquiciadora Inmobiliaria; Aplicaciones Inmovilla; Witei Solutions; Anaconda Services and Real Estate Technologies; y Servicio Multiple de Exclusivas Inmobiliarias (MLS).

Según explica la CNMC, tales prácticas consistirían en la coordinación de precios y otras condiciones comerciales por parte de intermediarios inmobiliarios.

«Esta coordinación se habría instrumentado, entre otros medios, a través del uso de software y de plataformas informáticas y habría sido facilitada por empresas especializadas en soluciones informáticas a través del diseño del programa informático de gestión inmobiliaria y de sus algoritmos», detalla.

Las prácticas restrictivas de la competencia están prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC), así como en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Se inicia un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, «sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación».

La CNMC destaca que los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que «puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras».

Idealista niega «tajantemente» en un comunicado cualquier participación en las prácticas investigadas y afirma que colaborará «estrechamente» con la CNMC en todo el proceso de la instrucción del expediente y su resolución final.

Desde el portal inmobiliario añaden que son los primeros interesados en aclarar «con total transparencia y claridad» el uso lícito de los servicios que facilita a sus clientes, y asegura que no establece o altera «jamás» ni los precios ni las condiciones comerciales, «libremente fijados por los anunciantes».

La CNMC indica que la investigación de los cárteles constituye una de sus prioridades de actuación, «dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados».

Recuerda que para ello, cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de Clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.

Una de las novedades de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia fue la introducción en España del programa de clemencia, que ya se había puesto en práctica con éxito en Estados Unidos y la Unión Europea.

El programa de clemencia permite a las empresas que forman parte de un cártel y pongan en conocimiento de la autoridad de Competencia su existencia, permitiendo a la autoridad investigar éste, la exención del pago de la multa que pudiera corresponderle o una reducción del importe de ésta si la Autoridad ya tenía conocimiento de dicho cártel, si las empresas aportan elementos de prueba.

La CNMC señala que es muy importante para las empresas la diligencia a la hora de presentar sus solicitudes de clemencia, puesto que la exención en el pago de la multa se concede sólo a la primera empresa. A las que se acojan en segundo lugar y sucesivos disfrutarán de reducciones cada vez menores de la multa.

La CNMC también dispone de una plataforma online de colaboración ciudadana para la detección de cárteles mediante la aportación de información anónima sobre eventuales acuerdos secretos entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, el reparto de los mercados o de los clientes, o el reparto fraudulento de las licitaciones públicas o privadas.

Recuerda también respecto de la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley 9/2007, de Contratos del Sector Público para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia, que el artículo 72.5 de la misma Ley recoge una excepción para las empresas solicitantes de clemencia.

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