Justicia digital:  De reto a necesidad
El columnista, y fiscal, José Díaz Cappa anima a aprender la lección que nos da este tiempo y llama a implementar la justicia digital al ciento por ciento. El presente es futuro.

Justicia digital: De reto a necesidad

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19/4/2020 06:35
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Actualizado: 19/4/2020 00:45
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“Las dificultades dominadas son oportunidades ganadas”[1]. Hablando de la Administración de Justicia, y aún en una situación excepcional en la que lo principal es, sin duda, salvar vidas,  no es menos cierto que cualquier fórmula de trabajo debe reciclarse, o, en nuestro caso, potenciarse con recursos ya creados o en marcha.

Aunque parezca mentira, la digitalización de la Justicia es un reto desde hace más de diez años en los cuales se han generado abundante legislación y pautas internas de funcionamiento ad hoc tanto del Consejo General del Poder Judicial como de la Fiscalía General del Estado (FGE), de los letrados de la Administración de Justicia o profesionales externos, y en los que, además de la Administración competente[2], estamos involucrados muchos profesionales de la Justicia (en la FGE a través de la Unidad de Apoyo y la Red de Fiscales del Servicio de Información del Ministerio Fiscal o SIMF) con un principal objetivo: adaptar las formas de la Justicia a la realidad social actual.

Ese reto, todavía desafiante, se ha convertido hoy, impulsado en este caso por una desgracia, en una necesidad perentoria.

No sólo para hoy, sino para el futuro.

Durante el decenio antes citado se han implementado,  entre otras, las posibilidades reales de configuración del Expediente Judicial Electrónico (EJE) o Fiscalía Digital (FD); el acceso digital a los procedimientos judiciales, la evacuación de trámites y el envío simultáneo a aquellos por la misma vía; se ha posibilitado el acceso al teletrabajo mediante VPN u otras aplicaciones externas de acceso remoto al puesto de trabajo; se han multiplicado las soluciones de video-reuniones o video-conferencias o el acceso y comunicación con aplicaciones de gestión de múltiples operadores, jurídicos o no; o se ha potenciado, en general, la gestión procesal telemática antes sólo posible en papel, entre otras soluciones y recursos, también materiales.

Ello ha sido experimentado ya en muchos territorios más avanzados en la gestión jurídica telemática, donde la situación actual está permitiendo objetivar y potenciar las ventajas de los recursos técnicos ya en marcha.

Ese reto, vivo y  siempre en constante necesidad de actualización y progresión, no siempre ha sido visto positivamente, contando entre los propios usuarios con escépticos, desmotivados e incluso detractores.

También con muchos críticos en la forma y tempos de la implementación, en la ausencia de recursos humanos para adaptarla progresivamente, o en el plus que supondría para la carga de trabajo existente.

En todos los casos, todos respetables y argumentables, y en clave de superación de posibles recelos ante algo que se percibe ya como inevitable y necesario, es evidente que la presencialidad y el trasiego de papel como métodos preponderantes en los usos judiciales serán difícilmente mantenibles desde ahora. P

or evidentes razones sanitarias y de flujo social, pero también de economía y agilidad procesal y de rigor jurídico, a la par que evidentes ventajas, es indudable que la implementación definitiva de la digitalización de la Justicia debe pasar de desafío a objetivo necesario inmediato, y, aprovechando la oportunidad, potenciarse al máximo sin demoras.

Para ello es imprescindible empezar fomentando el uso de recursos ya generados en ciertos territorios; implementarlos inmediatamente en los que no lo están o agilizarlos en los que se encuentran en vía de ello, aprovechando siempre la experiencia de los primeros, sobre todo para la gestión de los periodos transitorios de convivencia entre lo digital y el papel, sin duda los más complicados; permitir la interacción digital interterritorial, compatibilizando los distintos recursos técnicos; posibilitar el teletrabajo para ciertas gestiones procesales también a las Oficinas Judicial y Fiscal; potenciar las posibilidades de uso de las ingentes formas de comunicación virtual en las relaciones profesionales no oficiales y, siempre, con acompañamiento de medios materiales y humanos, y con delimitación, sin ambages, de los criterios jurídicos acerca de las notificaciones y plazos procesales digitales, así como una adecuada gestión del cambio, que eviten un retroceso inasumible de la implementación del hecho digital de la Administración de Justicia.

“No hay nada permanente, excepto el cambio”[3].

[1] Winston Churchill.

[2] Subdirección General Nuevas Tecnologías de la Justicia, Dirección General de Modernización de la Justicia,  Ministerio de Justicia.

[3] Heráclito

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