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El quiero y no puedo del Consejo General del Poder Judicial

El quiero y no puedo del Consejo General del Poder Judicial
Miguel Durán es socio director del despacho Durán & Durán Abogados. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.
14/4/2020 06:25
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Actualizado: 14/4/2020 01:21
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Hace unos pocos días, el Consejo General del Poder Judicial se nos ha descolgado con lo que llaman un “plan de choque” para afrontar las consecuencias de la crisis sanitaria que padecemos por el COVID-19.

¡Pues sí: es un real “plan de choque”!; pero no por lo que la expresión así usada habitualmente le pueda resultar de aplicación, sino porque son tantas las medidas que contiene que “chocan” con la realidad, con los derechos de los justiciables y hasta con el sentido común, que más parece un ejercicio de omnicomprensivo parcheo de la endémica enfermedad de la Administración de Justicia que un sensato aporte de soluciones.

Leyendo sus casi 500 páginas (ejercicio que hemos hecho de cabo a rabo), se tiene la sensación de que quien quiera que haya sido  –supóngase el Excmo. Sr. Presidente del Organismo y del TS– no sabemos si para compensar de alguna manera las erráticas acciones del principio de esta crisis, ha tocado arrebato para hacer que, en pocos días, se practique una especie de “revolución rara” de la Administración de Justicia.

Y, así, ha salido un ramillete de ocurrencias que, en la mayor parte de las 100 medidas propuestas, no pasan el corte del examen que pueden hacer juristas que tengan un mínimo de conocimiento del asunto.

Nos proponemos (con el permiso de la Autoridad competente, en este caso, el Director de esta magnífica Publicación) hacer unas cuantas entregas sucesivas sobre los distintos bloques que configuran el dichoso Plan; y prometemos que vamos a procurar no aburrir ni, necesariamente, ser políticamente correctos, aunque -eso sí- siempre seremos respetuosos.

CRÍTICAS GENERALES

Como críticas generales que, por tanto, valen para todos y cada uno de los bloques, empezaremos por señalar:

1.- Los egregios autores del Plan tienen buen cuidado en señalar los colectivos afectados; pero, luego, en lo que se refiere al ámbito de los abogados (puede predicarse lo mismo respecto de procuradores y otros grupos profesionales) guárdanse muy mucho de suscitar mecanismos de participación real y efectiva en todo este Proceso de importantes reformas.

¿Es que se considera que los abogados nada tenemos que aportar sobre el futuro de la Administración de Justicia?

¿O quizá es que piensan los autores del Plan que no somos un grupo de profesionales que podemos ayudar a depurar el propio documento antes de que vaya al Ministerio, al igual que pueden hacer los Jueces, fiscales y otros funcionarios?

¿Tienen algo que decir a este respecto nuestros colegios profesionales?

2.- En no pocas medidas de las propuestas se viene a decir abiertamente -no se insinúa- que los abogados tenemos interés en fragmentar procedimientos judiciales, en desarrollar particularizadamente juicios que podrían aglutinarse; y ello, naturalmente, porque tenemos “la insana afición a pedir las costas judiciales”.

Es ésta una invectiva con que el cuestionable Plan de Choque nos obsequia en varios pasajes del mismo, señaladamente, cuando hace referencia a los pleitos de consumidores y usuarios derivados de la vulneración de cláusulas generales de la contratación.

Todos sabemos que la inmensa mayor parte de esos pleitos nacen de la pertinaz actitud de los grupos financieros a avenirse a soluciones pactadas de forma equitativa y no leonina frente al cliente (los autores del Plan, si es que no viven en otro planeta, también debieran saberlo).

Pues bien: se lanza el ataque contra los abogados, y pese a que el Plan reconoce que pierden más del 97 % de esos pleitos, los bancos se van de rositas. ¡Qué bien; cuánto respeto al poder financiero!

3.- Con el pretexto de la crisis sanitaria, todo parece que apunta a que se pretende disimular que, por culpa de este CGPJ y de todos sus antecesores, la profunda y verdadera reforma de la Administración de Justicia lleva 40 años sin afrontarse.

¿Habrá tenido que venir un “bichito” desde China -o desde donde sea, que esa es otra- para despertar a los señores puestos por cooptación en el Organismo de gobierno de los jueces? ¡Pues ya tendría su aquel la cosa!

Pero, si por lo menos, el asunto se afrontara con el rigor necesario y con la participación de todos los afectados reales, entonces, podríamos decir aquello de “¡nunca es tarde si….!”. Pero no: se hace de la noche a la mañana y con unas propuestas manifiestamente mejorables.

4.- Ahora parece que se dan cuenta desde el CGPJ de la que se nos viene encima. ¿Pues a buenas horas, mangas verdes!.

Se proponen medidas irrealizables, sobre muchas de las cuales se confiesa que no se tienen datos para medir su impacto, etc..

5.- Todo parece girar en torno a la necesidad de ahorrar trabajo en los juzgados y tribunales; pero ni un asomo se ve de exigencia al Poder Ejecutivo ni al Legislativo en el sentido de que afronten de una vez y para siempre la necesidad de multiplicar los recursos humanos y materiales de que se dispone, ni tampoco de racionalizar los que ya existen, por ejemplo, entre las distintas comunidades autónomas.

Un buen amigo nos dice que: claro está; como los miembros del CGPJ los eligen quienes los eligen, ¿cómo se van a poner duros con quienes los designan? ¡A que va a tener razón nuestro amigo!.

LA GUINDITA DEL PASTEL 

Pero quisiéramos pasar a uno de los asuntos que, en la Jurisdicción Civil, nos parece muy crucial, cual es el de los Juzgados Especializados en Cláusulas Abusivas.

Constituye una falta de total respeto a la verdad que el CGPJ sostenga que “la puesta en marcha de los Juzgados especializados en cláusulas abusivas, sea lo que ha permitido, evitar que toda la jurisdicción civil se viera afectada por esa ingente litigiosidad y, además, que se haya logrado con ellos uniformizar la respuesta judicial, reforzando enormemente la seguridad jurídica.”

La creación de estos Juzgados especializados uniprovinciales ha constituido uno de los ataques más letales a la tutela judicial efectiva desde el inicio del denominado periodo constitucional; y, además, ha sido y es uno de los mayores fiascos organizativos que se haya podido columbrar en los últimos tiempos.

Dichos Juzgados constituyen también un ataque frontal al derecho al Juez predeterminado por la Ley, pues no es Ley suficiente la norma de creación de los mismos para superponerse legítimamente a la que rige el fuero general de los ciudadanos; y mucho menos, cuando estos juzgados, si algo han demostrado, es que perjudican al justiciable consumidor como luego diremos con algo más de detalle.

Todo cuanto vamos a señalar a continuación ha de quedar claro que no tiene nada que ver con el ingente trabajo que los Magistrados que ejercen en dichos Juzgados vienen desarrollando.

Tales Magistrados realizan un trabajo ímprobo, puesto que la injusticia, la anomalía, deriva de la propia existencia de estos Juzgados.

El hecho de su existencia es el mejor y más cuantioso regalo que las entidades financieras han podido recibir del poder legislativo y del Consejo General del Poder Judicial, por cuanto se desarrollará a continuación.

Se trata, en realidad, de tramitar asuntos judiciales que afectan a los consumidores y usuarios, a los ciudadanos, como si se tratase de una gestoría -con todo el respeto al esencial trabajo que desarrollan las gestorías-, sin que en realidad se esté aplicando el Derecho.

Quien ha tenido pleitos en estos Juzgados ha podido comprobar que el acceso a la prueba está absolutamente limitado, como consecuencia de la interminable lista de asuntos que el Juzgado debe resolver.

También sabe quien ha pisado estos Juzgados. que los asuntos sufren en mayor retraso de toda la Justicia española, hasta el punto de que determinados Juzgados han dejado de señalar juicios dada la saturación existente.

Este es, entre otros, el regalo más preciado para las entidades financieras, pues las mismas saben que las responsabilidades económicas que se derivan de estos pleitos no tendrán que afrontarlas hasta que “las ranas críen pelo, o los pájaros mamen”, fenómenos zoológicos muy poco probables.

Este colapso del que el Consejo General del Poder Judicial está tan satisfecho, saturando a estos Juzgados especializados, sin medios, sin la creación de Juzgados suficientes, se une a otro regalo más que otorgó, en este caso, el poder legislativo a las entidades financieras.

En efecto, al aprobar el famoso Real Decreto por el que obligaba a todo consumidor que tenía cláusula suelo –puesto que pese a llamar voluntaria a la reclamación, si no se interponía podía después el ciudadano verse perjudicado sin ser restituido de las costas judiciales–, a efectuar una reclamación previa, que el banco podía estudiar durante tres meses, acabaron nuestros partidos políticos de ponerle el lacito al regalo a la banca.

Se engañó a la sociedad, en beneficio de los bancos, al transmitir la idea de que, mediante dicho procedimiento, por medio de la reclamación previa, se evitaría el pleito posterior, porque las entidades financieras iban a reconocer y a pagar al cliente lo que le debían sin tener que obligar a los mismos a acudir a los Tribunales. Falso.

Lo único que conllevó ese trámite para el ciudadano, afectado por cláusula suelo, fue tener que esperar tres meses para poder interponer la demanda, pues los bancos no reconocieron ni pagaron lo que debían reintegrar a sus clientes, obligándoles después tras dichos tres meses perdidos, a interponer una demanda en los citados Juzgados Especializados uniprovinciales, en los que su reclamación quedaría también pendiente durante años.

Fantástica jugada de los bancos, el gobierno de turno, el poder legislativo, de nuevo, a costa de los ciudadanos.

