La proximidad de las elecciones autonómicas en Cataluña malogra la adopción de la "rebus sic stantibus"

La proximidad de las elecciones autonómicas en Cataluña malogra la adopción de la «rebus sic stantibus»

21 / 10 / 2020 06:48

Actualizado el 21 / 10 / 2020 10:03

En esta noticia se habla de:

La consejera de Justicia de la Generalitat de Cataluña, Ester Capella, de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), le gano el pulso al consejero de Empresa y Conocimiento, Ramón Tremosa, de Junts per Catalunya (JxCat), que pretendía introducir en el Código Civil catalán la «rebus sic stantibus» con el objetivo de afrontar con eficacia la crisis económica provocada por la pandemia del COVID-19.

A cuatro meses de las próximas elecciones autonómicas catalanas no hay espacio para que los rivales de ERC puedan apuntarse puntos de calado, máxime cuando la republicana Capella ya tenía desarrollado «su solución», que es la que finalmente se aprobó viendo la luz en forma de Decreto Ley.

Tremosa, a quien sectores empresariales y jurídicos de Cataluña le habían urgido a dar el paso, había contado con el concurso de Jaume Alonso Cuevillas, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona, exdecano del Colegio de la Abogacía de Barcelona, economista y diputado de JxCat en el Congreso de los Diputados, y de varios importantes juristas en la elaboración de esta reforma. 

«Se intentaba sacar por vía de un decreto ley una regulación ‘ad hoc’ específica, de carácter temporal excepcional, adaptable al derecho civil catalán de la ‘rebus sic stantibus'», explica Alonso Cuevillas.

La “rebus sic stantibus” (estando así las cosas) es una de las cláusulas más conocidas de la historia del derecho en Europa.

Aplica una significativa corrección a otro principio igualmente histórico, el de “pacta sunt servanda” (los pactos deben cumplirse), porque afirma que cuando, de manera sobrevenida, por fuerza mayor, cambian las circunstancias en las que se firmó el contrato, cada una de las partes puede desistir de su cumplimiento o renegociarlo.

Lo que está ocurriendo en estos momentos.

En ese marco, la modificación de los contratos en clave «rebus» tiene que hacerse a través del amparo judicial.

ERC GANA A JXCAT

La consejera de Justicia, o, lo que es lo mismo, ERC, sin embargo, consiguió imponerse a Tremosa-JxCat para que el Govern aprobara un Decreto Ley  alternativo que, aunque invoca a la «rebus sic stantibus» en su exposición de motivos, la verdad es que es todo lo contrario.

Porque establece la intervención administrativa de los alquileres estableciendo, de un modo imperativo, rebajas de hasta el 50 % de los alquileres de inmuebles que albergan a restaurantes, bares, comercios, teatros, gimnasios y hoteles, mientras dure la suspensión.

Una decisión que, en opinión de varios juristas consultados, presenta dudas de legalidad al intervenir administrativamente los contratos sin contar con cobertura judicial, lo que podría contravenir el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

También establece la posibilidad, al arrendatario, de rescindir el contrato sin penalización siempre y cuando de un mes de previos.

El Govern, de esta forma, ha establecido los mínimos por decreto en vez que permitir que sean las partes los que lo negocien.

De acuerdo con Jesús Sánchez, secretario de la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogacía de Barcelona, el Decreto Ley aprobado ayer «quiere ser una norma sencilla de fácil aplicación, pero, salvo los supuestos de cierre de locales impuesto por las medidas sanitarias, solo establece parámetros generales que posiblemente motivaran diferencias de interpretación por arrendador y arrendatario y por tanto probablemente una importante litigiosidad«.

En opinión de Alonso Cuevillas, «lo de los alquileres es importante, por descontado. Pero la ‘rebus’ va mucho más allá. Porque hay muchos contratos de ‘renting’, de ‘leasing’ y franquicias que  normalmente tienen previstas cláusulas de penalización o de indemnización graves en caso de resolución anticipada de una gran importancia. Se ha desaprovechado una gran ocasión para regularla en Cataluña».

Noticias relacionadas:

La Abogacía pide a la clase política adoptar la cláusula ‘Rebus’ para resolver conflictos contractuales excepcionales

El PP de la Comunidad Valenciana y Compromís sacan instar al Gobierno de la nación a que regule la cláusula «rebus»

La «rebus» a debate en el Segundo Congreso Cláusula Rebus en el Colegio de Abogados de Valencia

Opinión | La urgente necesidad de legislar sobre la cláusula «rebus»

Opinión | La imperiosa necesidad de regular la cláusula «rebus» en nuestro ordenamiento jurídico

Empresas valencianas y la cláusula rebus: ¿salvavidas legal frente a los desastres de la DANA?

Lo último en Política

Bolaños con tres mujeres

Bolaños condecora a tres referentes del activismo LGTBI+ con la Medalla al Mérito Constitucional

discapacidad pensión de alimentos

Una incapacidad permanente total no supone de forma automática la discapacidad del 33%

fotonoticia_20260624155857_1920

Sánchez niega que la corrupción esté generalizada en España y descarta la convocatoria de elecciones

24/06/2026 Abogacía, Procuradores y Graduados Sociales en reunión en el Ministerio de Justicia
POLITICA 
CGAE

Medio año de Tribunales de Instancia a pleno funcionamiento: Abogacía, Procura y Graduados Sociales exigen ya la Comisión de Calidad que la ley ordena

fotonoticia_20260623222042_1920

Felipe González respalda la condena a Ábalos: «Está bien hecha»