Manos Limpias se querella contra el delegado del Gobierno en Madrid por 'prevaricación, homicidio imprudente y lesiones imprudentes'

La juez retira el delito de lesiones al delegado del Gobierno en Madrid al no apreciar relación entre el 8M y los contagios

Mantiene la investigación contra José Manuel Franco por prevaricación por permitir concentraciones entre el 5 y 14 de marzo

20 / 04 / 2020 16:23

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La juez titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha acordado retirar el delito de lesiones imprudentes por el que se investigaba al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco.

Así, lo ha acordado tras recibir un informe del médico forense que descarta «relación de causalidad» entre acudir a una concentración multitudinaria, como la marcha por el Día Internacional de la Mujer del 8 de marzo, y los contagios por coronavirus.

Rodríguez Medel recibió este domingo el informe que había solicitado al médico forense adscrito al juzgado para saber si las manifestaciones que tuvieron lugar en Madrid entre el día 5 y 14 de marzo de 2020 -día que se aprobó el estado de alarma por la pandemia por coronavirus- «fueron susceptibles de causar un riesgo evidente para la vida e integridad física de las personas».

Según han informado fuentes jurídicas a Europa Press, dicho informe asegura que no existe ninguna «relación de causalidad» entre acudir a una manifestación multitudinaria y el riesgo de contagio, por lo que la magistrada ha dictado una providencia en la que retira la investigación por el delito de lesiones por imprudencia profesional contra el delegado del Gobierno en Madrid.

Si bien, la juez Rodríguez Medel mantiene la investigación abierta por el delito de prevaricación por el que el abogado Víctor Valladares interpuso la denuncia contra Franco por permitir «77 reuniones multitudinarias», destacando el 8M, a pesar de que el Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades emitiera el 2 de marzo de 2020 un informe sobre el riesgo de contagio de Covid-19.

Dudas sobre el encaje penal de los hechos

En el auto del pasado 25 de marzo, en el que la juez acordó incoar diligencias previas para investigar los hechos denunciados en relación a José Manuel Franco -la denuncia también iba dirigida contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los delegados del Gobierno en otras comunidades autónomas, por lo que la juez instó a presentarla ante los órganos competentes- afirmó sus dudas sobre el encaje penal de los hechos, aunque no descartó que lo tuvieran.

Por ello, además del delito de prevaricación administrativa, decidió investigar también por el delito de lesiones por imprudencia profesional y en este sentido solicitó el informe descrito al médico forense.

Por otro lado, la magistrada repasó la jurisprudencia constitucional y recordó que solo se puede «legalmente prohibir la manifestación por razones sanitarias», siempre y cuando en el momento de la decisión gubernativa, «no a posteriori», se tuvieran suficientes datos objetivos de un riesgo para la vida e integridad física de las personas.

Investigación sobre el informe

Así, para resolver una serie de interrogantes sobre si el informe del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades fue remitido «oficialmente» a España o a la Delegación del Gobierno, en qué fecha se hizo, y si en él se instó oficialmente a prohibir dichas concentraciones, entre la batería de diligencias ordenadas, solicitó esclarecer el «curso dado» del documento.

Del mismo modo, la juez también pidió que se averigüe si «se dio orden expresa al delegado del Gobierno de Madrid de no prohibir las manifestaciones al margen de cualquier consideración sanitaria» y si «se adoptó alguna medida de prevención por parte de la Delegación del Gobierno».

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