Es muy sencillo: el banco sabe desde el principio que la cláusula es nula, y que va tener que pagar a su cliente el importe indebidamente cobrado; pero el Gobierno Rajoy (el Ministro De Guindos) le crearon a su favor el trámite de la reclamación previa y, asimismo, la creación de unos Juzgados que colapsaran (como así ha sido), de forma que les permiten a las entidades financieras digerir en sus cuentas de explotación, durante años, los importes que han debido provisionar por estas responsabilidades. ¡Vamos: como para que con estos incentivos los bancos quieran llegar a soluciones extrajudiciales que no supongan la estricta rendición del cliente!.

Más de tres años después de su puesta en funcionamiento no están resueltos ni el 50 por ciento de los procedimientos. Es un verdadero “chollo” para los bancos.

Todo ello, además, de que las consecuencias para el banco suelen ser únicamente pagar el dinero que debía haber pagado muchos años antes, sin que se aplique el criterio de temeridad, pese a que al ciudadano se le obligó a efectuar reclamación previa o que, incluso en los supuestos en que no es precisa reclamación previa, el cliente intentó llegar a un acuerdo previo, remitiendo burofax reclamando el pago de lo que se le debía, en la mayoría de casos sin respuesta. En definitiva, la respuesta del banco ha sido: “si puedes, gánatelo en los Tribunales.”

La tutela judicial efectiva ha sido evidentemente violada, ahorcada, dejada sin efecto con la creación de estos Juzgados Especializados.

Todo ello, al margen, del efecto desincentivador que genera en la sociedad y la ciudadanía, que sabe que para recuperar su dinero tendrá que acudir a un abogado y formalizar una reclamación de la que no sabrá el resultado durante años.

Negocio redondo para las entidades financieras. Esta es la realidad, y no la que el Consejo General del Poder Judicial traslada.

Y dentro del efecto desincentivador existe otra derivada, de nuevo, contra el ciudadano que sufrió el incumplimiento de las entidades financieras, puesto que estas dilaciones absolutamente indebidas y contra el derecho de acceso a la Justicia, constituye un arma poderosísima en manos de los bancos para someter a toda la presión posible a sus clientes en orden a aceptar pactos o acuerdos que perjudican sus derechos económicos, tragando con ofertas de la entidad financiera infumables. Todo ese perjuicio lo deben los ciudadanos a la creación de estos Juzgados.

Es preciso tener en consideración hasta que punto es perverso el sistema ideado, puesto que, además, resulta que la práctica totalidad de los procedimientos acaban con sentencia estimatoria de la demanda, condenando al banco.

Por tanto, este sistema consiste en obligar al ciudadano a esperar años, en beneficio de la entidad financiera, para que le den la razón, que ya tiene. Así como, para que buena parte de los afectados no reclamen.

Otro disparate consiste en sostener que los Juzgados Especializados han comportado una mayor seguridad jurídica. Es simple y llanamente falso.

Lo que ha sucedido es que, en asuntos contra la misma entidad financiera, sobre el mismo producto, sobre la misma cláusula, las sentencias han sido distintas en función del Juzgado Uniprovincial que le ha tocado al ciudadano.

Si un ciudadano vive en Valladolid, su sentencia le reconocerá importes distintos de los que a ese mismo ciudadano le reconocerían si viviese en Barcelona o en Tarragona.

EN CONCLUSIÓN

Las dilaciones indebidas que se producen en todos los asuntos que llegan a dichos Juzgados son indecentes, conculcan el derecho a la tutela judicial efectiva, y perjudican al consumidor y usuario.

Las entidades financieras están encantadas con su existencia.

La existencia de estos Juzgados Uniprovinciales, conculca directamente las Directivas Europeas en materia de defensa del consumidor, pues constituyen en sí mismos, un claro incentivo para las entidades financieras de seguir incluyendo cláusulas abusivas o llevar a cabo conductas infractoras de sus obligaciones y de los derechos de los consumidores.

La única consecuencia que habrán de afrontar es pagar tras muchos años lo que debieron pagar antes, pese a haber obligado al cliente a interponer demanda.

Estos Juzgados son la mejor garantía de que el Derecho Bancario siga estando en auge, pues a las entidades bancarias siempre les resultará más beneficioso incumplir: sólo tendrán que pagar tras muchos años y exclusivamente respecto de aquellos osados consumidores que quieran arriesgarse a tan largo trayecto.

La única solución está en crear suficientes Juzgados y Tribunales para atender a los ciudadanos en plazos razonables. La solución está en los medios, no en secuestrar el derecho al acceso a la Justicia de los ciudadanos.

Pero, volviendo al comentado Plan de Choque, para el CGPJ está claro: somos los ambiciosos e insaciables abogados los que procuramos motivar a la gente para que pleitee.

Se cuenta del eximio griego Hesíodo que, con ocasión de que un hermano suyo le hubiera ganado un pleito hereditario, clamaba porque vio al Juez que resolvió armado con un importante jamón: ¡Ese jamón y mi hermano!. Si estuviera vivo Hesíodo, quizá preguntara en qué consiste aquí “el jamón judicial”.

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