El Supremo da la razón al diseñador Antonio Miró y ordena retirar su imagen y firma de la web de la empresa que fundó

El Supremo da la razón al diseñador Antonio Miró y ordena retirar su imagen y firma de la web de la empresa que fundó

La sociedad, de la que está desvinculado, usó sin su consentimiento expreso su nombre, imagen y firma artística

29 / 02 / 2020 06:30

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Supremo ha dado la razón al diseñador de moda 29, y de la que actualmente está desvinculado, al considerar que su uso sin el consentimiento expreso de éste es una intromisión ilegítima de su imagen.

El diseñador lleva desde marzo de 2016 intentando en los tribunales que se declare la vulneración del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen reconocido en el artículo 18.1 de la Constitución por este asunto.

Un juzgado de primera instancia de Barcelona desestimó la demanda interpuesta por Miró contra la empresa AMSL, en la que solicitaba la retirada de todos los rasgos que aparecieran en la página web de esta empresa que le identificaran como persona física.

La decisión de este juzgado fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Barcelona, por lo que el diseñador recurrió al Tribunal Supremo, que sí que ha estimado su recurso.

La Sala de lo Civil del alto tribunal explica en su sentencia que es necesario el «consentimiento expreso» del diseñador para que la mercantil pudiera utilizar su nombre, imagen y firma artística. Añade que dicha autorización es «revocable en cualquier momento».

Como recuerdan los magistrados, Antonio Miró fundó una empresa con su nombre en 1986, 20 años más tarde, en 2006, suscribió un contrato de prestación de servicios con la sociedad AMSL. Un año más tarde vendió el 70% de las acciones a Valores Textiles S.L.

Como consecuencia de las desavenencias surgidas entre el diseñador y Valores Textiles, Miró dejó de ser miembro del Consejo de Administración de AMSL en 2009 y dos años más tarde dejó de prestar servicios para ésta última, quedándose sólo con el 30% de las participaciones sociales.

Fotografías utilizadas años antes

Aún así, en 2014, AMSL incluyó en su web unas fotografías de Miró, que en su día fueron captadas con su consentimiento y ya habían sido utilizadas años antes en algún catálogo de sus productos. También utilizó su nombre en el apartado que describe la historia de la empresa, así como la firma artística que el diseñador había utilizado en algunas de sus creaciones.

El alto tribunal recuerda que el derecho a la propia imagen, «como expresión de la persona misma», disfruta de las «más alta protección en nuestra Constitución y constituyen un ámbito exento capaz de impedir o limitar la intervención de terceros contra la voluntad del titular».

Lo mismo cree de la firma, que, según indican los magistrados, «constituye también uno de los atributos más característicos, propios e inmediatos que identifican a toda persona con capacidad para escribir».

Aunque el diseñador haya indicado que usa dos firmas, una más «habitual» y otra más «artística», que difiere en algunos rasgos de la primera, la Sala indica que en cualquier caso sirve para identificar «inmediatamente» a Miró en su faceta como diseñador.

Noticias relacionadas:

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas

Que tu empresa te proteja por edad ante un riesgo de salud no es discriminación, según el Supremo

El CGPJ convoca la plaza de presidencia de la Sala Tercera del Supremo, y cuatro plazas de magistrado

En un caso de divorcio, el IBI lo paga el dueño de la vivienda, y no quién vive en ella

El Supremo se declara no competente para juzgar a Marta Rovira y envía la causa a Barcelona

Los titulares periodísticos «exagerados» también están amparados por la libertad de información, según el TS

Lo último en Tribunales

prisión soto del real aepd funcionarios de prisiones

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

El TS obliga al BBVA a indemnizar con más de 13 millones a una empresa a la que endosó un producto estructurado complejo

10.000 euros de indemnización a una pareja a la que BBVA introdujo erróneamente en el fichero de morosos

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo